procuró un préstamo de seis millones para Rusia.

Por el Dr. Karl Marx.

La carta del Sr. Gladstone del 11 de mayo de 1866 suspendió el Bank
Charter Act de 1844 bajo las siguientes condiciones:

1. Que la tasa mínima de descuento se elevara al 10 por ciento.
2. Que si el Banco excedía la limitación legal de su emisión de billetes,
los beneficios de tal exceso de emisión se transfirieran del Banco al
Gobierno.

En consecuencia, el Banco elevó su tasa mínima de descuento al 10 por
ciento (lo que significa del 15 al 20 por ciento para la generalidad de los
comerciantes y fabricantes), y no infringió la letra del Acta en lo relativo a
la emisión de billetes. Por la noche recogían billetes de sus amigos banqueros
y otras conexiones en la City para reemitirlos por la mañana.

Infringieron, sin embargo, el espíritu del Acta al permitir, bajo la carta
del Gobierno, que su Reserva se redujera a cero, y esa Reserva, según los
artificios del Acta de 1844, constituye los únicos activos disponibles del
Banco frente a los pasivos de su departamento bancario.

La carta del Sr. Gladstone, por tanto, suspendió el Acta de Peel de tal
manera que perpetuó e incluso exageró artificialmente sus peores efectos. Ni
la carta de Sir G. C. Lewis de 1857 ni la de Lord John Russell de 1847
estuvieron expuestas a la misma censura.

El Banco mantuvo la tasa mínima de descuento del 10 por ciento durante
más de tres meses. Esta tasa fue considerada por Europa como una señal de
peligro.

Una vez creada así por el Sr. Gladstone la más mórbida sensación de
desconfianza en la solvencia inglesa, sale a escena Lord Clarendon, el
hombre de la Conferencia de París, con una carta explicativa, publicada en
el Times, a las embajadas inglesas en el Continente. Dijo al Continente,
con todas sus letras, que el Banco de Inglaterra no estaba en quiebra (aunque
realmente lo estuviera, según el Acta de 1844), pero que, hasta cierto punto,
la industria y el comercio ingleses sí lo estaban. El efecto inmediato de su
carta no fue una «corrida» de los cockneys sobre el Banco, sino una
«corrida» (por dinero) de Europa sobre Inglaterra. (Esta expresión fue
utilizada en ese momento por el Sr. Watkin en la Cámara de los Comunes.)
Tal cosa era completamente inaudita en los anales de la historia comercial
inglesa. Se embarcaba oro de Londres a Francia, mientras que,
simultáneamente, la tasa mínima oficial de descuento era del 10 por ciento en
Londres, y del 3½ al 3 por ciento en París. Esto prueba que la retirada de
oro no era una transacción comercial regular. Fue únicamente el efecto de la
carta de Lord Clarendon.

Habiéndose mantenido así la tasa mínima de descuento del 10 por ciento
durante más de tres meses, sobrevino la inevitable reacción. Del 10 por
ciento, la tasa mínima retrocedió a pasos rápidos al 2 por ciento, que, hace
unos días, era todavía la tasa oficial del Banco. Entretanto, todos los
valores ingleses, acciones ferroviarias, acciones bancarias, acciones mineras,
toda suerte de inversiones internas, se habían depreciado por completo, y
eran ansiosamente rehuidos. Incluso los Consols bajaron. (Un día, durante
el Pánico, el Banco se negó a hacer anticipos sobre los Consols). Entonces
había llegado la hora de las Inversiones Extranjeras. Se contrataron
Empréstitos de Gobiernos Extranjeros, bajo las condiciones más fáciles, en
el mercado de Londres. A la cabeza figuraba un Empréstito Ruso por 6
millones de libras esterlinas. Este Empréstito Ruso, que, unos meses antes,
había fracasado miserablemente en la Bolsa de París, fue ahora saludado
como un regalo del cielo en la Bolsa de Londres. Apenas la semana
pasada Rusia ha aparecido con un nuevo empréstito por 4 millones de
libras esterlinas. Rusia se hallaba en 1866, como se halla ahora (9 de
noviembre de 1868), casi abrumada por dificultades financieras, las cuales,
a consecuencia de la revolución agrícola por la que está atravesando, han
asumido el aspecto más formidable.

