Karl Marx  
La Constitución de la República Francesa  
adoptada el 4 de noviembre de 1848

Notes to the People.  
Nr.7, 14. Juni 1851

||i25| No. I. La Constitución  
de la República Francesa  
adoptada el 4 de noviembre de 1848.

Un preámbulo retórico introduce la Constitución, en el cual merecen atención los siguientes pasajes:

1. Francia se declara en república. 2. La república francesa es democrática, una e indivisible. 4. Sus principios son Libertad, Igualdad, Fraternidad, y sus fundamentos son Familia, Trabajo, Propiedad y Orden Público. 5. Respeta la independencia de otras naciones, y hará respetar también la propia. No emprenderá ninguna guerra de agresión y jamás empleará su fuerza contra la libertad de ningún pueblo. (¡Roma!)

Antes de la insurrección de junio, la Asamblea Nacional había redactado una constitución que contenía, entre otros muchos reconocimientos de los derechos y deberes del hombre, los siguientes artículos.

Art. 6. El derecho a la educación es el derecho que poseen todos los ciudadanos a los medios para el pleno desarrollo de sus facultades físicas, morales e intelectuales, mediante una educación gratuita a cargo del Estado.

Art. 7. El derecho al trabajo es el derecho de todo miembro de la sociedad a vivir de su trabajo. Por tanto, es deber de la sociedad proporcionar trabajo a todas las personas aptas que no puedan obtenerlo de otra manera.

Art. 9. El derecho al sustento es el derecho del huérfano, del inválido y del anciano a ser mantenidos por el Estado.

Después de que las victorias de junio de 1848 infundieran ánimo a la burguesía, ésta borró estos tres artículos de

LA CONSTITUCIÓN,

que ahora reza como sigue:—

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Karl Marx

«Cap. I. El poder soberano reside en el conjunto de los ciudadanos franceses. Es inalienable y eterno. Ningún individuo, ninguna fracción del pueblo tiene derecho a ejercitarlo.»

CAPÍTULO II. DERECHOS GARANTIZADOS POR LA CONSTITUCIÓN:—

«Nadie puede ser detenido ni encarcelado sino en los casos previstos por las leyes.»

«§ 3. El domicilio de toda persona en territorio francés es inviolable, y no está permitido penetrar en él sino en las formas prescritas por la ley.»

Obsérvese aquí y en todo el resto que la constitución francesa garantiza la libertad, pero siempre con la reserva de las excepciones establecidas por la ley, o que aún PUEDEN ESTABLECERSE, y todas las excepciones dictadas por el emperador Napoleón, por la Restauración y por Luis Felipe, no sólo se han conservado, sino que, después de la revolución de junio, se han multiplicado desmesuradamente. Así, por ejemplo, la ley del 9 de agosto de 1849, relativa al estado de sitio, que la Asamblea, y durante su prórroga el Presidente, pueden promulgar, y que otorga a las autoridades militares el derecho de llevar a todos los delincuentes políticos ante un consejo de guerra. Les concede además la facultad de entrar y registrar cualquier domicilio de día o de noche, de incautarse de todas las armas y de expulsar a todas las personas que no tengan domicilio en el lugar declarado en estado de sitio.

En cuanto a los extranjeros, el único «derecho» de que gozan en suelo francés es el de ser detenidos y expulsados cuantas veces las autoridades policiales lo consideren oportuno.

En cuanto a los franceses, cualquier ciudadano francés puede ser detenido si un solo funcionario dicta mandato en ese sentido.

«§ 4. Nadie puede ser juzgado por otros que sus jueces naturales. No pueden formarse tribunales extraordinarios bajo ninguna denominación ni pretexto.»

Ya hemos visto que, bajo el «estado de sitio», un tribunal militar suplanta a todos los demás. Además de esto, la Asamblea instituyó en 1848 un «tribunal excepcional», denominado «Alta Corte», para una parte de los delincuentes políticos; y, después de la insurrección de junio, ¡deportó a 15.000 insurrectos sin juicio alguno!

«§ 5. Queda abolida la pena de muerte por delitos políticos.»

