Karl Marx  
La Conferencia de Baden-Baden  

New-York Daily Tribune.  
Nr. 5989, 4 de julio de 1860  

La Conferencia de Baden-Baden.  

De nuestro propio corresponsal.  
Berlín, 18 de junio de 1860.  

Justo antes de la llegada de Luis Bonaparte a Baden-Baden, la pequeña ciudad se vio inundada de mouchards, policías y gendarmes franceses, disfrazados de artistas y dandis. Desde la estación de ferrocarril donde descendió, lo siguieron hasta el Hotel de la Stephanie Bader, donde fijó su residencia, vitoreándolo de manera escandalosa en sus diversas exhibiciones ante el público, si bien sus gritos de *Vive l’Empereur* eran regularmente ahogados por los silbidos de los espectadores alemanes. Las repulsivamente vulgares fisonomías de los generales Fleury y Failly en el séquito del Emperador suavizaron un tanto el efecto producido por la aparición del héroe con ojos de búho y nariz de loro, quien, fiel a su misión mimética, se había puesto la histórica levita gris. Su conversación privada con el Príncipe Regente duró solo cuarenta y cinco minutos; en todas sus demás entrevistas con los Hohenzollern hubo de enfrentarse simultáneamente a toda la caterva de pequeños potentados alemanes, de modo que apenas se ofreció oportunidad para tratar asuntos serios. Antes de su partida de París había dado la señal para la publicación del folleto de About, cuyo título, sin embargo, hubo de cambiarse de “Napoléon III et la Prusse” a “La Prusse en 1860”. Antes de abandonar Baden-Baden, entregó al rey de Hannover la gran cruz de la Legión de Honor, acto significativo, puesto que Borries, el ministro hannoveriano, solo unas semanas antes había provocado la indignación general de Alemania al declarar que Hannover preferiría pasarse a Francia antes que ceder a la supremacía prusiana.

El verdadero trabajo de la conferencia de Baden-Baden no comenzará  

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hasta la próxima semana, cuando los ministros de la mayoría de los Estados alemanes, junto con el general von Rzikowski, primer comisionado militar de Austria en Fráncfort y presidente de la comisión militar federal, se reúnan con el Príncipe Regente. Las cuestiones principales a decidir giran en torno a la organización del ejército federal alemán y las medidas a adoptar contra Dinamarca, la cual, en su abierta y rencorosa violación de las leyes federales, se sabe que es instigada por Francia y Rusia. Para explicar la actual crisis del Norte, será necesario examinar brevemente las distintas fases por las que ha atravesado el último conflicto entre Dinamarca y la Dieta Germánica.

El 2 de octubre de 1855, como se recordará, el rey de Dinamarca otorgó una Constitución general del Estado (*Gesamtstaatsverfassung*), que no solo igualaba la ley de sucesión al trono para el reino y los ducados alemanes, sino que creaba, bajo el nombre de Consejo Imperial (*Reichsrath*), una especie de legislatura general para los asuntos comunes de toda la monarquía. Junto con esta Constitución general del Estado, se otorgaron constituciones nuevas y separadas para Dinamarca propiamente dicha, para Schleswig y para los ducados alemanes de Holstein y Lauenburg (constituciones provinciales en armonía con la Constitución general del Estado), y un llamado “presupuesto financiero normal”, que determinaba la cuota que cada parte de la monarquía debía pagar, no para su propia administración, sino al erario común. El presupuesto “normal” de 1855 fue promulgado bajo la condición expresa de que la cuota respectiva impuesta a los diferentes países nunca pudiera ser aumentada sin la sanción de los estados populares. Al introducir la nueva ley financiera de 1855, el Gobierno central había agotado todo su ingenio para sobrecargar a los ducados alemanes en beneficio del reino danés. Los ingresos procedentes de los dominios públicos de los ducados, aunque mediante una notificación del 28 de enero de 1852 se había reconocido que pertenecían a la administración provincial, fueron transferidos al erario común. Un número considerable de impuestos directos que siempre habían constituido un recurso exclusivo de la tesorería provincial fueron, además, reclamados con falsos pretextos por la caja general del Estado. No solo era el criterio de reparto de los impuestos comunes el más desfavorable para los ducados —con excepción de la población—, sino que los ducados estaban incluso obligados a pagar un dos por ciento más de la cuota exigible según ese criterio. Así, aparte de los ingresos derivados de los dominios y de los impuestos directos arbitrariamente clasificados bajo esa rúbrica, solo el ducado de Holstein debía contribuir con la suma de 756.193 rixdólares a los gastos comunes de toda la monarquía.

La otorgada constitución general del Estado, con su presupuesto normal, su Consejo Imperial y sus novedosas y estrafalarias cartas provinciales, provocó una inmensa protesta en todos los ducados. Por la nueva ley de sucesión al trono se vieron separados de Alemania y atados a los destinos  

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de Dinamarca. Por la institución del Consejo Imperial (*Reichsrath*), en el que nunca podrían ni soñar con ejercer sino una pequeña minoría de votos, perderían de hecho su independencia nacional y quedarían sometidos a los dictados de una legislatura danesa. Por el presupuesto normal, en fin, se los gravaba injustamente para engrosar los recursos materiales de sus antagonistas en Copenhague.  