Esto, sin embargo, es lo de menos que el Acta de Peel hace por Rusia:
mantenerle abierto el mercado monetario inglés. Esa Acta pone a Inglaterra,
el país más rico del mundo, literalmente a merced del Gobierno Moscovita,
el Gobierno más en bancarrota de Europa.

Supóngase que el Gobierno Ruso hubiera depositado, a nombre de una
firma privada, alemana o griega, de uno a un millón y medio de libras
esterlinas a principios de mayo de 1866, en el departamento bancario del
Banco de Inglaterra. Mediante la súbita e inesperada retirada de esa suma,
podría haber forzado al departamento bancario a suspender pagos de
inmediato, aunque hubiera más de trece millones de libras esterlinas en oro
en el departamento de emisión. La quiebra del Banco de Inglaterra
podría, entonces, haber sido provocada por un telegrama desde San
Petersburgo.

Aquello para lo que Rusia no estaba preparada en 1866, puede
disponerse a hacerlo —si el Acta de Peel no es derogada— en 1876.

(Desde que lo anterior se puso en tipos, Rusia ha retirado súbitamente un
millón en oro del Banco. El efecto es descrito así por el Daily News:

«La retirada de un millón de libras esterlinas en oro del Banco en un solo
día es precisamente uno de esos acontecimientos sin precedentes que
golpean con mayor fuerza la mente del público. Estamos acostumbrados a
un drenaje moderado; a ver sumas tomadas para exportación a razón de
20.000 a 100.000 libras cada vez, de modo que más de un millón puede
abandonarnos fácilmente de esta manera en una semana. Pero no produce
el efecto sensacional de un millón saliendo del Banco en una sola cantidad
enorme, y sin la menor advertencia de que se contemplara una operación
tan grandiosa. De ahí que la primera consecuencia del asunto fuera una
depreciación solo en los Fondos Públicos de unos tres a cuatro millones, y
en otros valores, nacionales, coloniales y extranjeros, de al menos otro tanto
más.»)

Karl Marx
Observación preliminar a las
resoluciones del primer congreso reunido en

Ginebra, septiembre de 1866

Toda vez que algunas de las resoluciones adoptadas en el primer
Congreso pueden ser consideradas como parte de la plataforma de principios
de la Asociación Internacional de los Trabajadores, y los informes de ese
congreso han tenido solo una circulación limitada, el Consejo General
estima conveniente republicarlas junto con la publicación de las
resoluciones adoptadas en el último Congreso.

Karl Marx
«La Asociación Internacional de los Trabajadores» y
«La Alianza Internacional de la Democracia Socialista».

Circular del Consejo General, 22 de diciembre de 1868

Asociación Internacional de los Trabajadores
Consejo General
La Asociación Internacional de los Trabajadores y
La Alianza de la Democracia Socialista

Hace aproximadamente un mes que cierto número de ciudadanos se
constituyó en Ginebra como Comité Central iniciador de una nueva
Sociedad Internacional llamada La Alianza Internacional de la Democracia
Socialista, asignándose como misión especial estudiar las cuestiones políticas
y filosóficas sobre la base misma de ese gran principio de la igualdad, etc.

El programa y el reglamento impresos de este comité iniciador no fueron
comunicados al Consejo General de la Asociación Internacional de los
Trabajadores hasta su sesión del 15 de diciembre. Según estos documentos,
la dicha Alianza Internacional está enteramente fundida en la Asociación
Internacional de los Trabajadores al mismo tiempo que está fundada fuera
de esta Asociación.

