a las instituciones ferroviarias prestar toda clase de ayuda al comisario — director de la Fábrica, camarada Minkin. Sobre el cumplimiento, telegrafíen y con las ocasiones envíen informes escritos precisos sobre lo efectivamente realizado.
Presidente del Consejo de Defensa, Lenin.
Comisario del Pueblo de Finanzas, Krestinski.

*174
INTERCAMBIO DE NOTAS CON N. N. KRESTINSKI.
[Diciembre de 1919]

NOTA DE KRESTINSKI.
Chutskáiev¹ informa que Larin y compañía² ya están discutiendo por tercera noche una resolución sobre el sistema monetario, proponiendo presentar al Congreso de los Soviets la abolición del dinero. Parece que esto ocurre además sin Síromolotov, con quien tenemos coordinación. Proponga a Rýkov que todas las resoluciones sean presentadas para aprobación previa, sin excluir la futura resolución de Larin.

RESPUESTA DE LENIN.
De acuerdo. Recuérdemelo mañana [por teléfono].

¹ S. E. Chutskáiev — vicecomisario del Pueblo de Finanzas.
² M. A. Larin — en 1919 miembro del presidium del Consejo Superior de la Economía Nacional y jefe del departamento de política financiera del Consejo Superior de la Economía Nacional.

E. COOPERACIÓN Y COMERCIO
MARZO 1919 — MARZO 1920

12407
SOBRE LAS COMUNAS DE CONSUMO

a.
ENMIENDAS AL PROYECTO DE DECRETO SOBRE LAS COMUNAS DE CONSUMO.
[16 de marzo de 1919]

La dificultad de la situación alimentaria exige medidas urgentes para salvar al país del hambre y para la mayor economía de fuerzas y recursos.

En el ámbito de la distribución es necesario, por tanto, la creación de un aparato distribuidor único. Esto es tanto más perentorio e inaplazable, que todos los órganos de distribución (principalmente divididos en tres grupos: órganos de abastecimiento, Cooperación Obrera y cooperativas civiles) reciben la mayoría de los productos de una sola fuente, y las fricciones entre estos tres grupos se han convertido ya en la práctica en un obstáculo insoportable para la causa.

La unificación de los órganos distribuidores existentes debe realizarse de modo que el aparato principal de la distribución masiva correcta, a saber, la cooperación, como el único aparato creado y probado por el desarrollo multianual bajo el capitalismo y por la experiencia práctica, no sea destruido ni desechado, sino puesto como base del nuevo, conservado, desarrollado y perfeccionado.

Partiendo de estas premisas, el Consejo de Comisarios del Pueblo decreta:

1. En todas las localidades urbanas y rurales, la Cooperación de Consumo se unifica y reorganiza en un órgano distribuidor único: la Comuna de Consumo.

2. Al crear la Comuna de Consumo se toma como base en las ciudades: la Cooperación Obrera existente, y donde no la haya, la cooperación civil general; en las localidades rurales, la Cooperación de Consumo rural existente.

3. En las ciudades y centros fabriles se forma una Comuna de Consumo única. En las localidades rurales, la población de varias aldeas puede unificarse en una Comuna de Distrito (cooperativa de varias tiendas).

4. La Comuna de Consumo incluye a toda la población de la localidad dada. Todo ciudadano está obligado a ser miembro de la Comuna y a inscribirse en una de las tiendas de la Comuna (punto de distribución).

[5. Todo ciudadano, a partir de los 18 años, al ingresar en la Comuna, si no era antes miembro de una cooperativa, paga una cuota de ingreso. Se admite el pago a plazos en cuotas asequibles.]

10. A las comunas de consumo así reorganizadas, los órganos locales de abastecimiento entregan todo el asunto de la distribución de productos y artículos de primera necesidad. Todas las tiendas soviéticas y cooperativas, almacenes, depósitos y toda clase de otros puntos de distribución, sin excepción alguna, pasan a las comunas de consumo.

11. Al aparato de las uniones provinciales y del Tsentrosoyuz, en la medida de su reorganización, se les encomienda la ejecución de los planes estatales de distribución de productos alimenticios y artículos de primera necesidad entre las distintas comunas de consumo, según los planes y bajo el control de los correspondientes órganos de abastecimiento.

.

.

.

13. Hasta la realización de las elecciones de las direcciones de las comunas de consumo y sus uniones conforme al presente decreto (pts. 5-9), al frente de las comunas y sus uniones quedan temporalmente las anteriores direcciones de la cooperación obrera o civil, según cuál de ellas haya servido de base a esta comuna de consumo. En caso necesario, las direcciones de ambos tipos de cooperación pueden ser fusionadas, por decisión de los comités provinciales de abastecimiento o del Comisariado del Pueblo de Abastecimiento.

Nota: En las grandes ciudades y centros fabriles, las direcciones temporales, con autorización del Comisariado del Pueblo de Abastecimiento, pueden crearse mediante elección en asambleas conjuntas de los comités fabriles, los sindicatos y los consejos de delegados de las cooperativas obreras. [En Petrogrado y Moscú, en estas elecciones participa en la asamblea electoral también el pleno de los Soviets.]

17. Todos los funcionarios de las cooperativas y comunas de consumo desde la fecha del presente decreto no tienen derecho a abandonar sus cargos sin autorización del Poder Soviético, al igual que los empleados de los órganos de abastecimiento.

[18. Los representantes de los órganos estatales incluidos nuevamente en las direcciones temporales, teniendo el mismo derecho de voto que los demás miembros, en parte comparten con ellos la administración de ramas particulares, en parte realizan el trabajo para la pronta realización de esta reorganización.]

19. A fin de lograr una mayor rapidez en las decisiones económicas, así como para establecer una responsabilidad más estricta y precisa de los funcionarios, todas las direcciones de las comunas y uniones de comunas están obligadas a distribuir con toda exactitud [el presente] trabajo permanente y los encargos temporales entre sus miembros.

20. El derecho de representación que pertenecía a la cooperación de consumo en los comités centrales (glavki), centros y otros órganos estatales centrales y locales se transfiere a las direcciones temporales y, posteriormente, a las comunas de consumo correctamente organizadas y sus unificaciones.

21. La realización práctica de la presente reorganización se encomienda al Comisariado del Pueblo de Abastecimiento, al cual pasa el departamento cooperativo del Consejo Superior de la Economía Nacional, con excepción de [las productivas] de la cooperación de producción.

REGISTRO DE ORADORES.

16. III. 1919
Krest[inski]. 9.49
Frumk[in]. 9.52
Miliut[in]. 9.53
Noguin. 9.55
Lenin. 9.58
Shmidt: 9.59
Kam[ene]v: 10.00
Krest[inski]: 10.01
Rýkov:
Shm[idt] Noguin
Cheg[o]d[a]ev²
Riaz[ano]v
Shmidt
Shm[idt]
Shm[idt]
Krest[inski] KrestSvid[erski]
Kam[ene]v
Shmidt
Noguin
Shmidt
Len[in]
Krest[inski]
Miliut[in]
Kam[ene]v
[
]
Frumk[i]n
Shmidt
Kam[ene]v
Krest[inski]
Riaz[ano]v
Krest[inski]
Miliut[in]
Shmidt
Riaz[ano]v
Mak[s]i[m]o[v]
K[a]m[ene]v
Rýkov
Frumk[in]
Lenin]
Noguin
Ka m [ene? k
Rýkov
Miliut [in]
Riaz[ano]v Krest[inski]

* Toda la anotación, excepto los primeros ocho apellidos, fue tachada por Lenin, aparentemente después de las intervenciones. Red.