La consiguiente agitación en los ducados duró más de dos años, y sus Dietas provinciales apelaron repetida pero vanamente a la Confederación Germánica, hasta que esta resolvió por fin intervenir. Aquí debe recordarse que el rey de Dinamarca, en su calidad de duque de Holstein y Lauenburg, es miembro de la Confederación Germánica y está obligado a obedecer las resoluciones de la Dieta Germánica. Por una resolución del 11 de febrero de 1858, la Dieta Germánica declaró que la Constitución general del Estado del 2 de octubre de 1855 era nula y sin efecto en lo tocante a los ducados alemanes, e instó al mismo tiempo al rey de Dinamarca a adoptar inmediatamente las medidas que restablecieran las relaciones entre los ducados y el conjunto de la monarquía a un estado conforme a las leyes federales y a las promesas hechas por el propio rey en 1851-52. El 25 de febrero de 1858, la Dieta Germánica publicó otro decreto por el que se prohibía estrictamente al rey de Dinamarca promulgar nuevas leyes contrarias a su propia resolución del 11 de febrero y alterar nada del *statu quo* antes del arreglo de la cuestión constitucional. El 26 de marzo de 1858, el rey danés presentó ante la Dieta Germánica una declaración en el sentido de que estaba dispuesto a conformarse a la resolución del 25 de febrero, pero se reservaba decidir qué innovaciones administrativas podría introducir en virtud de la antigua carta provincial ahora derogada. En respuesta a esta comunicación, la Dieta Germánica, el 20 de mayo de 1858, aprobó otra resolución rechazando la interpretación dada por el rey al decreto del 25 de febrero, prohibiendo de nuevo todo cambio, administrativo o legislativo, en perjuicio de los ducados, y esgrimiendo la amenaza de una ejecución federal militar en Holstein si la Dieta llegara a tener conocimiento de alguna infracción de sus resoluciones anteriores. El 12 de agosto de 1858, la Dieta Germánica fue un paso más allá al nombrar efectivamente un comité para enviar tropas federales a Holstein y Lauenburg, a fin de llevar a cabo “la ejecución militar”, como se la denomina en el lenguaje oficial. El Gobierno danés consideró entonces, al parecer, conveniente ceder. Por real cédula del 6 de noviembre de 1858, la Constitución general del Estado de 1855, si bien se mantenía para el Reino de Dinamarca y el Ducado de Schleswig, fue derogada en los ducados alemanes de Holstein y Lauenburg. Los seis primeros párrafos de la carta provincial otorgada a Holstein en 1855, relativos a la Constitución general del Estado, fueron también suprimidos, y el Consejo Imperial o *Reichsrath* fue depurado de sus miembros por Holstein y  

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Lauenburg. El 10 de marzo de 1859, la Dieta provincial de Holstein dirigió al rey un memorándum de protesta por los agravios de los ducados, insistiendo en que, hasta el arreglo definitivo de sus relaciones con Dinamarca, no se promulgaran nuevas leyes sobre los asuntos comunes de toda la monarquía a menos que hubieran sido presentadas también a los Estados de Holstein y hubieran obtenido su sanción. Al no dignarse el Gobierno danés atender estas protestas, los Estados de Holstein apelaron de nuevo a la Dieta Germánica, que entonces renovó su amenaza de ejecución militar en los ducados. El 2 de noviembre de 1859, el Gobierno danés hizo una promesa solemne a la Dieta Germánica: primero, que se disponía a convocar una Cámara de Delegados para resolver las dificultades pendientes entre los ducados y la monarquía; y segundo, que se condonaría un 1½ por ciento de la cuota fijada por el “presupuesto normal” para Holstein. La Dieta Germánica aprovechó vivamente esta oportunidad para suspender de nuevo, “provisionalmente”, mediante decreto del 6 de marzo de 1860, la amenazada ejecución militar, aunque las condiciones establecidas por la resolución federal del 11 de febrero de 1858 estaban tan lejos como siempre de cumplirse. Sin embargo, la Dieta declaró al mismo tiempo que esta nueva tregua se concedía a Dinamarca solo bajo el entendimiento expreso de que, durante el ínterin y antes del arreglo constitucional, todos los proyectos de ley presentados al Consejo Imperial relativos a los asuntos comunes de todo el Estado, y especialmente a las cuestiones financieras, deberían ser presentados también a los Estados de Holstein y Lauenburg para su consentimiento. Este decreto federal del 6 de marzo de 1860 concluye con la declaración expresa de que cualquier desobediencia por parte del Gobierno danés sería esta vez castigada directamente con la ejecución militar en los ducados. El comité nombrado a tal efecto recibió incluso la orden de mantener sus fuerzas preparadas para tal caso. Pues bien, el Gobierno danés, que según se dice ha concluido entretanto un tratado secreto con Francia, no solo retiró su propia propuesta de celebrar una reunión de delegados, sino que, mediante una ley aprobada el 15 de mayo de 1860 por el Consejo Imperial danés y nunca presentada a los Estados de los ducados, impone un nuevo presupuesto financiero para 1860-61. En virtud de esta ley, la contribución de Holstein al erario general del Estado se eleva de 756.193 rixdólares a 908.880. Dinamarca necesita dinero para las nuevas fortificaciones marítimas de Copenhague y, encontrando bien llena la tesorería provincial de los ducados, ha creído oportuno echarle mano provisionalmente, confiando en el consentimiento abierto del *Reichsrath* danés y en el apoyo secreto de Francia y Rusia. Ahora bien, es evidente que el conflicto ha llegado a un punto que no deja a la Dieta Germánica otra alternativa que abdicar sus poderes o realizar sus amenazas. En el caso de Schleswig, la cuestión se halla un tanto oscurecida por complicaciones internacionales. En este caso de Holstein, la cuestión atañe únicamente a los derechos de la Confederación Germánica sobre sus propios miembros.  

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