26 de diciembre de 1918

Comuniquen sobre la creación de la comisión para la distribución y utilización de los cargadores, los nombres de los miembros de la comisión y de los miembros de la dirección del sindicato profesional de cargadores.

Declárenles, según el acuerdo del Consejo de Defensa, que sobre su responsabilidad personal recae la correcta e inexcusable realización de los trabajos de descarga y la atracción del número necesario de obreros. Cualquier paso por parte de los cargadores dirigido a impedir que personas ajenas tomen parte en el trabajo de descarga será considerado como un delito y los culpables serán sancionados con una multa del importe del salario semanal hasta la privación de libertad por un plazo de un año.

Presidente del Consejo de Defensa
Lenin

Se imprime según el original, firmado por V. I. Lenin.

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La orden está escrita en el telefonograma del Colegio Forestal del VSNJ [Consejo Superior de la Economía Nacional] del 14 de diciembre de 1918 (en el original la fecha está subrayada por V. I. Lenin) con una queja sobre la demora por parte de la Oficina de Moscú del Banco del Pueblo del dinero asignado por el Consejo de Comisarios del Pueblo para la preparación de leña.