Pero los deportan a colonias infestadas de fiebres, donde son ejecutados, sólo que un poco más lentamente y con mucho mayor sufrimiento.

«§ 8. Los ciudadanos tienen derecho a asociarse, a reunirse pacíficamente y sin armas, a peticionar y a expresar sus opiniones por la prensa y por cualquier otro medio. El ejercicio de estos derechos no tiene más límites que los derechos iguales de los demás y la seguridad pública.»

Que la limitación establecida por la «seguridad pública» suprime por completo el disfrute del derecho, lo demuestran claramente los siguientes hechos:—

1. La libertad de prensa.—Mediante las leyes del 11 de agosto de 1848 y del 27 de julio de 1849, no sólo se volvieron a exigir fianzas a los periódicos, sino que todas las restricciones impuestas por el emperador Napoleón, y posteriormente, fueron renovadas y endurecidas.

La ley del 23 de julio de 1850 eleva la ||l26| fianza y extiende la obligación a todos los semanarios, revistas, publicaciones periódicas, etc. Además, exige que todo artículo vaya firmado con el nombre del autor, y reintroduce el timbre para los periódicos. No contenta con esto, impone también un timbre a la novela-folletín, al mero folleto literario; ¡y todo ello bajo la pena de multas enormísimas! Tras la promulgación de esta última ley, la prensa revolucionaria desapareció por completo. Había luchado durante mucho tiempo contra la persecución: semana tras semana, periódico tras periódico y folleto tras folleto, eran acusados, multados, suprimidos. La burguesía ocupaba el banco del jurado, y aplastaba la prensa obrera.

El sistema alcanzó su culminación con la ley del 30 de julio de 1850, que restableció la censura teatral. De ese modo, se desterró la libertad de opinión de su último refugio literario.

2. El derecho de asociación y de reunión pública.—Por los decretos del 28 de julio al 2 de agosto de 1848, los clubes quedan sometidos a una multitud de reglamentos policiales que les niegan casi toda libertad. Por ejemplo, no se les permite adoptar resoluciones de carácter legislativo, etc. Por la misma ley, todos los círculos no políticos y las reuniones privadas quedan enteramente bajo la vigilancia y el capricho de la policía.

Por la ley del 19-22 de junio de 1849, se autoriza al gobierno, durante un año, a suprimir todos los clubes y reuniones que no sean de su agrado. Por la ley del 6-12 de junio de 1850, se concede al gobierno esta facultad por otro año más, ¡y se extiende de hecho a aquellas reuniones y asambleas relativas a la elección de diputados que pudieran desagradar al gobierno! El resultado es que, prácticamente, desde julio de 1848, todos los clubes y reuniones públicas han cesado, con excepción de los círculos realistas y bonapartistas.

Por la ley del 29 de noviembre de 1849, se decreta prisión de hasta tres meses y multa de hasta 3.000 francos contra todos los obreros que se unan para reclamar un aumento de salario. Y, por la misma ley, estos obreros quedan sometidos a cinco años de vigilancia policial (lo que significa mendicidad, ruina y persecución) una vez cumplida su condena.

Hasta aquí el derecho de asociación y de reunión pública.

«§ 9. La enseñanza es libre. La libertad de enseñanza se ejercerá en las condiciones fijadas por la ley y bajo la vigilancia del Estado.»

Aquí se repite la vieja broma. «La enseñanza es libre», pero «en las condiciones fijadas por la ley», y éstas son precisamente las condiciones que anulan por completo la libertad.

Por la ley del 15 de marzo de 1850, todo el sistema de enseñanza queda bajo la supervisión del clero.

A la cabeza de este ramo del gobierno se halla un conseil supérieur de l'instruction publique, presidido por cuatro arzobispos franceses. Somete a todos los maestros de provincia, aunque sean elegidos por los consejos municipales o parroquiales, a la voluntad de los recteurs, o rectores. Los maestros son colocados en un estado de subordinación y disciplina semejante al militar, bajo los rectores, alcaldes y párrocos, y la libertad de enseñanza consiste, según la ley ya citada, en que nadie tiene derecho a enseñar sin el permiso de las autoridades civiles y eclesiásticas.

