Arcángel

Miembro del Presidium del VSNJ

Lómov

[9 de marzo de 1920]

Procure buscar o encargue buscar los materiales impresos e informes sobre la región petrolífera del río Ujtá, en el museo de la sociedad de estudio del territorio del norte y en la dirección de propiedades del Estado.[157]

Lenin

# SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS GUARDABOSQUES EN LOS TRABAJOS DE TALA DE LEÑA

## PROYECTO DE DECRETO DEL CONSEJO DE DEFENSA[1]

[21 de marzo de 1920]

El Consejo de Defensa acordó:

1. Declarar la más severa amonestación a Glavleskom y a todos los Gubleskom por la actitud negligente e inadmisible que han mostrado en la realización del decreto del Consejo de Defensa del 21 de noviembre de 1919 sobre la participación de los guardabosques en los trabajos de tala de leña[2]. Advertir que todos los miembros de Glavleskom y Gubleskom serán sometidos a juicio si no demuestran total celo en el cumplimiento de la ley.

2. El Consejo de Defensa declara que el sentido del decreto del Consejo de Defensa del 21 de noviembre de 1919 exige el cumplimiento por todos sin excepción —a excepción de la única exención indicada más abajo— de la norma de trabajo personal de los guardabosques, no menos de 5 (para personas mayores de 50 años — cuatro) metros cúbicos al mes, independientemente de su trabajo habitual.

El Consejo de Defensa encarga a todas las Gubernia Cheka, bajo la más estricta supervisión de la VChK, [llevar a cabo] [ejecutar] llevar a ejecución [de los no aplicados] el castigo de todos los [funcionarios] empleados del organismo forestal que no hayan demostrado el cumplimiento de la ley sobre trabajo personal en la tala de leña en las magnitudes antes señaladas, y la sanción no podrá ser inferior al arresto personal durante varios domingos.

Observación. Quedan exentos de sanción únicamente aquellos empleados del organismo forestal que hayan sido eximidos nominalmente del trabajo personal en la tala de leña por disposiciones o acuerdos precisos de los correspondientes Gubleskom u otros organismos forestales autorizados, debiendo las Gubernia Cheka verificar que los eximidos del trabajo personal estaban efectivamente ocupados en el trabajo necesario de tala de leña.

4. Las Gubernia Cheka están obligadas a presentar al Consejo de Defensa un breve informe mensual sobre la ejecución del presente decreto.

Combustible

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[1] El proyecto fue escrito por el vicecomisario del Pueblo de Control del Estado, V. A. Avanesov. Todo el texto del proyecto, a excepción del punto 1, fue tachado por Lenin y sustituido por su propio texto. El proyecto modificado y completado por Lenin fue aprobado por el Consejo de Defensa el 12 de marzo de 1920 (acta del Consejo de Defensa n.º 104 del 12 de marzo de 1920).

[2] Se refiere al decreto del Consejo de Defensa del 21 de noviembre de 1919, publicado en las «Izvestia del VTsIK» n.º 268 del 29 de noviembre de 1919 (en el documento se escribe erróneamente «1920»): «sobre la participación en la tala de leña de todos los empleados del organismo forestal y de todos los órganos forestales del Comisariado del Pueblo de Agricultura...».