[Antes del 23 de julio de 1912]

El socialdemócrata moscovita Schmidt*, hombre bastante rico, fue detenido durante la revolución y murió en una de las cárceles de Moscú. Al morir, legó su fortuna a los bolcheviques. Huelga decir que este testamento, hecho de palabra, carecía de toda fuerza jurídica. No obstante, las hermanas de Schmidt, que recibieron su herencia, quisieron disponer de ella conforme a la voluntad de su hermano y entregaron el dinero a los bolcheviques.

La entrega del dinero puede establecerse sobre la base de los siguientes hechos. Una de las hermanas, Ekaterina Schmidt (casada con el señor Andrikanis), reclamó el dinero a los bolcheviques. El conflicto surgido por este motivo se resolvió mediante un laudo arbitral, dictado en París en 1908¹ con la participación de miembros del partido de los socialistas revolucionarios. Rubanóvich, representante de este partido en la Oficina Socialista Internacional², sabe que dicho laudo se dictó (lo sabe también Natansón, miembro muy destacado de ese mismo partido). Por este laudo se dispuso la entrega del dinero de Schmidt a los bolcheviques. La otra hermana de Schmidt, Elizaveta Schmidt (casada con el señor Ignátiev), entregó el dinero a los bolcheviques sin recurrir a arbitraje. En una carta dirigida a Zetkin definió con precisión sus relaciones con los bolcheviques³. Esta carta fue transmitida al Sr. Ducos de la Haye. Elizaveta Schmidt reside en el extranjero y, probablemente, no se negará a confirmar todos los hechos aquí expuestos. Sin embargo, no hay que olvidar ni por un instante que los nombres de ambas hermanas no deben, bajo ninguna circunstancia, hacerse públicos, pues por haber entregado dinero a los revolucionarios pueden sufrir graves consecuencias y ser desterradas a Siberia, o incluso condenadas a trabajos forzados. Así pues, solo con la condición de que se garantice el más absoluto secreto podría Elizaveta Schmidt acceder a escribir una carta al abogado socialista.

¿Sobre qué base afirman Zetkin y Kautsky, en su carta del 18 de noviembre de 1911⁴, que la cuestión de la propiedad de este dinero sigue siendo objeto de controversia?

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V. I. Lenin escribe en todas partes el apellido de N. P. Schmit con la letra «d», mientras que, según los documentos personales en vida de Nikolái Pávlovich, se ha establecido que su apellido era N. P. Schmit.

Este dinero pertenecía a la fracción bolchevique, que formaba parte del POSDR. La otra fracción (los mencheviques), hostil a los bolcheviques, los acusaba de haber utilizado este dinero en interés de su fracción, y no en interés del partido. A esta acusación respondían los bolcheviques que los mencheviques habían obrado del mismo modo y que los bolcheviques solo podrían aceptar entregar al partido, en la persona de su Comité Central, el dinero de su fracción si se llegaba a un acuerdo entre ambas partes sobre la liquidación de las fracciones, la anulación de las cajas fraccionales y el cierre de los periódicos fraccionales.

En enero de 1910 se convocó una reunión plenaria del Comité Central del partido. Precisamente en esta reunión se emprendió el intento de liquidar las fracciones mediante la adopción de un compromiso mutuo.

Los bolcheviques declararon que entregarían su dinero a la caja del Comité Central solo con la condición indispensable de que todas las fracciones se atuvieran a dicho compromiso, y que para el control y la adopción de decisiones, en caso de que algunas fracciones se apartaran del compromiso contraído, se designarían tres «depositarios», o tres árbitros, lo que viene a ser lo mismo. Esta declaración de los bolcheviques constituye el contrato arbitral, que entró en vigor desde el momento en que las tres personas designadas en el acuerdo previo de las partes como «depositarios» —Mehring, Kautsky y Zetkin— aceptaron asumir estas funciones⁵.

En caso de conflicto, los tres «depositarios» debían (véase el texto de la declaración de los bolcheviques o del contrato arbitral) decidir definitivamente si procedía devolver el dinero a los bolcheviques o al Comité Central, es decir, a todo el partido en su conjunto. Por consiguiente, la cuestión sigue siendo objeto de controversia como resultado de la dimisión, o más bien de la deserción, de los «depositarios», como resultado de su negativa a cumplir las obligaciones que contrajeron. Después de haber infringido ellos mismos sus obligaciones, abusado de la confianza y violado la ley (la ley francesa prohíbe categóricamente a los árbitros negarse a desempeñar sus funciones después de haberlas aceptado), intentaban echar la culpa a otros.

¿Qué documentos establecen el hecho de que existía un contrato arbitral y quiénes son las partes contratantes?

