* Colonia, 9 de febrero. Si la decisión de los jurados en nuestro proceso de prensa de anteayer [Nr. 218, 10 de febrero de 1849, *Neue Rheinische Zeitung*] fue de importancia para la prensa, la absolución de ayer de Marx, Schneider y Schapper es decisiva para todos los procesos pendientes ante los tribunales renanos a raíz de la denegación de impuestos. El hecho en sí era sumamente simple y no estaba sujeto a ninguna duda. En el escrito incriminado se decía:

«El comité de distrito renano de los demócratas exhorta a todas las asociaciones democráticas de la provincia del Rin a decidir y llevar a cabo las siguientes medidas:
1) Toda vez que la Asamblea Nacional prusiana misma ha acordado la denegación de impuestos, su cobro violento ha de ser rechazado en todas partes mediante toda clase de resistencia;
2) Organizar en todas partes la milicia territorial para la defensa contra el enemigo...
3) Requerir a las autoridades en todas partes a que declaren públicamente si quieren reconocer y ejecutar los acuerdos de la Asamblea Nacional. En caso de negativa, han de nombrarse comisiones de seguridad. Los ayuntamientos que se opongan a la asamblea legislativa han de renovarse mediante elección popular general.»

Este documento es, sin duda, bastante comprensible. Prescindiendo de la cuestión de la validez o invalidez del acuerdo de denegación de impuestos, se daba aquí manifiestamente el caso de incitación a la insurrección y a la guerra civil. Los acusados tampoco ocultaron que por «enemigo» (en el apartado 2) había que entender al enemigo interior, la fuerza armada del gobierno. No obstante, la autoridad fiscal, desesperando de obtener una condena bajo este artículo del Código, había elegido la acusación más benigna: incitación a la rebelión y a la resistencia contra los agentes del poder estatal. (Art. 209 y ss.)

En adelante, la cuestión se reducía únicamente al problema político: si los acusados estaban autorizados por el acuerdo de denegación de impuestos de la Asamblea a incitar de esta manera a la resistencia contra el poder estatal, a organizar una fuerza armada contra la del Estado y a hacer deponer y nombrar autoridades por propia autoridad.

Los jurados han respondido afirmativamente a esta cuestión tras una deliberación muy breve.

Tras esta decisión, también Lassalle y Cantador serán puestos probablemente en libertad en breve. No es de esperar que la sala de acusación de Colonia opine de otro modo con respecto a ellos que los jurados con respecto a Marx, Schneider y Schapper.

Por lo demás, volveremos mañana sobre Lassalle en particular. Parece tenerse la bienintencionada intención de arrastrar su causa más allá de las próximas sesiones de la audiencia (en marzo) e imponerle así tres nuevos meses de prisión preventiva. Es de esperar, sin embargo, que el veredicto del jurado de Colonia frustre tales planes humanitarios. Sobre cómo es tratado Lassalle en la cárcel de Düsseldorf, daremos mañana algunos detalles agradables.