** Colonia, 4 de julio. Ayer prometimos a nuestros lectores volver sobre la detención de los señores Dr. Gottschalk y Anneke.
N.° 35, 5 de julio de 1848
Neue Rheinische Zeitung.
Hasta ahora sólo nos han llegado detalles más precisos sobre la detención de Anneke.
Por la mañana, entre las 6 y las 7, 6 o 7 gendarmes entraron en la vivienda de Anneke, maltrataron inmediatamente a la criada en el vestíbulo y subieron sigilosamente las escaleras. Tres se quedaron en la antecámara, cuatro penetraron en el dormitorio, donde dormían Anneke y su mujer, embarazada de muchos meses. De estas cuatro columnas de la justicia, una se tambaleaba más o menos, hallándose a tan temprana hora ya repleta del “espíritu”, del agua de la verdadera vida, del aguardiente.

Anneke preguntó qué se quería de él. —¡Que nos acompañe!, fue la lacónica respuesta. Anneke rogó que al menos se respetase a su mujer enferma y que se pasara a la antecámara. Los señores de la santa Hermandad declararon que no abandonarían el dormitorio, apremiaron a Anneke a vestirse rápidamente y ni siquiera le permitieron hablar con su mujer. Estos apremios degeneran en la antecámara en vías de hecho, rompiendo uno de los gendarmes la puerta de cristal en añicos. Anneke fue empujado escaleras abajo. Cuatro gendarmes se lo llevan a la nueva casa de detención, tres se quedan con la señora de Anneke para custodiarla hasta la llegada del procurador del Estado.

Según la prescripción legal, en la detención debe estar presente por lo menos un funcionario de la policía judicial —comisario de policía, etc.—. ¿Para qué tales formalidades, ahora que el pueblo posee dos asambleas para representar sus derechos, una en Berlín y otra en Fráncfort?

Al cabo de media hora llegaron el Sr. procurador del Estado Hecker y el juez instructor Geiger, para practicar el registro domiciliario.

La señora de Anneke se queja de que el procurador del Estado haya dejado la detención en manos de los brutales gendarmes, no refrenados por la presencia de ningún magistrado. El Sr. Hecker declara no haber dado orden alguna para brutalidades. ¡Como si el señor Hecker pudiera ordenar brutalidades! Señora de Anneke: Al parecer, se habría enviado a los gendarmes solos por delante para no tener que responder de su brutalidad. Además, la detención no se habría efectuado en la forma legal, puesto que ningún gendarme exhibió una orden de detención, sino que sólo uno sacó del bolsillo un papelucho que Anneke no pudo leer.

Sr. Hecker: «Los gendarmes habrían sido comisionados por los jueces para efectuar la detención.» ¿Y el mandato de los jueces no está bajo el mandato de la ley? El procurador del Estado y el juez instructor confiscaron un montón de papeles, folletos, entre ellos toda la carpeta de la señora de Anneke, etc. Dicho sea de paso, el señor juez instructor Geiger ha sido designado director de policía.

Por la noche se interrogó a Anneke durante media hora. El motivo de su detención sería un discurso sedicioso que pronunció en la última asamblea popular en el Gürzenich. El art. 102 del Código penal habla de discursos públicos que inciten directamente a complots contra el emperador y su familia o que tiendan a perturbar la tranquilidad del Estado mediante la guerra civil, el uso ilegal de la fuerza armada, la devastación pública y el saqueo. El Código no conoce el «provocar el descontento» prusiano. A falta del derecho territorial prusiano, se aplicará provisionalmente el art. 102 en todos aquellos casos en que su aplicación entra dentro de las imposibilidades jurídicas.

Durante la detención misma se desplegó un gran aparato militar; desde las cuatro, consignación de las tropas en los cuarteles. Se dejó entrar en ellos a los panaderos y artesanos, pero no se les dejó salir. Los húsares avanzaron hacia las 6 de Deutz a Colonia y recorrieron a caballo toda la ciudad. La nueva casa de detención fue ocupada con 300 hombres. Para hoy se anuncian cuatro nuevas detenciones, las de Jansen, Kalker, Esser y un cuarto. El cartel mural de Jansen, en el que exhortaba a los obreros a la calma, fue arrancado ayer tarde por la policía, según nos aseguran testigos presenciales. ¿Ocurrió esto en interés del orden? ¿O se buscaba un pretexto para llevar a la práctica planes largamente acariciados en la buena ciudad de Colonia?

Se dice que el señor procurador superior Zweiffel consultó ya antes al tribunal superior de Arnsberg si debía detener a Anneke a causa de su anterior condena y trasladarlo a Jülich. La amnistía real parece haberse interpuesto en el camino de esta bienintencionada intención. El asunto fue elevado al ministerio.

El Sr. procurador superior Zweiffel, según se afirma, habría declarado además que dentro de 8 días pondría fin en Colonia del Rin al 19 de marzo, a los clubes y a la libertad de prensa y a otras degeneraciones del malvado año de 1848. El Sr. Zweiffel no pertenece a los escépticos.

¿Acaso une el Sr. Zweiffel el poder ejecutivo con el legislativo? ¿Los laureles del procurador superior cubrirán las desnudeces del representante del pueblo? Una vez más examinaremos nuestros amadísimos informes estenográficos y trazaremos al público una imagen fiel de la actividad del representante del pueblo y procurador superior Zweiffel.

Éstos son, pues, los hechos del ministerio de la acción, del ministerio del centro izquierda, del ministerio de transición hacia un ministerio de la vieja nobleza, de la vieja burocracia, de la vieja Prusia. Tan pronto como el Sr. Hansemann haya cumplido su misión transitoria, se le despedirá.

Pero la izquierda de Berlín debe comprender que el viejo poder puede abandonarle tranquilamente las pequeñas victorias parlamentarias y los grandes proyectos de constitución, con tal de que, entretanto, se apodere de todas las posiciones verdaderamente decisivas. Puede reconocer tranquilamente la revolución del 19 de marzo en la Cámara, siempre que ésta sea desarmada fuera de la Cámara.

La izquierda podría encontrarse una buena mañana con que su victoria parlamentaria coincide con su derrota real. Tal vez la evolución alemana necesite de tales contrastes.

El ministerio de la acción reconoce la revolución en principio, para llevar a cabo en la práctica la contrarrevolución.