«§ 11. La propiedad es inviolable.»

«§ 14. La deuda nacional está garantizada.»

«§ 15. Los impuestos sólo se recaudan para el servicio público. Cada ciudadano contribuye según su propiedad y capacidad.»

CAPÍTULO III. — SOBRE LA AUTORIZACIÓN DE LOS PODERES.

Este capítulo afirma:

«1. Que toda autoridad pública emana del pueblo y no puede ser hereditaria.

2. Que la división de poderes es la condición primordial de un gobierno libre.»

Aquí tenemos la vieja insensatez constitucional. La condición de un «gobierno libre» no es la división, sino la UNIDAD del poder. La maquinaria del gobierno no puede ser nunca demasiado simple. Siempre es artimaña de bellacos hacerla complicada y misteriosa.

CAPÍTULO IV. — DEL PODER LEGISLATIVO.

El poder legislativo reside en una asamblea única de 750 representantes, incluidos los de Argelia y las colonias. Las asambleas que se convoquen para revisar la constitución deberán constar de 900 personas. El sistema electoral se basa en la población. Siguen ahora cuatro párrafos que será necesario reproducir íntegramente:

«§ 24. El sufragio es directo y universal, la forma de votación, secreta.»

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«§ 25. Todos los franceses, de 21 años de edad, en posesión de sus derechos políticos y civiles, son electores sin referencia a ningún censo electoral.»

«§ 26. Todos los electores, de 25 años de edad, son elegibles como representantes, sin limitación domiciliaria.»

«§ 27. La ley electoral determinará las causas que pueden privar a un ciudadano francés del derecho a elegir y a ser elegido.»

Los artículos precedentes están concebidos exactamente con el mismo espíritu que todo el resto de la constitución. «Todos los franceses que disfruten de sus derechos políticos son electores»... ¡pero «la ley electoral» ha de decidir qué franceses no disfrutarán de sus derechos políticos!

La ley electoral del 15 de marzo de 1849 incluyó en esta categoría a todos los criminales, pero no a los delincuentes políticos. La ley electoral del 31 de mayo de 1850 añadió no sólo a los delincuentes políticos, a todos los que habían sido condenados por «ofender las opiniones establecidas» y por infringir las leyes de prensa, ¡sino que instituyó restricciones domiciliarias por las cuales DOS TERCIOS del pueblo francés quedan incapacitados para votar!

Esto es lo que significa en Francia «el sufragio directo y universal».

«§ 28. Ningún funcionario público retribuido puede ser al mismo tiempo representante del pueblo. Ningún representante puede ser titular de una función retribuida dependiente de la constitución durante la duración de la asamblea legislativa.»

Estas dos disposiciones han sido limitadas por decisiones posteriores y, prácticamente, están casi anuladas.

«§ 30. Las elecciones se verifican por departamentos, en la cabecera del distrito, y por medio de papeletas de voto.»

«§ 31. La Asamblea Nacional es elegida por tres años, al cabo de los cuales deberá procederse a nueva elección.»

«§ 32. Su período de sesiones es permanente, pero está facultada para suspenderlas, y debe entonces nombrar una comisión que la represente, compuesta de 25 diputados y los miembros de la mesa de la asamblea. Esta comisión tiene la facultad de convocar a la asamblea en casos de urgencia.»

§§ 33-38. Los representantes son reelegibles. No están vinculados por instrucción alguna, son inviolables, no pueden ser perseguidos ni condenados por las opiniones que manifiesten en la asamblea, y reciben una retribución que no se les permite rehusar.

En cuanto a la «inviolabilidad del representante» y a su «libertad para expresar sus opiniones», la mayoría aprobó un nuevo réglement después del 13 de junio, facultando al presidente de la Asamblea Nacional para decretar la censura contra un representante, multarlo, privarlo de su retribución y expulsarlo temporalmente, aniquilando así por completo la «libertad de opinión».

