A LA OFICINA INDUSTRIAL UCRANIANA Y A LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE LAS MINAS DE CARBÓN DE DONETSK  

13 o 14 de septiembre de 1920  

El Consejo de Defensa, el 10 de septiembre, acordó imponer una severa amonestación a la Oficina Industrial Ucraniana y a la Administración Central de las Minas de Carbón de Donetsk por no presentar los informes solicitados: en primer lugar, por la demanda de la Dirección Principal de Combustibles (Glavugol) del 20 de agosto y, en segundo lugar, por la del Consejo de Defensa del Trabajo (Sovtrudoborona) del 4 de septiembre. Advierto que, de no ofrecerse inmediatamente una respuesta satisfactoria, se aplicarán sanciones más severas a todos los miembros de dichas instituciones.  

Presidente del Consejo de Defensa del Trabajo  
Lenin