La declaración de los bolcheviques, publicada en el Órgano Central del partido «Socialdemócrata», no está firmada y en ella no se nombra a los «depositarios», pero las cartas de los «depositarios» dirigidas a Lenin demuestran plenamente el hecho de que el contrato arbitral tuvo lugar. La más importante de estas cartas es la del 18 de noviembre de 1911 (cuya traducción y original se le han entregado a usted). En esta carta, firmada por Zetkin y Kautsky, se dice taxativamente que el contrato arbitral se concertó en la reunión plenaria (es decir, se discutió en la reunión plenaria de 1910, pues no hubo otra reunión de tal tipo).

¿Quiénes eran las partes contratantes?

Esto también se expresa con toda claridad en la siguiente frase: «El grupo de Lenin, de una parte, y todos los demás grupos representados en el pleno o en la Oficina del Extranjero del Comité Central, de otra parte».

En la carta del 18 de noviembre de 1911, dos antiguos «depositarios» repiten tres veces que las partes contratantes son precisamente estas. Este reconocimiento (por escrito) de dos «depositarios» constituye, fuera de toda posible duda, una prueba jurídica de en qué consistían las obligaciones de aquellos entre quienes existe el conflicto en este momento.

1) La obligación del «grupo de Lenin» consistía en entregar [el dinero]* a los «depositarios» (esta obligación se cumplió, y existen documentos que lo prueban).

2) La obligación de los «depositarios» consistía en dictar un laudo arbitral definitivo.

Las cartas de los «depositarios», en las que me comunican que dimiten, así como su carta del 18 de noviembre de 1911, constituyen documentos que prueban que esta segunda obligación no se cumplió, y la parte que con ello ha sufrido un perjuicio tiene derecho a perseguir judicialmente a quienes no cumplieron sus obligaciones.

¿Pueden los antiguos «depositarios», o más exactamente Zetkin, que recibió el dinero, defenderse alegando que no conocía a las personas que componen el «grupo de Lenin»?

1) Desde el punto de vista político, este modo de defenderse (que sería un sofisma) se ha vuelto imposible por el solo hecho de que es precisamente el propio Lenin quien toma todas las medidas para conseguir la devolución del dinero al «grupo de Lenin».

La parte de los bolcheviques que en enero de 1910 pertenecía a la fracción bolchevique se separó de esta última y formó su propio pequeño grupo aparte⁶. Este grupo publicó, en junio y julio de 1911, los puntos de sus discrepancias con Lenin. No obstante, el 18 de noviembre de 1911, los «depositarios» seguían hablando únicamente del «grupo de Lenin» y no dijeron una palabra sobre otros bolcheviques que pretendían tener derecho al dinero en disputa.

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Las palabras entre corchetes se han restituido según el sentido.

2) Desde el punto de vista jurídico, las circunstancias eran tales que todas las relaciones con los bolcheviques se efectuaban a través de la mediación de Lenin (Uliánov). Precisamente a él se dirigieron los «depositarios» para exigir la entrega del dinero (esta carta se ha transmitido al Sr. Ducos de la Haye) «según su promesa» (como se dice literalmente en la carta).

Precisamente a Lenin comunicaban los «depositarios» su dimisión y todas sus decisiones.

Así pues, está jurídicamente confirmado: 1) que fue precisamente Lenin quien entregó el dinero, 2) que inicialmente (antes de que se concertara el acuerdo) él era su «depositario», 3) que los árbitros le exigieron que cumpliera su promesa, 4) que precisamente a él [le] daban cuenta de todos sus pasos.

De aquí se desprende que Lenin tiene jurídicamente el derecho de exigir que le devuelvan el dinero. En consecuencia, si los «depositarios» alegaran que no saben quiénes componen el «grupo de Lenin» (si los «depositarios» hubieran hecho esto en su carta del 18 de noviembre de 1911 —y no lo hicieron—), habrían recurrido a medios fraudulentos y engañosos, pues los «depositarios» asumieron las funciones de árbitros a petición de Lenin, mantuvieron relaciones solo con él y, durante los tres o cuatro meses en que desempeñaron sus funciones de árbitros, ni una sola vez plantearon la cuestión de quiénes componen el «grupo de Lenin».

¿Cabe ahora admitir la valoración de este conflicto desde el punto de vista político y no jurídico?

Puesto que había árbitros reconocidos por todos, la valoración de este conflicto desde el punto de vista político no solo era posible, sino incluso obligada. En aquel momento, era deber de los árbitros examinar todas las cuestiones políticas, y eso es precisamente lo que hicieron en el período de junio a octubre de 1911.

Ahora, es decir, después de su dimisión, los árbitros ya no pueden seguir examinando y valorando este conflicto desde el punto de vista político, porque no existe ninguna institución que posea la competencia necesaria para examinar las cuestiones políticas. No hay ninguna institución política que tenga la competencia necesaria para examinar el fondo del asunto.

Ahora, el punto de vista jurídico consiste únicamente en lo siguiente: ¿cumplieron o no los árbitros sus obligaciones para con quien les entregó el dinero?

Y ahora yo acuso a los árbitros de no haber cumplido sus obligaciones, y solo en esto consiste el conflicto.

Todo punto de vista político ha desaparecido por completo de este conflicto.