En 1850, la Asamblea aprobó una ley por la cual los representantes pueden ser arrestados por deudas, aun durante el período de sesiones de la cámara, y si no pagan en un plazo determinado, pierden sus funciones como representantes.

Así, pues, ni la libertad de debate ni la inviolabilidad del representante existen en Francia, sino sólo la inviolabilidad del acreedor.

§§ 39—42. Las sesiones de la Asamblea serán públicas. No obstante, la Asamblea puede constituirse en comité secreto, a petición del número requerido de representantes. Para que una ley sea válida, debe ser votada por más de la mitad de los representantes. Salvo en casos urgentes, ningún proyecto de ley podrá ser aprobado sin haber sido leído tres veces, con un intervalo de cinco días entre cada lectura.

Esta forma, tomada de la "constitución" inglesa, no se observa en Francia en ninguna ocasión importante; en realidad, en aquellas en que podría suponerse más necesaria. Por ejemplo, la ley electoral del 31 de mayo se aprobó tras una sola lectura.

CAP. V.— DEL PODER EJECUTIVO.

§§ 43—44. El poder ejecutivo se confía a un presidente. El presidente debe ser francés de nacimiento, tener al menos 30 años de edad y no haber perdido nunca su cualidad de ciudadano francés.

El primer presidente de la república francesa, L. N. Bonaparte, no sólo había perdido su cualidad de ciudadano francés, no sólo había sido agente especial de policía inglés, sino que era un suizo nacionalizado.

§§ 45—70. El presidente de la república es elegido por cuatro años y no es reelegible sino hasta transcurridos cuatro años desde la expiración de su mandato. La misma restricción se aplica a sus parientes hasta el sexto grado inclusive. La elección debe tener lugar el segundo domingo de mayo. Si el presidente hubiera sido elegido en cualquier otra fecha, sus poderes cesan el segundo domingo de mayo del cuarto año posterior a su elección. Es elegido por voto secreto y por mayoría absoluta. Si ningún candidato obtuviera más de la mitad del número de votos registrados, pero sí al menos dos millones, la asamblea nacional podrá elegir al presidente de entre los cinco candidatos que hayan obtenido el mayor número de sufragios.

El presidente debe prestar juramento de fidelidad a la constitución, puede presentar propuestas a la Asamblea por medio de sus ministros, dispone del ejército, aunque sin mandarlo en persona, no se le permite ceder porción alguna del territorio francés, ni disolver o prorrogar la Asamblea, como tampoco suspender la autoridad de la constitución. Negocia y ratifica todos los tratados, los cuales, sin embargo, no adquieren fuerza obligatoria definitiva hasta ser sancionados por la Asamblea.

No le está permitido emprender guerra alguna sin el consentimiento de la Asamblea; puede ejercer la prerrogativa de indulto, pero no le está permitido conceder amnistía. Los condenados por el alto tribunal sólo pueden ser indultados por la asamblea nacional. El presidente puede aplazar la promulgación de una ley y exigir que la Asamblea delibere de nuevo sobre ella. Pero dicha deliberación se convierte entonces en definitiva. Nombra a los embajadores y ministros, y puede suspender, durante tres meses, a los alcaldes, consejos departamentales, guardias nacionales, etc., elegidos por los ciudadanos. Todos sus decretos deben ser refrendados por los ministros, con excepción de la destitución de los ministros mismos. El presidente, los ministros y los funcionarios públicos son solidariamente responsables, cada cual en su departamento respectivo, de todos los actos del gobierno. Todo acto por el cual el presidente pueda influir, retrasar o impedir el debido ejercicio de las funciones de la Asamblea, constituye un acto de alta traición. Por tal acto, el presidente queda privado inmediatamente de su autoridad: se convierte en deber de todo ciudadano negar obediencia a sus mandatos, y el poder de su cargo recae de inmediato en la Asamblea; los jueces del Alto Tribunal de Justicia deben reunirse sin pérdida de tiempo y convocar a los jurados en un lugar determinado, para juzgar al presidente y a sus cómplices.

El presidente tiene el uso de una residencia oficial y un salario anual de 600.000 francos, o £ 24.000. (Actualmente recibe 2.160.000 francos, o £ 86.400.)

