Solicito se me comunique: 1) ¿Se ha establecido en la Editorial Estatal (Gosizdat), en general, un orden tal que, al publicar cada libro y folleto sin excepción, queden fijados por escrito: a) la firma del miembro de la redacción del Gosizdat responsable de la revisión editorial de la obra en cuestión; b) la firma del redactor del texto; c) la firma del corrector responsable o del editor, o del encargado de la publicación?

2) Si no es así, ¿qué objeciones existen contra dicho orden? ¿Cuáles son los medios actuales de control?