Cualquier tribunal burgués no podrá dejar de reconocer que los árbitros no cumplieron su deber, que violaron su promesa, que cometieron un abuso de confianza y que abandonaron su puesto. La intervención de abogados socialistas es el único medio para impedir que la antigua «depositaria» Zetkin sea condenada por los tribunales burgueses.

¿Es posible intentar resolver este conflicto recurriendo a un nuevo arbitraje?

Ahora, cuando nada nos garantiza ya que los árbitros no vuelvan a abandonar su puesto, no es posible ningún nuevo procedimiento arbitral y, en consecuencia, yo no podría aceptar arbitraje alguno entre Zetkin y yo, cosa que, por lo demás, nadie ha propuesto siquiera hasta el presente.

La intervención de la Oficina Socialista Internacional es imposible en este caso, pues la Oficina es una institución política de índole especial. Mis reclamaciones pecuniarias contra un miembro de uno de los partidos no pueden, de ningún modo, ser objeto de examen por la OSI.

¿Cuál es el significado de la carta de Zetkin y Kautsky del 18 de noviembre?

Esta carta es un documento de la mayor importancia, que prueba de manera indiscutible la culpabilidad de Zetkin y de todos los antiguos «depositarios». El análisis de esta carta tiene una importancia cardinal para todo el caso. Esta carta constata que el contrato arbitral existió. Desde el momento mismo de tal constatación resulta que el contrato arbitral ha sido violado, pues la dimisión de los «depositarios» (constatada en esta carta) anula el contrato arbitral no solo desde el punto de vista de las leyes de todo el mundo, sino también desde el punto de vista del sentido común.

¡En esta carta, los «depositarios» exigen a las partes que concierten un nuevo acuerdo!

¡Los antiguos «depositarios» quieren obligar a las partes a «llegar a un acuerdo»! Y lo exigen después de que el único acuerdo posible —aquel sobre la base del cual las partes acordaban someterse al laudo arbitral de Kautsky, Zetkin y Mehring— fuera anulado por los propios árbitros. Pues la situación es tal, que no son las partes contratantes las que se han negado a someterse al laudo arbitral, sino los árbitros los que se han negado a dictar dicho laudo (después de haber comenzado el examen del caso). Esta sola carta bastaría para incoar dos procesos judiciales: contra Zetkin (por la devolución del dinero) y contra los tres árbitros (por los perjuicios causados por el incumplimiento de la obligación).

Las leyes de todos los países civilizados protegen la santidad, la inviolabilidad y la independencia de todo tribunal arbitral y prohíben toda injerencia en los motivos que guían a los árbitros, en sus consideraciones de orden político, en sus libres convicciones, etc. Pero precisamente porque la ley protege a los árbitros, exige igualmente que los árbitros cumplan con su deber, es decir, que dicten un laudo arbitral. Y en el caso de que los árbitros no cumplan en absoluto esta obligación suya, incurren en responsabilidad por ello.

Al reconocer que el acuerdo existía, al reconocer que ellos presentaron su dimisión, al reconocer, en fin, que una de las partes contratantes era y seguía siendo el «grupo de Lenin», los autores de la carta del 18 de noviembre de 1911 han demostrado plenamente que deben devolver el dinero al mismo Lenin que lo depositó en su confianza. Es indiscutible, tanto desde el punto de vista jurídico como desde el punto de vista moral, que después de su dimisión los árbitros deben devolver el dinero a aquella de las partes que se lo entregó. E igualmente es indiscutible que, precisamente por no haber cumplido sus obligaciones los árbitros, son ellos los que cargan con la responsabilidad por ello, así como por los perjuicios causados.

II. Lenin

Traducción del francés.

Escrito de puño y letra de I. F. Armand.

¹ Véase la presente recopilación, pág. 36, nota 9.

² La Oficina Socialista Internacional (OSI) era el órgano ejecutivo e informativo permanente de la II Internacional.

I. A. Rubanóvich, uno de los dirigentes del partido eserista. Miembro de la Oficina Socialista Internacional. Durante la guerra imperialista mundial, socialchovinista. Después de la revolución socialista de octubre, adversario del poder soviético.

³ Al parecer, se trata de la carta de El. P. Schmit a K. Zetkin del 23 de noviembre (n. est.) de 1911 (véase la presente recopilación, pág. 56, nota 6).

⁴ Véase la presente recopilación, pág. 50, nota 5.

⁵ Se trata de la «Declaración de los bolcheviques», incluida en la resolución del Pleno de enero de 1910 del CC del POSDR «Sobre los centros fraccionales» (véase «El PCUS en las resoluciones y decisiones de congresos, conferencias y plenos del CC», 1970, t. 1, págs. 296-298).

⁶ Al parecer, se trata del grupo de bolcheviques conciliadores (véase V. I. Lenin, «Sobre la nueva fracción de conciliadores o virtuosos», Obras Completas, t. 20, págs. 334-354).