[17—18 de mayo de 1918]

1) Decreto sobre la centralización.
2) Recaudación mensual del impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio: a) mediante descuentos del salario; b) de las demás rentas.
3) Servicio laboral obligatorio para los ricos, o libretas de presupuesto para los ricos.
4) Cambio de dinero.

El documento que se imprime constituye un borrador previo de Lenin de aquellas «tareas financieras fundamentales» cuyo debate, con vistas a su decreto, Lenin instó al congreso de representantes de los Departamentos Financieros de los Soviets en su intervención en el congreso el 18 de mayo de 1918 (véase Obras, t. XXIII, pp. 18—21).

Sobre la base de la directiva de Lenin al Congreso Panruso de representantes de los Departamentos Financieros de los Soviets de «poner en el orden del día más inmediato la cuestión de la introducción del impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio», el congreso eligió una comisión especial para elaborar el sistema de recaudación del impuesto sobre la renta. Los resultados del trabajo de la comisión se reflejaron en el decreto del 17 de junio de 1918 «Sobre la modificación y complemento del decreto del 24 de noviembre de 1917 acerca de la recaudación de los impuestos directos» (publicado en «Izvestia del VTsIK» n.º 126 del 21 de junio de 1918).

El decreto «Sobre las libretas de trabajo para los no trabajadores» fue aprobado por el Consejo de Comisarios del Pueblo el 5 de octubre de 1918 y publicado (con la salvedad: «hasta la promulgación de la ley sobre el servicio laboral obligatorio universal») en la «Colección de Decretos y Disposiciones» n.º 71, art. 792. La elaboración de este decreto fue esbozada por Lenin ya a mediados de diciembre de 1917, en los puntos o y б de su «Proyecto de decreto sobre la socialización de la economía nacional» (véase Obras, t. XXII, p. 110). Esta cuestión también se trató en la sesión del Consejo Supremo de Economía Nacional con la participación de Lenin el 27 de marzo de 1918. Se escucharon las tesis propuestas por V. I. Miliutin. Tras una larga discusión, en la que también participó Lenin, se resolvió: introducir por ahora el servicio laboral obligatorio para los obreros, establecer su registro mediante libretas de trabajo y encargar al camarada Larin elaborar un proyecto de libreta de trabajo para los ricos. A esta misma cuestión, en una formulación más desarrollada, vuelve Lenin en su artículo programático «Las tareas inmediatas del Poder Soviético» (véase Obras, t. XXII, pp. 419—460) y, finalmente, en su intervención en el Congreso Panruso de representantes de los Departamentos Financieros de los Soviets el 18 de mayo de 1918. El decreto detalladamente elaborado sobre la introducción del servicio laboral obligatorio fue publicado el 10 de diciembre de 1918 en la «Colección de Decretos y Disposiciones» n.º 87—88, art. 905 («Código de Leyes del Trabajo»; sección I).

Al reverso figura una anotación de Lenin: «Samer (Liubich). n.º 5», que no tiene relación directa con el documento. Red.