§ 1 – sin cambios.

§ 2 – añadir sobre la admisibilidad de la cooptación, como medida temporal (según la resolución de diciembre de 1908).

§ 3 – sin cambios.

§ 4 – sin cambios.

§ 5 – sin cambios.

§ 6 – sin cambios.

§ 7 – sin cambios.

§ 8 – suprimir por completo. Transferir al CC + las instancias locales.

§ 9 – en lugar de 1000 electores, fijar 30 o 50 y abolir (temporalmente) la representación proporcional.

Nota. La Conferencia de 1912, en vista de la situación extraordinaria, se constituyó como órgano supremo del partido (véase la resolución sobre la conferencia)[53].