24 de septiembre de 1921

1. Para la resolución inmediata in situ de todas las cuestiones relacionadas con la realización en el extranjero de pedidos de artículos de equipo mecánico para «Gidrotorf», se establece en Berlín una Comisión provisional compuesta por: V. S. Stomoníakov, V. V. Starkov y R. E. Klasson, bajo la presidencia de V. V. Starkov.

2. A la Comisión se le encomienda:

a) La determinación detallada de los artículos sujetos a pedido dentro de las asignaciones aprobadas, a saber: en primer lugar, un millón (1.000.000) de rublos oro — para artículos de equipo de producción de Gidrotorf en el volumen de veinte torfosos y, en segundo lugar, ciento cincuenta mil (150.000) rublos oro — para mecanismos y aparatos experimentales para la separación de la turba coagulada del líquido, según la resolución de la Comisión de L. B. Krasin del 7 de septiembre de 1921. Estos artículos deben determinarse sobre la base de las propuestas de la dirección de Gidrotorf y de acuerdo con las condiciones posibles de ejecución de los pedidos en Rusia y en el extranjero, partiendo de la premisa de que solo están sujetos a pedido en el extranjero aquellos artículos para la producción de Gidrotorf que no puedan fabricarse con certeza en Rusia para la fecha necesaria, a saber, para el 1 de marzo de 1922, por el mismo precio en moneda extranjera.

Todos los artículos pedidos en el extranjero para la producción de Gidrotorf deben ser fabricados y entregados en Moscú para la fecha mencionada; en caso de que sea imposible cumplir con este plazo para alguna parte de la necesidad total, esa parte y los artículos completos relacionados con ella no estarán sujetos a pedido en el extranjero.

La limitación mencionada no se aplica a la fabricación de equipos experimentales para turba coagulada; el procedimiento para realizar pedidos de dicho equipo, así como el procedimiento para las pruebas preliminares, etc., deben ser establecidos por la Comisión principalmente con el objetivo de obtener los resultados técnicos adecuados.

b) Determinación de las condiciones técnicas y comerciales de los pedidos.

c) Búsqueda de proveedores y celebración de contratos.

d) Supervisión de la ejecución de los pedidos y su aceptación.

e) Envío de los artículos pedidos a Rusia y supervisión de su correcto tránsito, tanto en el extranjero como en Rusia.

f) Realización en Alemania de los experimentos, pruebas, etc., necesarios.

g) Presentación mensual de informes sobre el estado del asunto al Consejo de Comisarios del Pueblo.

3. La moneda asignada para la realización de los pedidos, equivalente a un millón (1.000.000) de rublos oro para los artículos de equipo de producción de «Gidrotorf» y a ciento cincuenta mil (150.000) rublos oro para el equipo experimental, se transfiere a Berlín y se pone a disposición de la Comisión, otorgándole a esta última el derecho de reemplazar unas partes del pedido por otras dentro de cada una de las sumas mencionadas y el derecho de realizar pagos directamente a su discreción.

4. Las decisiones de la Comisión sobre todas las cuestiones se toman por mayoría de votos y se ejecutan con la aprobación del presidente, a quien se le otorga el derecho, bajo su responsabilidad personal, de no estar de acuerdo con la decisión de la mayoría y de resolver cualquier cuestión por sí mismo.

5. La responsabilidad por la ejecución racional de la tarea encomendada a la Comisión y por el gasto económico de la moneda recae sobre toda la Comisión en su conjunto y especialmente sobre su presidente.

Presidente del Consejo de Trabajo y Defensa, V. Uliánov (Lenin).

Ruego que se cumpla con especial esmero, de modo que para el 1 de enero de 1922 todo esté listo en Berlín y sin falta para el 1 de marzo de 1922 todo esté en Moscú. Informes breves, pero precisos, mensualmente. La verificación técnica bajo la responsabilidad de la comisión. Si es necesario, otorguen premios. No descuiden, como ya se ha descuidado más de una vez en este asunto.

Lenin.