[27 de diciembre de 1920]

La concesión de premios a los campesinos individuales debe, en primer lugar, pasar a un segundo plano en comparación con la concesión de premios a sociedades enteras y, en general, a colectivos.

En segundo lugar, conceder premios y, en general, recompensar a los campesinos individuales solo bajo la más estricta observancia de la condición de que las explotaciones individuales hayan alcanzado éxitos económicos sin la menor aplicación de métodos kulaks.

En tercer lugar, que los campesinos individuales sean premiados con insignias, objetos de consumo personal, artículos de uso doméstico, etc.; en cuanto a los medios de producción, solo se permite premiar a los campesinos individuales con la condición indispensable de que para el premio se entreguen únicamente aquellos medios de producción y solo sobre aquellas bases, de modo que dichos medios de producción no puedan ser utilizados como instrumento para convertir al campesino en kulak.

Los puntos sobre la concesión de premios a los campesinos individuales fueron aprobados por el pleno del Comité Central el 27 de diciembre de 1920 y entraron en la resolución del VIII Congreso de los Soviets de toda Rusia «Sobre las medidas para fortalecer y desarrollar la agricultura campesina».