Al lado del Consejo General de la Asociación Internacional elegido por
los congresos de Ginebra, de Lausana y de Bruselas, habrá, según el
reglamento iniciador, otro Consejo Central en Ginebra, que se ha nombrado
a sí mismo. Al lado de los grupos locales de la Asociación Internacional de
los Trabajadores, habrá los grupos locales de la Alianza de la Democracia
Socialista que, por intermedio de sus Oficinas nacionales, funcionando fuera
de las oficinas nacionales de la Asociación Internacional, pedirán a la oficina
central de la Alianza su admisión en la Asociación Internacional,
arrozándose el comité central de la Alianza el derecho de admisión en la
Asociación Internacional.

Por último, el congreso general de la Asociación Internacional de los
Trabajadores encontrará aún su doble en el congreso general de la Alianza
Internacional, pues dice el reglamento iniciador: «En el congreso anual de
los trabajadores, la delegación de la Alianza Internacional de la Democracia
Socialista, como rama de la Asociación Internacional de los Trabajadores,
celebrará sus sesiones públicas en un local separado.»

Considerando,

que la presencia de un segundo cuerpo internacional, funcionando
dentro y fuera de la Asociación Internacional de los Trabajadores, sería el
medio más infalible de desorganizarla;

que cualquier otro grupo de individuos residente en una localidad
cualquiera tendría el derecho de imitar al grupo iniciador de Ginebra y, bajo
pretextos más o menos plausibles, injertar en la Asociación Internacional de
los Trabajadores otras asociaciones internacionales con otras misiones
especiales;

que de esta manera la Asociación Internacional de los Trabajadores se
convertiría bien pronto en el juguete de los intrigantes de toda nacionalidad
y de todo partido;

que además los estatutos de la Asociación Internacional de los
Trabajadores no admiten en su marco sino ramas nacionales (véase el art. 1
y el art. 6 de los estatutos);

que se prohíbe a las secciones de la Asociación Internacional darse
estatutos o reglamentos administrativos contrarios a los estatutos generales y
a los reglamentos administrativos de la Asociación Internacional (véase el
art. 12 de los reglamentos administrativos);

que los estatutos y los reglamentos administrativos de la Asociación
Internacional de los Trabajadores no pueden ser revisados sino por un
congreso general en el que dos tercios de los delegados presentes voten a
favor de tal revisión (véase el art. 13 de los reglamentos administrativos);

que la cuestión ya ha sido prejuzgada por las resoluciones contra la Liga
de la Paz, adoptadas unánimemente en el congreso general de Bruselas;

que en esas resoluciones el Congreso declaró que la Liga de la Paz no
tenía ninguna razón de ser, puesto que, según sus recientes declaraciones,
su fin y sus principios eran idénticos a los de la Asociación Internacional de
los Trabajadores;

que varios miembros del grupo iniciador de Ginebra, en su calidad de
delegados en el congreso de Bruselas, votaron por estas resoluciones;

El Consejo General de la Asociación Internacional de los Trabajadores en
su sesión del 22 de diciembre de 1868 ha resuelto unánimemente:

1. Todos los artículos del reglamento de la Alianza Internacional de la
Democracia Socialista que estatuían sobre sus relaciones con la Asociación
Internacional de los Trabajadores, son declarados nulos y sin efecto.

2. La Alianza Internacional de la Democracia Socialista no es admitida
como rama de la Asociación Internacional de los Trabajadores.
Por orden del Consejo General de la Asociación Internacional de los
Trabajadores.
George Odger, Presidente de la sesión
R. Shaw, secretario corresponsal para América

E. Dupont, para Francia
K. Marx, para Alemania
J. Johannard, para Italia

Zabicki, para Polonia
P. Lafargue, para España
Bernard, para Bélgica
H. Jung, para Suiza

J. G. Eccarius, secretario del Consejo General
Londres, 28 de diciembre de 1868.