El Consejo de Comisarios del Pueblo ha decretado suspender, bajo las condiciones que se detallan a continuación y hasta un nuevo decreto especial*, el acopio de leña mediante el trabajo personal de los guardabosques, los ayudantes de guardabosques y la guardia forestal, asignándoles la obligación de concentrar todos los esfuerzos en la prevención y extinción de incendios mediante: 1) el refuerzo general de la vigilancia permanente, especialmente en los lugares de mayor peligro de incendio, tales como: a lo largo de las vías férreas y de las grandes carreteras, en los lugares de almacenamiento de madera ya acopiada,

*Las palabras «hasta un nuevo decreto especial» y el último párrafo del telegrama fueron escritos de puño y letra por V. I. Lenin. — *Nota de los editores*.