Karl Marx

Un proceso por difamación

["Die Presse" Nº 353 del 24 de diciembre de 1861]

Londres, 19 de diciembre de 1861

Es sabido que los antiguos egipcios llevaron la *división del trabajo*, en la medida en que se extiende al conjunto de la sociedad y no al taller aislado, a un alto grado de desarrollo. Casi cada parte particular del cuerpo poseía entre ellos su médico particular, cuya terapia estaba legalmente restringida a ese ámbito especial. El hurto constituía la profesión de un oficio especial, cuyo director era una persona oficialmente reconocida. Pero ¡qué mezquina aparece la división del trabajo del antiguo Egipto comparada con la moderna inglesa! No es menor la singularidad de ciertas ramas de ocupación en Londres que la escala de su ejecución, lo que nos causa asombro.

Una de estas curiosas ramas industriales es el *espionaje*. Se divide de antemano en dos grandes ramas: *civil* y *político*. De este último prescindimos aquí por completo. El espionaje civil se subdivide a su vez en dos grandes secciones: *oficial* y *privado*.

El *oficial* es ejercido, de una parte, por detectives (descubridores) asalariados por el Estado o por las autoridades municipales y, de otra, por common informers (informantes comunes), que espían por cuenta propia y son pagados por la policía a jobwork (trabajo a destajo).

El negocio del espionaje privado se fragmenta en múltiples subespecies, que, sin embargo, pueden agruparse todas en dos grandes rúbricas. Una comprende las relaciones privadas *no comerciales*, la otra las *comerciales*. Para la primera rúbrica, en la que el espionaje de la infidelidad conyugal desempeña un gran papel, el instituto del *señor Field* ha alcanzado celebridad europea. El negocio del espionaje *comercial* se conocerá más de cerca por el siguiente incidente.

El pasado martes, el Court of Exchequer tuvo que decidir una demanda por difamación, en la que un semanario local, *"Lloyds Weekly News"*, era el demandado, y Stubbs y Cía. los demandantes. Stubbs y Cía. publican, en efecto, un periódico semanal con el título: *"Stubbs' Gazette"*, órgano de la *"Sociedad de Stubbs para la Protección del Comercio"*. El periódico se envía privadamente a los suscriptores, que pagan 3 guineas al año, y no se vende, como otros periódicos, por ejemplares en las tiendas de los stationers (comerciantes de papel y artículos de escritura), en la calle, en los ferrocarriles, etc. Es, en realidad, una lista de proscripción de malos deudores, cualquiera que sea su condición. La "Sociedad Protectora" de Stubbs indaga la solvencia de los individuos particulares, y la *"Stubbs' Gazette"* la registra negro sobre blanco. El número de suscriptores asciende a 20.000.

El *"Lloyds Weekly News"* había publicado un artículo en el que, entre otras cosas, decía: "Es deber de todo hombre de honor acabar con este ignominioso sistema de *espionaje*". Stubbs exigió venganza judicial por esta difamación.

Después de que el abogado del demandante, el sargento Shee, hubo derramado el torrente de su elocuencia irlandesa, el demandante Stubbs tuvo que soportar el cross examination (en realidad, el fuego cruzado al que se somete a los testigos durante el interrogatorio) del sargento Ballantine, abogado del *"Lloyds Weekly News"*. Tuvo lugar el siguiente diálogo humorístico.

Ballantine: ¿Exigís información a vuestros suscriptores?

Stubbs: Pido a los suscriptores que me comuniquen los nombres de las personas que consideran estafadores. Nosotros investigamos después esos casos. No los investigo yo mismo. Tengo agentes en Londres y en otras grandes ciudades. Tengo 9 o 10 agentes en Londres que reciben un salario anual.

Ballantine: ¿Qué reciben esos gentlemen por cazar información?

Stubbs: De 150 a 200 libras esterlinas.

Ballantine: ¿Y un traje nuevo? Bien, cuando uno de esos bien pagados gentlemen atrapa a un estafador, ¿qué sucede entonces? – Publicamos su nombre.

Ballantine: ¿Si es un estafador redomado? – Sí. – Pero ¿y si es sólo un medio estafador? – Entonces lo inscribimos en nuestro registro. – ¿Hasta que esté en plena floración, y entonces lo publicáis? – Sí. – ¿Publicáis autógrafos de estafadores? – Sí. – Y en beneficio del comercio os imponéis costos aún mayores. ¿Publicáis fotografías de estafadores? – Sí. – ¿No tenéis una oficina de policía secreta? ¿No estáis en relación con el señor Field? – ¡Me complace poder decir que no! – ¿En qué consiste entonces la diferencia? – Me niego a responder a eso. – ¿Qué entendéis por vuestros "agentes legales"? – Eso se refiere al cobro de deudas. Entiendo por tales a los solicitors (un término medio entre abogado y huissier), que se ocupan de los negocios de los suscriptores según las condiciones mencionadas en el prospecto. – Conque, ¿sois también un cobrador de deudas? – Cobro deudas por medio de 700 solicitors. – ¡Dios santo! ¡Tenéis 700 solicitors, y el mundo todavía sigue existiendo! ¿Tenéis vos a los solicitors o los solicitors os tienen a vos? – Se tienen a sí mismos. – ¿Habéis tenido otros litigios judiciales? – Sí, media docena. – ¿Los habéis llevado alguna vez hasta el fin? – Sí. – ¿El fallo fue alguna vez a vuestro favor? – Una vez. – ¿Qué queréis decir con la rúbrica de vuestro periódico "Se solicitan direcciones", a la que sigue toda una lista de nombres? – Deudores fugados cuyo paradero ni nosotros ni nuestros suscriptores hemos podido rastrear. – ¿Cómo está organizado vuestro negocio? – Nuestra oficina central está en Londres, con sucursales en Birmingham, Glasgow, Edimburgo y Dublín. Mi padre me dejó el negocio. Él lo llevaba originariamente en Manchester.

El abogado Ballantine se lanzó entonces, en su alegato, sin piedad contra Stubbs, cuyo "aire risueño y satisfecho durante su declaración demostraba en todo caso que, al igual que un escarabajo pelotero, no tenía conciencia de la suciedad del elemento en que se movía". El comercio inglés debía de haber caído muy bajo si necesitaba un protector semejante. Ese miserable sistema de espionaje proporcionaba a Stubbs un arma terrible para extorsiones de dinero, etc.

El Lord Chief Baron (presidente del Tribunal de Hacienda), que presidía como juez, echó su resumen en la balanza de la defensa. Concluyó con estas palabras: "Los jurados deben mucho a la libertad de prensa; pero los jurados no son independientes porque la prensa sea libre, sino que la prensa es libre porque los jurados son independientes. Debían considerar si el artículo incriminado traspasa los límites de la crítica honesta. Stubbs era una persona pública y, por tanto, quedaba sujeto a la crítica. Si creían que el *'Lloyds Weekly News'* había rebasado el límite de la crítica honesta, entonces les correspondía conceder al demandante una indemnización *adecuada*."

Los jurados se retiraron a su sala de deliberaciones. Tras un debate de un cuarto de hora, reaparecieron en la sala del tribunal con la decisión: el demandante Stubbs tiene razón; indemnización por su honor lesionado: *un farthing*. El farthing es la moneda inglesa más baja, equivalente al céntimo francés y al pfennig alemán. Stubbs abandonó el Guildhall entre las carcajadas del numeroso auditorio y escoltado por una cantidad de admiradores, de cuyas impertinentes ovaciones solo una rápida huida pudo salvar su modesta estatura.