7 DE MAYO DE 1920

El Consejo de Trabajo y Defensa, en desarrollo de su decreto del 30 de abril del corriente año, ha resuelto:

1)
Para evitar, en aras del éxito de los trabajos, los frecuentes cambios de las unidades militares que ejecutan las obras de construcción del ferrocarril Aleksandrov-Gai — Emba, poner a completa disposición del II ejército revolucionario de trabajo varios regimientos de fusileros por disposición del Comandante en Jefe de todas las fuerzas armadas de la República, pero bajo la condición de que los regimientos estén en plena disponibilidad para dirigirse, por exigencia del Comandante en Jefe, al cumplimiento de las tareas operativas.

2)
Al Distrito Militar Transvolga formar, según la necesidad real, exclusivamente para las tareas laborales del distrito, regimientos y batallones obreros.

Presidente del Consejo de Trabajo y Defensa
V. Uliánov (Lenin)