Todas las organizaciones del PCR quedan obligadas, en el plazo de una semana a partir de la publicación del presente decreto del CC del PCR, a consignar en todos los carnés y fichas de afiliación los datos sobre desde cuándo dicha persona pertenece al partido bolchevique.

En caso de que falten estos datos y sea imposible reunirlos (y verificarlos con la firma de no menos de 3 miembros del PCR con una antigüedad de partido de 2 años), en cada carné o ficha de afiliación deberá hacerse la anotación: «se desconoce desde cuándo está en el partido».

Todos los miembros del PCR que ocupen cualquier cargo soviético están obligados a consignar inmediatamente en sus carnés de afiliación, con el visto bueno de los presidentes de las organizaciones del partido o de sus secretarios, breves datos sobre a qué partidos ha pertenecido o se ha adherido dicha persona en los últimos cinco años.

Escrito el 12 de diciembre de 1918.

Publicado por primera vez en 1928 en el *Leninski Sbornik* VIII

Se imprime según el manuscrito.