El Congreso establece, sobre la base de la experiencia de los militantes prácticos y del estado de ánimo de las masas obreras, que por preparación de la insurrección debe entenderse no solo el acopio de armas y la formación de grupos, etc., sino también la acumulación de experiencia mediante intentos prácticos de acciones armadas aisladas, por ejemplo, actuaciones de destacamentos armados que ataquen a la policía y a las tropas con ocasión de una u otra reunión popular pública, o ataques de destacamentos armados contra cárceles, instituciones gubernamentales, etc. Dejando plenamente a los centros locales del partido y al Comité Central la determinación de los límites de tales acciones y de los motivos más oportunos para las mismas, confiando plenamente en el tacto de los camaradas, capaces de impedir el despilfarro inútil de fuerzas en actos terroristas aislados y mezquinos, el Congreso llama la atención de todas las organizaciones del partido sobre la necesidad de tener en cuenta las indicaciones de la experiencia arriba mencionadas.

Escrito en abril, no después del 16 (29) de 1905.

Publicado por primera vez en 1931 en la *Recopilación de Lenin*, tomo XVI.

Se publica según el manuscrito.