La Conferencia reconoce como absolutamente necesaria la existencia en el extranjero de una organización única del Partido que realice una labor de apoyo al Partido bajo el control y la dirección del Comité Central.

La Conferencia ratifica al Comité de la organización en el extranjero{69} como una de las organizaciones del Partido en el extranjero e invita a todos los elementos del Partido, sin distinción de fracciones ni corrientes, que estén del lado del Partido ilegal y libren una lucha intransigente contra las corrientes antipartido (liquidacionismo), a cohesionarse en torno al Comité Central para contribuir a la labor del Partido en Rusia y para crear una organización única en el extranjero.

Todos los grupos en el extranjero, sin excepción alguna, podrán relacionarse con las organizaciones de Rusia únicamente a través del Comité Central.

La Conferencia reconoce que los grupos en el extranjero que no se subordinen al centro ruso de la labor socialdemócrata, es decir, al Comité Central, y que introduzcan la desorganización mediante relaciones especiales con Rusia al margen del Comité Central, no pueden hacer uso del nombre del POSDR.