Los ministros tienen asiento *ex officio* en la asamblea nacional, y pueden hablar cuantas veces quieran. La asamblea nacional elige un vicepresidente de la república, de entre tres candidatos que el presidente puede nombrar en el plazo de un mes después de su propia elección. El vicepresidente presta el mismo juramento que el presidente, no debe ser pariente del presidente, ocupa el lugar del presidente cuando éste se ve impedido de actuar, y actúa como presidente del consejo de estado. Si la silla presidencial quedara vacante por muerte o cualquier otra causa, deberá procederse a una nueva elección en el plazo de un mes.

CAP. VI.—DEL CONSEJO DE ESTADO.

§§71—75. El Consejo de Estado es meramente un cuerpo deliberante, para considerar las proposiciones que presente el gabinete — y aquellas que puedan ser remitidas por la asamblea.

CAP. VII.—DE LA ADMINISTRACIÓN INTERIOR.

Este capítulo trata de los secretarios, los magistrados principales, los consejos municipales y provinciales. El único artículo de importancia, y que se utiliza en la mayor medida posible, es el siguiente:

§ 80. Los consejos generales, los consejos cantonales y los consejos municipales pueden ser disueltos por el presidente con la sanción del consejo de estado.

CAP. VIII. —DEL PODER JUDICIAL.

En general, este capítulo se limita a reproducir las disposiciones del Emperador Napoleón. Sin embargo, las siguientes adiciones son dignas de mención:

"§ 81. La justicia se administra gratuitamente, en nombre del pueblo francés."

¡Esto es tan poco cierto, que a uno ni siquiera lo decapitan gratis!

§§ 91—100 tratan del Alto Tribunal de Justicia, el único facultado para juzgar al Presidente, ante el cual pueden ser procesados los ministros y todos los delincuentes políticos que la Asamblea Nacional considere oportuno enviar ante ese tribunal.

Este "Alto Tribunal" se compone de cinco jueces que el tribunal de Casación (el tribunal supremo de Francia) elige de entre sus propios miembros, y de treinta y seis jurados tomados de los consejos generales de los departamentos, por un cuerpo enteramente aristocrático. ¡Los únicos individuos juzgados hasta ahora por este tribunal son los acusados del 15 de mayo de 1848 —(aquí surgen en el proceso los nombres de BARBÈS, BLANQUI y otros)— y los diputados comprometidos el 13 de junio de 1849!

Por la ley del 7 de agosto de 1848, todos aquellos que no saben leer ni escribir son borrados de la lista de jurados, ¡descalificando así a dos tercios de la población adulta!

CAP. IX.— DE LA FUERZA ARMADA.

Toda la antigua ley militar se deja en vigor. Los crímenes del soldado no son justiciables ante los tribunales civiles. El siguiente párrafo ilustra el espíritu de esta constitución.

"§ 102. Todo francés está sujeto al servicio militar, y a servir en la guardia nacional, con excepción de los casos previstos por la ley."

Todo hombre que tenga dinero puede eximirse de la obligación del servicio.

¡Las clases trabajadoras están enteramente excluidas de las filas de la guardia nacional, por la ley ahora en consideración, cuya segunda lectura ya ha sido aprobada! ¡Además, el Presidente tiene el derecho de suspender por un año las guardias nacionales de cada parroquia —y, de hecho, en la mitad de Francia, la guardia nacional ha sido disuelta!

CAP. X. — DISPOSICIONES ESPECIALES.

"§ 110. La Asamblea Nacional confía la Constitución a la vigilancia y al patriotismo del pueblo entero" — ¡y confía los "vigilantes" y "patriotas" a las tiernas mercedes del Alto Tribunal! — ¡JUNIO 13!

CAP. XI.— DE LA REVISIÓN DE LA CONSTITUCIÓN.

