A propósito de su informe de hoy sobre las medidas de lucha contra los saboteadores y contrarrevolucionarios. ¿No se podría impulsar un decreto como el siguiente?

## Sobre la lucha contra los contrarrevolucionarios y los saboteadores

La burguesía, los terratenientes y todas las clases ricas realizan esfuerzos desesperados para minar la revolución, que debe asegurar los intereses de los obreros, los trabajadores y las masas explotadas.

La burguesía recurre a los crímenes más viles, sobornando a la escoria de la sociedad y a elementos degradados, embriagándolos con el fin de provocar pogromos. Los partidarios de la burguesía, en particular los altos empleados, los funcionarios de banca, etc., sabotean el trabajo, organizan huelgas para socavar al gobierno en sus medidas encaminadas a realizar las transformaciones socialistas. Se llega incluso al sabotaje del abastecimiento de víveres, lo que amenaza con el hambre a millones de personas.

Son necesarias medidas extraordinarias de lucha contra los contrarrevolucionarios y los saboteadores. Partiendo de esta necesidad, el Consejo de Comisarios del Pueblo decreta:

1. Las personas pertenecientes a las clases ricas (es decir, aquellas que poseen ingresos de 500 rublos mensuales o más, propietarios de inmuebles urbanos, acciones y sumas de dinero superiores a 1.000 rublos), así como los empleados de bancos, empresas por acciones, instituciones estatales y públicas, están obligados, en el plazo de tres días[16], a presentar a los comités de casa, en tres ejemplares, declaraciones firmadas con indicación de su dirección, en las que consten sus ingresos, su servicio y su ocupación.

2. Los comités de casa refrendan estas declaraciones con su firma, conservan un ejemplar en su poder y presentan los dos restantes a la Administración Municipal y al Comisariado del Pueblo de Asuntos Internos (dirección:…[17]).

3. Las personas culpables de no cumplir la presente ley (por no presentar las declaraciones o por presentar datos falsos, etc.), así como los miembros de los comités de casa que no observen las reglas sobre la custodia de estas declaraciones, su recogida y su presentación en las instituciones arriba indicadas, serán castigados con una multa de hasta 5.000 rublos por cada infracción, con prisión de hasta un año o con el envío al frente, según el grado de culpa.

4. Estarán sujetos a la misma pena los culpables de sabotaje en el trabajo o de eludir el trabajo en los bancos, las instituciones estatales y públicas, las empresas por acciones, los ferrocarriles, etc.

5. Como primer paso hacia la implantación del servicio universal de trabajo, se decreta que las personas indicadas en el § 1 están obligadas, en primer lugar, a llevar siempre consigo copias de las citadas declaraciones, provistas de la certificación de los comités de casa, así como de sus superiores o de las instituciones electivas (comités de fábrica, comités de abastecimiento, comités ferroviarios, sindicatos de empleados, etc.); en la certificación deberá constar qué servicio público o qué trabajo desempeña la persona en cuestión, si vive en el seno de su familia como miembro incapacitado para el trabajo de la misma, etc.

6. En segundo lugar, dichas personas están obligadas, en el plazo de una semana a partir de la publicación de la presente ley, a proveerse de libretas de consumo y trabajo (cuyo modelo se adjunta) para llevar anotaciones semanales de ingresos y gastos y para que los comités e instituciones del tipo de servicio público que preste la persona inscriban en ellas las correspondientes certificaciones.

7. Las personas que no reúnan las condiciones del § 1 presentarán a los comités de casa, en un solo ejemplar, una declaración de sus ingresos y de su lugar de trabajo, obligándose a llevar consigo una copia de esta declaración, certificada por el comité de casa.

Escrito el 7 (20) de diciembre de 1917.

Publicado por primera vez en 1924 en la revista «Archivo Rojo» nº 5.

Se publica según el manuscrito.