1 de febrero de 1920

En cuanto a las primas, suscitan una duda muy severa.

§ 4 — determinación completamente arbitraria de la norma (50% — exactamente 50% — de «la mejor», es decir, con las mejores máquinas, etc. Esto es del todo arbitrario. ¿No se podría ser más preciso? ¿Publicar las normas para su control? ¿O reunirlas para el Departamento Científico-Técnico, etc., publicándolas en un boletín?).

Informe final: cuantía de las primas. No se ha establecido ningún informe sobre esto. ¿No se legalizarán entonces, de hecho, continuos abusos?

Habría que atraer a los consumidores al control de las normas. ¿No hay ejemplos de ello? ¿En las cooperativas? etc.

El proyecto peca de amplitud, abstracción, falta de concreción: todo lo promete, nada lo verifica.

Lenin

**Reglamento general sobre la primación**

§ 4. Como base de las normas de rendimiento que se establezcan, se debe tomar el rendimiento técnicamente posible bajo las mejores condiciones técnicas de producción, las cuales se reconocen como el estado normal de los medios e instrumentos de producción. Debido a las condiciones generales del estado actual de la industria, de esta norma técnicamente posible se debe realizar un descuento, pero en ningún caso superior al 50%, tras lo cual se establece la norma real de productividad, que puede ser diferente para distintas producciones, empresas y sus grupos.

§ 17. El control sobre la corrección del otorgamiento de las primas, así como de la producción de los productos por encima de la norma por los cuales se otorga la prima, se encarga al Comité Central de los sindicatos de producción, a los departamentos de producción del Consejo Superior de Economía Nacional, los cuales asumen la plena responsabilidad.

§ 18. Se impone a las direcciones de las empresas la obligación de elaborar informes, al menos una vez cada tres meses, sobre los resultados de la aplicación del sistema de primas en la empresa. El resumen de estos informes por cada rama de la industria es elaborado por la institución central. La elaboración de los resúmenes generales se encarga al Departamento Científico-Técnico del Consejo Superior de Economía Nacional y al Consejo Central de Sindicatos de toda Rusia, y se publica para conocimiento general.