"§ 111. Si la Asamblea, al cierre de su período de sesiones, expresara el deseo de un cambio total o parcial en la Constitución, se procederá a la revisión de la manera siguiente: — El deseo expresado por la Asamblea no podrá convertirse en ley hasta después de tres debates sucesivos, los cuales deben tener lugar con un intervalo de un mes entre cada uno, y sólo podrá ser aprobado por tres cuartas partes de los votos, no siendo los votantes menos de 500 en número. La asamblea convocada con el propósito de la revisión es elegida por sólo tres meses, y no debe, salvo en casos muy urgentes, ocuparse de ninguna otra cuestión."

Tal es la "Constitución de la República Francesa", y tal la manera en que ha sido utilizada. El lector verá de inmediato que de principio a fin es un cúmulo de bellas palabras, que ocultan un designio de lo más traicionero. Por su propia redacción, se hace imposible violarla, pues cada una de sus disposiciones contiene su propia antítesis —se anula completamente a sí misma. Por ejemplo:—"el voto es directo y universal",—"exceptuando aquellos casos que la ley determine".

Por lo tanto, no se puede decir que la ley del 31 de mayo de 1850 (que despoja del derecho de voto a dos tercios del pueblo) viole en modo alguno la Constitución.

La Constitución repite constantemente la fórmula de que la regulación y limitación de los derechos y libertades del pueblo (por ejemplo, el derecho de asociación, del sufragio, la libertad de prensa, de enseñanza, etc.) serán determinadas por una subsiguiente LEY ORGÁNICA —y estas "leyes orgánicas", "determinan" la libertad prometida destruyéndola. Esta treta de conceder plena libertad, de sentar los más hermosos principios y dejar su aplicación, los detalles, en manos de leyes posteriores, las burguesías austriaca y prusiana la han tomado prestada de sus prototipos franceses; lo mismo se había hecho en la Constitución francesa de 1830, y en las promulgadas anteriormente.

¡Pueblo! ¡Decídete respecto a los DETALLES, así como a los principios, antes de llegar al poder! ¡De ahí que la batalla se librara en la convención inglesa sobre este punto mismo!

Las únicas cláusulas en toda la constitución que son positivas y definidas, son las relativas a la elección del Presidente (§ 45) y a la Revisión de la Constitución (§ 111). Éstas son las únicas disposiciones que PUEDEN ser violadas, pues son las únicas que no llevan consigo su propia contradicción.

Fueron dirigidas por la Asamblea constituyente de 1848, directamente contra Bonaparte — cuyas intrigas para el cargo presidencial alarmaron a los diputados.

Las eternas contradicciones de esta Constitución de Farsa muestran con suficiente claridad que la burguesía puede ser democrática de palabra, pero no lo será de hecho; reconocerán la verdad de un principio, pero jamás lo llevarán a la práctica; y la verdadera "Constitución" de Francia no se encuentra en la Carta que hemos registrado, sino en las LEYES ORGÁNICAS promulgadas sobre su base, de las cuales hemos dado un esbozo al lector. ¡Los principios estaban allí —los detalles se dejaron para el futuro, y en esos detalles se restableció una tiranía desvergonzada!

El exceso de despotismo alcanzado en Francia se hará patente por las siguientes regulaciones relativas a los trabajadores.

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La Constitución de la República Francesa, adoptada el 4 de noviembre de 1848

A todo obrero le provee la policía de un libro —cuya primera página contiene su nombre, edad, lugar de nacimiento, oficio o profesión y una filiación personal—. En él está obligado a inscribir el nombre del patrono para quien trabaja, y los motivos por los cuales lo abandona. Pero esto no es todo: el libro es puesto en manos del patrono, quien lo deposita en la comisaría de policía, junto con la calificación que aquél hace del obrero. Cuando un obrero deja su empleo, tiene que ir a buscar ese libro a la oficina de policía; y no se le permite obtener otra colocación sin presentarlo. De este modo, el pan del obrero depende por completo de la policía. Pero tampoco es esto todo: ese libro sirve a modo de pasaporte. Si resulta indeseable, la policía escribe en él: «bon pour retourner chez lui», y el obrero está obligado a regresar a su parroquia. ¡Sobre esta espantosa revelación no es necesario ningún comentario! Imagínese el lector su pleno funcionamiento y sígalo hasta sus consecuencias reales. No hay servidumbre de la época feudal —ni condición de paria en la India— que tenga parangón con esto. ¿Qué tiene de extraño que el pueblo francés anhele la hora de la insurrección? ¿Qué tiene de extraño que su indignación cobre el aspecto de una tormenta? Fueron clementes en 1830, fueron clementes en 1848; pero desde entonces su libertad ha sido vendida, su sangre ha sido derramada a raudales, todas las prisiones de Francia están atestadas de cautivos perpetuos, —15.000 fueron deportados en una sola masa— y el espantoso despotismo que hemos descrito pesa hoy sobre ellos. ¿Qué tiene de extraño que la burguesía tema al pueblo, y que aguce hasta el último nervio para mantener en suspenso la hora del desquite? Pero están divididos entre sí. Tienen demasiadas ambiciones contrapuestas, y en primera línea de la baraja figura

