Sistemáticamente

1) verificar los casos concretos de ejecución urgente de determinadas tareas, tareas exactamente determinadas del Comisariado de Alimentación y de los organismos de alimentos;

2) establecer vínculos con las masas obreras y trabajadoras y atraerlas sistemáticamente a la tarea de suministro y distribución de alimentos, primero como testigos, luego como miembros de la inspección;

3) obligación de todos los órganos de la inspección obrera de rendir informe semanal de su actividad a los órganos locales y centrales de los sindicatos;

4) con voz consultiva…[42]

Escrito el 5 de diciembre de 1918.

Publicado por primera vez en 1981 en el Lenin Miscellany XVIII

Se imprime según el manuscrito

2. Observaciones al proyecto de «Reglamento»

Reelaborar el presente proyecto en la dirección de que (1) la tarea de la inspección obrera de alimentos esté claramente determinada no solo como familiarización con la tramitación de documentos, sino principalmente como verificación fáctica de casos concretos de actividad de los organismos de alimentos en el acopio, entrega y distribución de productos;

– además (2) sobre la obligación de la inspección obrera de alimentos de establecer vínculos de la política alimentaria con las masas obreras y trabajadoras y atraerlas universalmente (como primer paso a través de la participación de testigos) al asunto de la administración alimentaria.

(3) – que la obligación de la inspección obrera de alimentos sea el informe semanal a las amplias masas de la clase obrera y la población trabajadora, principalmente a través de los sindicatos.