a) Aprobar la siguiente resolución:
En vista del aflujo masivo de prisioneros de guerra que necesitan tratamiento hospitalario, se prescribe a las autoridades militares y civiles, en las zonas donde se ubican los puntos de evacuación, que doten inmediatamente a los establecimientos sanitarios de locales con una capacidad de camas una vez y media superior a las existentes en ellos, sin detenerse, en casos extremos, ante la ocupación de centros educativos.
La presente resolución entra en vigor por telégrafo.

b) Encomendar al Comisariado de Sanidad y al Comisariado de Instrucción Pública que elaboren mañana mismo una instrucción: 1) sobre las condiciones en las que se pueden tomar locales de centros educativos para hospitales; 2) sobre el control del cumplimiento de estas condiciones y sobre la responsabilidad de los Comisariados de Sanidad e Instrucción Pública; 3) sobre la necesidad de duplicar y triplicar los centros educativos y las oficinas.

Presidente del Consejo de Comisarios del Pueblo
V. Uliánov (Lenin)