Diciembre de 1920

Enviar a todos los Comisarios del Pueblo, llamar por teléfono a cada uno, si están de acuerdo en plantearlo en el Consejo de Comisarios del Pueblo y decírmelo.

1) Para la ayuda a los diversos Comisariados de Producción, Direcciones Generales y Centros del Consejo Superior de la Economía Nacional y demás instituciones de la República en la organización de diversas producciones, su perfeccionamiento, así como para la obtención de las informaciones necesarias de carácter científico y técnico acerca del estado de las correspondientes ramas de la ciencia, la industria y la técnica en el extranjero, se instituyen en Estados extranjeros oficinas consultivas científico-técnicas de la República Socialista Federativa Soviética de Rusia.

2) La organización de las oficinas consultivas científico-técnicas de la RSFSR se encomienda al Comisariado del Pueblo de Comercio Exterior, con la participación en esta labor también del Departamento Científico-Técnico del Consejo Superior de la Economía Nacional.

3) Para la financiación de las oficinas consultivas científico-técnicas de la RSFSR que se organicen en el extranjero, se ponen a disposición del Comisariado del Pueblo de Comercio Exterior, en el fondo de valores reales, medios por valor de hasta un millón de rublos oro al año.

4) Todos los Comisariados del Pueblo y el Consejo Superior de la Economía Nacional se obligan a presentar al Comisariado del Pueblo de Comercio Exterior en un plazo de dos semanas una declaración acerca de aquellas cuestiones respecto de las cuales necesiten una consulta periódica constante de especialistas extranjeros o sobre encargos concretos en este ámbito.

5) El Comisariado del Pueblo de Comercio Exterior se obliga a presentar, en cuanto sea posible, las estimaciones presupuestarias y las propuestas de plantilla para la organización de las oficinas consultivas científico-técnicas en el extranjero.

NOTAS A A. D. TSIURUPA