15-16 DE MARZO DE 1919
NOTA DE LENIN.
Los §§ 10 y 14 hablan del nuevo centro (que estará formado por comunistas, que un poco riñen, pero en cambio no toman bebida alcohólica en la boca).¹
¡Y sobre el viejo aparato nil!
— nada. Red.

LENINSKI SÉRNIK
RESPUESTA DE KRESTINSKI.
Los §§ 7, 8 y 9 no hablan de una dirección de comunistas, X X sino de la dirección de la composición anterior * comisario o comunistas.
ANOTACIÓN DE LENIN.
X X ni una palabra en ninguna parte

La frase «que un poco riñen, pero en cambio no toman bebida alcohólica en la boca» es de la fábula de I. A. Krylov «Los músicos».
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PROYECTO DE DECRETO SOBRE LAS COMUNAS DE CONSUMO.
[15 — 16 de marzo de 1919]

La dificultad de la situación alimentaria requiere medidas extraordinarias para salvar al país del hambre y para la mayor economía de fuerzas y medios.

En el ámbito de la distribución es necesario, por tanto, la creación de un aparato distribuidor único. Esto es tanto más apremiante e inaplazable porque todos los órganos distribuidores (principalmente desglosados en tres grupos: órganos de abastecimiento, Cooperación Obrera y cooperativas civiles) reciben la mayoría de los productos de una sola fuente, y la fricción entre estos tres grupos se ha convertido ya en la práctica en un obstáculo insoportable** para la causa.

La unificación de los órganos distribuidores existentes debe realizarse*** de modo que el aparato principal de la distribución masiva correcta, a saber, la cooperación, como el único aparato creado y comprobado por el desarrollo multianual bajo el capitalismo y por la experiencia práctica, no sea destruido y desechado, sino puesto como base del nuevo, conservado, desarrollado y perfeccionado.

* — dos cruces en el margen y subrayados hechos por la mano de Lenin. Red.
** Corregido por Lenin, originalmente «obstáculo» (en acusativo). Red.
*** Corregido por Lenin, originalmente «completamente». Red.

