NOTA PARA A. D. TSIURUPA
Enero de 1922

Si está demostrado que las oficinas de aprovisionamiento del Comisariado de Abastecimiento, sin nuevos gastos para el erario, pueden tomar y vender el queroseno, hay que entregar el asunto (sin prejuzgar la cuestión general) al Comisariado de Abastecimiento con la condición de (1) elevar el precio; (2) devolver inmediatamente y devolver el dinero al erario; (3) entregar a la Unión Central de Cooperativas un porcentaje por comisión, pero considerar como consideración principal: devolver más rápido y en mayor cantidad el dinero al erario.

El cálculo de cuánto (millones en oro) hay que dar a la Dirección Principal de Combustibles, y qué porcentaje de productos petrolíferos hay que dar a la Dirección Principal de Combustibles, verificarlo una vez más con la participación de Popov y Strumilin.