Karl Marx al coronel Friedrich Engels  
en Colonia  
Colonia, 3 de marzo de 1849  

I Al señor coronel y segundo comandante Engels.  

¡Señor mío!  

Anteayer se presentaron en mi domicilio dos suboficiales de la 8.ª compañía del 16.º regimiento de infantería, para hablarme en privado. Yo había viajado a Düsseldorf. De modo que fueron despedidos. Ayer por la tarde volvieron a presentarse dos de esos señores y solicitaron una conversación privada.  

Los hice conducir a una habitación, a donde los seguí de inmediato. Rogué a los señores que tomaran asiento y les pregunté qué deseaban. Declararon que deseaban saber el nombre del autor del artículo (n.º 233 de la Neue Rheinische Zeitung, del 28 de febrero) contra el señor capitán von Uttenhoven. Respondí a los señores: 1) que el artículo en cuestión no es asunto mío, puesto que está bajo la raya, es decir, que es un anuncio; 2) que a ellos les quedaba la libertad de insertar gratuitamente una contradeclaración; 3) que les quedaba la libertad de demandar judicialmente al periódico. Ante la observación de los señores de que toda la 8.ª compañía se sentía ofendida por aquel anuncio, repliqué que sólo las firmas de todos los miembros de la 8.ª compañía podrían convencerme [de] la exactitud de esa afirmación, que, por lo demás, era aquí irrelevante.  

Los señores suboficiales me declararon a continuación que, si no nombraba al «hombre», si no lo «entregaba», ellos no podrían «retener por más tiempo a su gente», y que se producirían «cosas malas».  

Repliqué a los señores que con amenazas y medios de intimidación se consigue de mí lo menos que de nadie. Entonces se retiraron, murmurando entre dientes.  

Mucho tiene que haber adelantado la disolución de la disciplina, mucho tiene que haber dejado de existir todo sentido del orden legal, para que las compañías, igual que bandas de salteadores, envíen delegados a ciudadanos particulares y pretendan arrancarles por medio de amenazas tal o cual concesión. En particular, no comprendo el sentido de la frase: «No podemos retener por más tiempo a nuestra gente».  

¿Acaso esa «gente» ha de ejercer por su propia cuenta una jurisdicción, acaso cuenta esa «gente» con otros medios de recurso que los legales?  

Debo rogarle, señor coronel, que abra una investigación sobre este incidente y me aclare esa extraña pretensión. Lamentaría verme obligado a recurrir a la publicidad.  

Colonia, 3 de marzo.  

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