La situación crítica del abastecimiento de víveres, la amenaza de hambre creada por la especulación, el sabotaje de los capitalistas y los funcionarios, así como la ruina general, hacen necesarias medidas revolucionarias extraordinarias para combatir este mal.

A fin de que todos los ciudadanos del Estado, y en primer lugar todas las clases trabajadoras, bajo la dirección de sus Soviets de diputados obreros, soldados y campesinos, puedan emprender de inmediato y desde todos los lados, sin detenerse ante nada y actuando por la vía más revolucionaria, esa lucha y el saneamiento de la vida económica regular del país, se decretan las siguientes reglas:

PROYECTO DE DECRETO

SOBRE LA PUESTA EN PRÁCTICA DE LA NACIONALIZACIÓN DE LOS BANCOS Y LAS MEDIDAS NECESARIAS EN RELACIÓN CON ELLA

1. Todas las empresas por acciones se declaran propiedad del Estado.

2. Los miembros de las juntas directivas y los directores de las sociedades anónimas, así como todos los accionistas pertenecientes a las clases ricas (es decir, los que posean un patrimonio total superior a 5.000 rublos o ingresos superiores a 500 rublos al mes), están obligados a continuar llevando los asuntos de las empresas en pleno orden, cumpliendo la ley sobre el control obrero, depositando todas las acciones en el Banco del Estado y presentando semanalmente a los Soviets locales de diputados obreros, soldados y campesinos informes sobre su actividad.

3. Los empréstitos estatales, externos e internos, se anulan (se destruyen).

4. Los intereses de los pequeños tenedores de obligaciones, así como de cualquier tipo de acciones, es decir, de los tenedores pertenecientes a las clases trabajadoras de la población, quedan plenamente asegurados.

5. Se introduce el servicio de trabajo obligatorio universal. Todos los ciudadanos de ambos sexos, de 16 a 55 años, están obligados a realizar los trabajos que les sean asignados por los Soviets locales de diputados obreros, soldados y campesinos u otros órganos del Poder Soviético.

6. Como primer paso para poner en práctica el servicio de trabajo obligatorio universal, se decreta que las personas de las clases ricas (véase el § 2) están obligadas a poseer y llevar correctamente cartillas de consumo y trabajo o de presupuesto y trabajo, que deberán ser presentadas a las correspondientes organizaciones obreras, o a los Soviets locales y sus órganos, para la anotación semanal del trabajo asumido y ejecutado por cada cual.

7. Para la correcta contabilidad y distribución tanto de los víveres como de otros productos necesarios, todos los ciudadanos del Estado están obligados a adherirse a alguna sociedad de consumo. Las comisiones de abastecimiento, los comités de aprovisionamiento y otras organizaciones análogas, así como los sindicatos ferroviarios y de transporte, bajo la dirección de los Soviets de diputados obreros, soldados y campesinos, establecerán el control sobre el cumplimiento de esta ley. Las personas de las clases ricas se obligan en particular a realizar los trabajos que les sean encomendados por los Soviets en la organización y gestión de las sociedades de consumo.

8. Los sindicatos de obreros y empleados ferroviarios están obligados a elaborar urgentemente y comenzar a poner en práctica de inmediato medidas extraordinarias para una organización más correcta del transporte, especialmente para el acarreo de víveres, combustible y otros artículos de primera necesidad, guiándose ante todo por los pedidos y órdenes de los Soviets de diputados obreros, soldados y campesinos, y luego de las instituciones autorizadas por éstos y del Consejo Superior de Economía Nacional.

De igual modo, sobre los sindicatos ferroviarios, en colaboración con los Soviets locales, recae la obligación de la más enérgica lucha, sin detenerse ante medidas revolucionarias, contra el comercio de bolsas (мешочничество) y la persecución implacable de todos los especuladores.

9. Las organizaciones obreras, los sindicatos de empleados y los Soviets locales están obligados a abordar sin demora el traslado de las empresas que cierran o se desmovilizan, así como de los desocupados, hacia trabajos útiles y la producción de artículos necesarios; a la búsqueda de pedidos, materias primas y combustible. Sin aplazar en ningún caso esta actividad, así como el inicio del intercambio de productos agrícolas por urbanos, hasta recibir órdenes especiales de arriba, los sindicatos y Soviets locales se obligan a atenerse estrictamente a las indicaciones y prescripciones del Consejo Superior de Economía Nacional.

10. Las personas de las clases ricas están obligadas a mantener en el Banco del Estado y sus sucursales, así como en las cajas de ahorro, todas sus sumas de dinero, percibiendo no más de 100–125 rublos por semana (según lo establecido por los Soviets locales) para necesidades de consumo, y para fines productivos y comerciales sólo mediante certificados escritos de las instituciones de control obrero.

Para la vigilancia de la efectiva puesta en práctica de la presente legalización se introducirán reglas para el canje de los signos monetarios actualmente en vigor por otros, y los culpables de engaño al Estado y al pueblo serán sometidos a la confiscación de todos sus bienes.

11. A la misma pena, así como a la prisión o al envío al frente y a trabajos forzosos, serán sometidos todos los desobedientes a la presente ley, los saboteadores y los funcionarios en huelga, así como los especuladores. Los Soviets locales y las instituciones adjuntas a ellos se obligan a elaborar de emergencia las medidas más revolucionarias de lucha contra estos auténticos enemigos del pueblo.

12. Los sindicatos profesionales y otras organizaciones de los trabajadores, en colaboración con los Soviets locales, organizarán, con la participación de las personas más seguras y recomendadas por las organizaciones del partido y otras, grupos volantes de controladores para vigilar la puesta en práctica de esta ley, para comprobar la cantidad y calidad del trabajo y para llevar ante los tribunales revolucionarios a los culpables de violar o eludir la ley.

Los obreros y empleados de las empresas nacionalizadas están obligados a poner en tensión todas sus fuerzas y a tomar medidas extraordinarias para mejorar la organización del trabajo, fortalecer la disciplina y elevar la productividad del trabajo. Los órganos de control obrero deben presentar semanalmente al CSEN informes sobre lo alcanzado en este sentido. Por las deficiencias y omisiones, los culpables responderán ante el tribunal revolucionario.

Escrito en diciembre, no antes del 14 (27) de 1917.

Publicado por primera vez de forma incompleta en noviembre de 1918 en la revista «Economía Nacional» n.º 11.

Publicado por primera vez completo en 1949 en la 4.ª edición de las Obras de V. I. Lenin, tomo 26.

Se publica según el manuscrito.