15 de febrero de 1919

A todos los obreros que sean movilizados para los trabajos de restauración de puentes ferroviarios destruidos y demás instalaciones ferroviarias, si estos obreros abandonan para ello sus lugares permanentes, se les conserva el derecho a ser readmitidos en su anterior puesto de servicio a su regreso.

Tal es el texto del acuerdo adoptado hoy por el Consejo de Defensa*. Puede usted publicarlo**.

Presidente del Consejo de Defensa
Lenin