¿No se podría establecer que los destacamentos van por el grano (a aprovisionar y transportar en trenes de ruta) según una doble instrucción:
o bien por una sola vez (a una volost, etc., para la trilla del uyezd, etc.) - y entonces la prima es menor, o bien con la obligación de trabajar de forma prolongada (no una sola vez, sino durante 3-4 meses, etc., o nuevamente por llamada del Comprod, etc.) - y entonces la prima es mayor.

(En ambos casos, establecer como condición la obligación tanto de aprovisionar como de trillar, y de transportar ellos mismos a los graneros, y construir graneros o cobertizos, etc.)

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Escrito en la primera mitad de agosto de 1918.

Publicado por primera vez en 1945 en el Lenin Miscellany XXXV.

Se imprime según el manuscrito.