La Asociación Internacional de los Trabajadores, 1864

Resolución sobre las condiciones de admisión de las organizaciones obreras en la Internacional

I

Que se invite a los cuerpos organizados de trabajadores a ingresar en esta Asociación en su calidad de cooperativas, dejando la cuantía de sus cotizaciones a sus medios y discreción.

II

Que las sociedades que ingresen en esta Asociación tendrán la facultad de elegir un representante para que ocupe un puesto en el Consejo Central, reservándose el Consejo el derecho de aceptar o rechazar a tales delegados.