«Neue Rheinische Zeitung» – El proceso por negativa a pagar impuestos

Der Steuerverweigerungsprozeß

[«Neue Rheinische Zeitung» n.º 218 del 10 de febrero de 1849]

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Colonia, 9 de febrero. Si la decisión de los jurados en nuestro proceso de prensa de anteayer tuvo importancia para la prensa, la absolución de ayer de Marx, Schneider y Schapper es decisiva para todos los procesos pendientes ante los tribunales renanos con motivo de la negativa a pagar impuestos. El hecho mismo era sencillo en grado sumo y no estaba sujeto a ninguna duda. En el escrito incriminado <Véase «[Llamamiento del Comité de distrito democrático de los demócratas a la negativa a pagar impuestos]»> se decía:

«El Comité de distrito renano de los demócratas insta a todas las asociaciones democráticas de la provincia del Rin a que lleven a cabo la adopción y ejecución de las siguientes medidas:

1. Toda vez que la propia Asamblea Nacional prusiana ha acordado la negativa a pagar impuestos, su recaudación violenta ha de ser rechazada
en todas partes
por
toda clase de resistencia
.

2. La
leva en masa para la defensa contra el enemigo
debe organizarse
en todas partes
.

3. Ha de instarse a las autoridades, en todas partes, a que declaren públicamente si están dispuestas a reconocer y ejecutar las resoluciones de la Asamblea Nacional. En caso de negativa, deben nombrarse
comités de seguridad
. Los concejos municipales que se opongan a la asamblea legislativa han de ser renovados mediante
elección popular general
.»

Este documento es sin duda bastante comprensible. Dejando a un lado la cuestión de la validez o invalidez del acuerdo de negativa a pagar impuestos <Véase «¡¡¡No más impuestos!!!»>, se daba aquí manifiestamente un caso de incitación a la insurrección y a la guerra civil. Los acusados tampoco ocultaron que por «enemigo» (en el apartado 2) se entendía al enemigo
interior
, la fuerza armada del gobierno. No obstante, la autoridad fiscal, desesperando de obtener una condena bajo este artículo del Código, había elegido la acusación más benigna: instigación a la rebelión y a la resistencia contra los agentes del poder estatal (art. 209 y siguientes).

Así pues, se trataba únicamente de la cuestión política de si los acusados estaban autorizados, por el acuerdo de negativa a pagar impuestos de la Asamblea, a incitar de este modo a la resistencia contra el poder estatal, a organizar una fuerza armada frente a la del Estado y a destituir y nombrar autoridades por propia y plena autoridad.

Los jurados, tras una deliberación muy breve, han respondido
afirmativamente
a esta cuestión.

Después de esta decisión, también
Lassalle
y
Cantador
serán puestos pronto en libertad. No es de esperar que el Senado de Acusación de Colonia opine sobre ellos de manera distinta a como han opinado los jurados sobre Marx, Schneider y Schapper.

Por lo demás, mañana volveremos a ocuparnos especialmente de Lassalle. Parece que se tiene la bienintencionada intención de prolongar su causa más allá de las próximas sesiones de los jurados (en marzo), imponiéndole así otros tres meses de prisión preventiva. Es de esperar, sin embargo, que el pronunciamiento del jurado de Colonia eche por tierra estos planes filantrópicos. Mañana daremos algunos detalles agradables sobre cómo es tratado Lassalle en la cárcel de Düsseldorf. <Véase «Lassalle»>