5. VI. 1918 (artículo 507 de la Colección de Leyes, n.º 39), acordar sobre el orden y el plazo de la transición 659.

3) Encargar a ambos comisariados que reúnan y presenten al Consejo de Comisarios del Pueblo en un plazo de 2 meses información sobre el estado real de los asilos e instituciones similares, su número, etc.

SUPLEMENTO AL PROYECTO DE DECRETO
SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL ABASTECIMIENTO DE LA POBLACIÓN

d) Los almacenes y tiendas cooperativas no están sujetos a municipalización.

En aquellos lugares donde, antes de la publicación del presente decreto, los órganos locales del poder soviético hayan nacionalizado o municipalizado las cooperativas y requisado o confiscado las existencias de mercancías de las tiendas cooperativas — todas estas cooperativas deben ser restablecidas, las mercancías deben serles devueltas, se debe dar cuenta de la parte faltante, y en adelante no se deben poner obstáculos a la actividad legal de las cooperativas.

Nota:

Al restablecer las cooperativas, es obligatorio tomar medidas para que no se pueda permitir su desviación contrarrevolucionaria o kulak, y para que se ejerza estrictamente un riguroso control de los comités de pobres y de los Soviets locales sobre ellas 660.