PROYECTO DE DECRETO SOBRE LAS COMUNAS DE CONSUMO

Partiendo de estas premisas, * el Consejo de Comisarios del Pueblo decreta:
1. En todas las ciudades y localidades rurales ** la cooperación de consumo se unifica y reorganiza en un órgano distribuidor único: la Comuna de Consumo.
2. Al crear la Comuna de Consumo se toma como base en las ciudades: — *** la cooperación obrera existente, y donde no la haya, la cooperación civil general; en las localidades rurales — la cooperación de consumo rural existente.
3. En las ciudades y centros fabriles e industriales se forma una Comuna de Consumo única. En las localidades rurales, la población de varias aldeas puede unificarse en una Comuna de Distrito (cooperativa con múltiples tiendas).
4. La Comuna de Consumo incluye a toda la población de la localidad dada. Todo ciudadano está obligado a hacerse miembro de la Comuna y a inscribirse en una de las tiendas de la Comuna (punto de distribución).
[5. Todo ciudadano, a partir de los 18 años, al ingresar en la Comuna, si no era anteriormente miembro de una cooperativa, paga una cuota de ingreso. Se permite el pago fraccionado de la cuota en partes asequibles.] ****
6. El derecho a elegir y ser elegido para los órganos de Dirección y control de la Comuna de Consumo lo disfrutan en adelante todos los ciudadanos que tienen derecho a voto en los Soviets, según la Constitución de la R. S. F. S. R.
7. Al frente de cada Comuna de Consumo están la Dirección y el Consejo de Control de la Comuna de Consumo. Los miembros de la Comuna inscritos en el punto de distribución dado y que disfruten, según el § 6, de derechos electorales, eligen a sus delegados. La Asamblea General de Delegados de la Comuna de Consumo elige su Dirección y su Consejo de Control. En cada punto de distribución se instituye un Consejo de Control del Punto, elegido por los miembros de la Comuna con derechos electorales inscritos en dicho punto.
8. Las Comunas de Consumo se unifican en Uniones Gubernamentales directamente o a través de Uniones de Distrito. Las Direcciones de las Uniones son elegidas por las Asambleas de delegados de las Comunas de Consumo (o Uniones más pequeñas) que las integran.
9. El centro económico único de todas las Uniones de Comunas de Consumo, surgidas tanto de la Cooperación Obrera como de la Cooperación Civil general y rural, es el Tsentrosoyuz. La Dirección del Tsentrosoyuz es elegida por los delegados de las Uniones Gubernamentales. *
Nota. La unión regional existente de la cooperación obrera se unifica con el Tsentrosoyuz como sección autónoma para el abastecimiento de los centros obreros.
10. A las Comunas de Consumo reorganizadas de esta manera, los Órganos de Abastecimiento locales transfieren todo el asunto de la distribución de productos y artículos de primera necesidad. Todas las tiendas, almacenes, depósitos y cualquier otro tipo de puntos de distribución soviéticos y cooperativos, sin excepción alguna, pasan a las Comunas de Consumo. **
11. Al aparato de las Uniones Gubernamentales y del Tsentrosoyuz, a medida que se reorganizan, se les encomienda la ejecución de los planes estatales de distribución de productos alimenticios y artículos de primera necesidad entre las distintas Comunas de Consumo, según los planes y bajo el control de los Órganos de Abastecimiento correspondientes.
12. A los órganos de abastecimiento locales se les encomienda la supervisión del cumplimiento, en la distribución, de los decretos, disposiciones, así como de las disposiciones generales de la política estatal de abastecimiento (ración de clase, precios fijos, etc.). Para ello, los órganos de abastecimiento locales introducen *** en las Direcciones de las Comunas de Consumo a un representante cada uno, con derecho a suspender y recurrir ante el órgano de abastecimiento las decisiones de la Dirección. El mismo derecho se otorga respecto a las Uniones Gubernamentales al Comité Gubernamental de Abastecimiento, y respecto al Tsentrosoyuz al Comisariado del Pueblo de Abastecimiento.
13. Hasta que se realicen las elecciones de las Direcciones de las Comunas de Consumo y sus Uniones según el presente decreto (pts. 6 — 9), al frente de las Comunas y sus Uniones permanecen provisionalmente las antiguas Direcciones de la Cooperación Obrera o Civil, según cuál de ellas haya servido de base a la Comuna de Consumo dada. En caso de necesidad, las Direcciones de ambos tipos de Cooperación pueden ser fusionadas,* por decisión de los Comités Gubernamentales de Abastecimiento o del Comisariado del Pueblo de Abastecimiento.
Nota: En las grandes ciudades y centros fabriles e industriales, las Direcciones provisionales, con permiso del Comisariado del Pueblo de Abastecimiento, pueden crearse mediante elección en asambleas conjuntas de los comités fabriles, los sindicatos y los consejos de delegados de las cooperativas obreras.
[En Petrogrado y Moscú, en estas elecciones, participa en la asamblea electoral también el pleno de los Soviets.] **
14. Las direcciones provisionales de las comunas pueden ser completadas con representantes de los Comités Gubernamentales de Abastecimiento en un número que garantice la conformidad de su actividad con la política soviética de abastecimiento. Respecto a las uniones gubernamentales y regionales, el derecho a completar las Direcciones provisionales pertenece al Comisariado del Pueblo de Abastecimiento, y respecto al Tsentrosoyuz, al Consejo de Comisarios del Pueblo. ***
15. Todos los miembros de las antiguas Direcciones de las cooperativas, Uniones Gubernamentales y Tsentrosoyuz, hasta la reelección,**** permanecen en sus puestos, siendo responsables***** tanto ante la Dirección como ante el poder estatal.
16. Durante el período de realización de la reorganización, se establece, en el orden de una instrucción especial, tanto la responsabilidad personal de los dirigentes de las cooperativas como las primas por la mejor y más rápida realización de las tareas del poder estatal.
17. Todos los funcionarios de las cooperativas y de las Comunas de Consumo, desde el día del presente decreto, no tienen derecho a abandonar sus cargos sin permiso del poder soviético, al igual que los empleados de los órganos de abastecimiento.
[18. Los representantes de los órganos estatales incorporados de nuevo a las Direcciones provisionales, al poseer igual derecho de voto que los demás miembros, en parte comparten con ellos la gestión de las distintas ramas, en parte realizan el trabajo para la más rápida puesta en práctica de la presente reorganización.] ****
19. Con el fin de una mayor rapidez en las decisiones económicas, así como con el fin de establecer una responsabilidad más estricta y precisa de los funcionarios, todas las Direcciones de las Comunas y de las uniones de Comunas están obligadas a distribuir con total precisión el trabajo permanente** y los encargos temporales entre sus miembros./
20. El derecho de representación que pertenecía a la cooperación de consumo en los comités centrales, centros y otros órganos estatales centrales y locales*** se transfiere a las direcciones provisionales y, posteriormente, a las Comunas de Consumo organizadas correctamente y sus unificaciones.
21. La realización de la presente reorganización se encomienda al Comisariado del Pueblo de Abastecimiento, al cual pasa la Sección de Cooperación del V. S. N. J. (Consejo Superior de Economía Nacional), con excepción de la cooperación de producción.*****
22. El plazo de reelección de los Órganos de Dirección de las Comunas de Consumo y de las Uniones es fijado por el Comisariado del Pueblo de Abastecimiento de acuerdo con los Soviets Locales.
23. Se encomienda al Comisariado del Pueblo de Abastecimiento que dicte, en un plazo no mayor de dos semanas, una instrucción detallada para la realización de la reorganización y que incorpore al personal instructor del Tsentrosoyuz y del Consejo de la Cooperación Obrera.