EL JUEGO DE NAPOLEÓN.

La cuestión ahora es: ¿se prolongarán los poderes presidenciales y se revisará la constitución? Napoleón no puede ser reelegido sin una abierta violación de la constitución, porque, en primer lugar, no puede ser reelegido hasta transcurrido un período de cuatro años a partir del vencimiento de su mandato; y, en segundo lugar, la constitución no puede ser revisada sino por una mayoría de dos tercios. Semejante mayoría en favor de esa cuestión no existe; por tanto, una reelección constitucional no es posible.

La única alternativa para Bonaparte es, por tanto, desafiar la constitución, tomar las armas y salirse con la suya, o una entrega legítima de sus funciones en el plazo prescrito. En este último caso, Cavaignac será presidente y la REPÚBLICA DE LA BURGUESÍA se habrá perfeccionado. En el primero, los desenlaces son más complicados.

El juego de Napoleón consiste, pues, ahora, en explotar el descontento del pueblo. La burguesía es enemiga de Napoleón, —el pueblo lo sabe, y hay entre ambos un vínculo de simpatía. Él, sin embargo, comparte con la burguesía el odio de la opresión; si puede echárselo por completo de los hombros sobre los de ella, quedará removido un gran obstáculo.

Está esforzándose por hacerlo —como lo prueba su reciente discurso en Dijon, donde dice: «Toda ley mala ha sido promulgada por la Asamblea; toda ley buena que yo he propuesto ha sido rechazada o mutilada por ese cuerpo. Me han frustrado en todo intento de mejorar vuestra situación, y han levantado obstáculos contra el mejoramiento allí donde no existía ninguno.»

Así se esfuerza por desviar el rayo de su cabeza hacia la de la Asamblea. Entretanto, el ejército está más con él que con este último cuerpo, —y tal es la miseria del pueblo que casi cualquier cambio sería para mejor en la estimación de la mayoría, mientras que los ilustrados no son sino la minoría.

Por tanto, suponiendo que la burguesía se arriesgara a la lucha bajo Cavaignac, al hallar a Bonaparte decidido, el pueblo lucharía ciertamente contra ella —y Bonaparte estaría luchando con el pueblo. Combinados, resultarían demasiado fuertes para la Asamblea. Pero entonces llegaría el momento crítico; la Asamblea, viendo que el pueblo está a punto de conquistar, preferiría el menor de dos males. Preferiría un Imperio o una dictadura de Napoleón a una república democrática y social, y llegaría,

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por tanto, a un arreglo con el Presidente. Este último, temiendo tanto como ellos el poder democrático, aceptaría su ayuda. El ejército, o por lo menos una parte de él, se habría encariñado aún más con Napoleón por la excitación, el peligro y la «gloria» de la contienda; y la lucha asumiría entonces un nuevo aspecto: el del ejército y la burguesía contra el pueblo. El desenlace depende del valor, la sensatez y la unión de este último. El juego de Napoleón consiste, primero, en hacer jugar al pueblo contra la burguesía; luego, en hacer jugar a la burguesía contra el pueblo y en utilizar al ejército contra ambos.

El porvenir está preñado de grandes acontecimientos, y el presente de Francia es uno de los estudios más interesantes que ofrece la historia.