1.

Considerando que el rechazo de la enmienda de Stodolin significa un retroceso incluso respecto a los principios del parlamentarismo, declaro mi intención de presentar una opinión particular sobre esta cuestión.

2.

Sobre la base de la solicitud ya presentada, adjunto mi opinión particular sobre la cuestión de la enmienda de Stodolin.

El camarada Stodolin, en su enmienda, proponía que se admitiera a participar en el grupo parlamentario oficial del POSDR exclusivamente a aquellos miembros del partido que no sólo trabajan en una de las organizaciones del partido en general, no sólo se subordinan al partido en su conjunto y a sus organizaciones del partido en particular, sino que, además, han sido designados por estas últimas (es decir, por las respectivas organizaciones del partido) como candidatos.

Por consiguiente, el camarada Stodolin quería que nuestros primeros pasos socialdemócratas por la vía del parlamentarismo se dieran exclusivamente por encargo directo de las organizaciones correspondientes y en su nombre. No basta con que los miembros del grupo parlamentario sean miembros de una de las organizaciones del partido. En las condiciones rusas, esto no excluye aún la posibilidad de las aventuras más indeseables, pues nuestras organizaciones del partido no pueden ejercer un control abierto y visible para todos sobre sus miembros. Por eso es sumamente importante que nuestros primeros pasos por la vía del parlamentarismo estén rodeados de todas las precauciones elaboradas por la experiencia de los partidos socialistas de Europa. Los partidos de Europa occidental, y especialmente sus fracciones de izquierda, insisten incluso en que los candidatos al parlamento sean designados por las organizaciones locales del partido, de acuerdo con el Comité Central del partido. La socialdemocracia revolucionaria de Europa tiene los más serios fundamentos para exigir este triple control sobre los parlamentarios: en primer lugar, el control general del partido sobre todos los miembros del partido; en segundo lugar, el control especial de las organizaciones locales, que deben designar en su nombre a los candidatos al parlamento; en tercer lugar, el control especial del Comité Central de todo el partido, que, estando por encima de las influencias y las peculiaridades locales, debe velar por que se designen únicamente a aquellos candidatos al parlamento que satisfagan las exigencias generales del partido y de la política general.

Al rechazar la enmienda del camarada Stodolin, al rechazar la exigencia de que en la fracción parlamentaria pudieran entrar exclusivamente aquellos a quienes las organizaciones del partido hubieran designado directamente como candidatos al parlamento, al rechazar esta exigencia, el congreso mostró mucha menos cautela en la táctica parlamentaria que los socialdemócratas revolucionarios de Europa occidental. Sin embargo, difícilmente puede dudarse de que necesitamos ahora, debido a las condiciones especialmente difíciles de la actuación abierta de los socialdemócratas en Rusia, una cautela indiscutiblemente mucho mayor que la elaborada por la experiencia de la socialdemocracia revolucionaria de Europa occidental.