27 de diciembre de 1918]

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2.
Las instituciones centrales que han estado y están a cargo hasta ahora de la industria forestal:
Glavles, Leskoleguia y
la Sección de Ingeniería Forestal del Departamento Central Forestal, con sus
plantillas, créditos, órganos locales, con sus aparatos de explotación
forestal y empresas de procesamiento químico y mecánico de la madera, pasan a disposición del Comité Forestal Principal.

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1.
[Órganos de explotación forestal] Las Secciones Forestales adjuntas a los Consejos
de Economía Nacional, siendo órganos locales del G.L.K., se rigen enteramente
en su actividad por las instrucciones y decretos
del Comité Forestal Principal.

3.
El Comité Forestal Principal se compone de seis personas: un presidente y cuatro miembros, designados por el Presidium del VSNJ, y
un miembro del NKZ. Este sexto miembro es designado de acuerdo entre el Presidium del VSNJ y el Comisariado del Pueblo de
Agricultura.

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8. El Comité Forestal Principal está obligado, en un plazo de siete días, a dictar una instrucción detallada sobre la puesta en práctica del presente decreto.

Presidente del Consejo de Comisarios del Pueblo
V. Uliánov (Lenin)*

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A continuación en el documento siguen las firmas: del presidente del VSNJ, A. I. Rýkov y del Comisario del Pueblo de Agricultura, S. I. Seredá. Red.