Sobre la base del decreto del Consejo de Comisarios del Pueblo del 4 de octubre del presente año acerca de las medidas para combatir la ocultación de tierras de cultivo, se ordena proporcionar con carácter urgente, a disposición de las comisiones de verificación de superficies adscritas a los organismos de abastecimiento, la cantidad necesaria de agrimensores tanto para emitir dictámenes y presentar planos, como para desplazarse a las localidades para realizar la verificación in situ de un reducido número de zonas. Se podrá destinar hasta un máximo del 60% del total de agrimensores, según indicación de los departamentos de tierras, y por un plazo no superior a un mes. Asimismo, los departamentos de ordenamiento territorial de los distritos deberán emitir dictámenes, de acuerdo con los planos catastrales existentes, sobre

* Véase el presente tomo, documento 424. Red.

la cantidad de tierras de cultivo por vólosts y aldeas, a solicitud de los organismos de abastecimiento.

Presidente del Consejo de Comisarios del Pueblo, Lenin

texto, complementado

y firmado por V. I. Lenin

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Escrito el 22 de octubre de 1921.

Publicado por primera vez en 1933

en el Lenin Miscelánea XXIII

Se imprime según el mecanuscrito.