* En el texto final, firmado por Lenin, se añade: «y esforzándose por transferir la distribución a las manos de la propia población trabajadora y por eliminar la desigualdad de distribución a través de las actuales cooperativas, que dan ventajas a sus miembros». Red.
** Corregido por Lenin, en el texto original «localidades». Red.
*** En el texto final se añade: «y centros fabriles e industriales». Red.
**** El §5 fue tachado por Lenin. Red.
* En el texto final se añade: «según una instrucción especial», y en lugar de la nota se añade un nuevo §: «A las Comunas de Consumo de los centros urbanos y fabriles e industriales se les concede el derecho de unificación gubernamental y de toda Rusia en forma de secciones autónomas de las Uniones Gubernamentales y del Tsentrosoyuz». Red.
** En el mismo lugar se añade: «Todos los capitales de las cooperativas se transfieren a las Comunas de Consumo. Las cuotas de ingreso son devueltas por las comunas a los miembros de las antiguas cooperativas». Red.
*** En el texto final: «pueden introducir». Red.
* La coma después de la palabra «fusionadas» fue puesta por Lenin. Red.
** Lo tomado entre paréntesis fue tachado por Lenin. Red.
*** Este párrafo en el texto final está formulado del siguiente modo: «En las direcciones provisionales de las Comunas de Consumo y sus uniones gubernamentales, los órganos de abastecimiento locales introducen, con sujeción a las condiciones y con los derechos establecidos en el punto 14 del presente decreto, a un representante cada uno. El Consejo de Comisarios del Pueblo puede completar la composición de la Dirección del Tsentrosoyuz con el número necesario de sus representantes». Red.
**** En el texto final: «hasta la organización o elección de nuevas direcciones». Red.
***** En el texto final se añade: «por la gestión del asunto». Red.
/ El §19 fue tachado por Lenin. Red.
* La palabra «permanente» fue escrita por Lenin en lugar de «actual». Red.
En el texto final, el §19 es sustituido por el siguiente: «Mediante una instrucción especial se establecen primas por la mejor y más rápida realización de las tareas del poder estatal». Red.
*** Corregido por Lenin, originalmente «órganos». Red.
***** Corregido por Lenin, originalmente «de producción (productiva)». Red.