[21 de febrero de 1922]¹)

Mediante un acuerdo adicional, señalar:

La tarea principal del Pequeño SNK debe ser la estricta vigilancia de que los Comisariados del Pueblo: 1) cumplan las leyes; 2) no eludan la responsabilidad, transfiriendo sin necesidad una infinidad de cuestiones superfluas a la decisión del Pequeño SNK, sino que resuelvan las cuestiones por sí mismos, bajo su propia responsabilidad o mediante acuerdo entre dos o más Comisariados del Pueblo en el orden general; 3) la verificación de la legalidad, la conveniencia y la rapidez de las disposiciones y acciones particulares de los Comisariados del Pueblo; la lucha contra el burocratismo y el papeleo mediante esa verificación y la reducción sistemática del número de funcionarios.

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¹) La presente propuesta fue escrita en el proyecto de reglamento sobre el Pequeño SNK, enviado por A. D. Tsiurupa a los miembros del Gran y del Pequeño SNK el 22 de febrero de 1922. El 21 de febrero, A. D. Tsiurupa escribió sus objeciones a las propuestas de Lenin (véase pág. 65).