El Comité en el Extranjero del Bund acaba de publicar un folleto con el informe del quinto congreso del Bund. El congreso tuvo lugar en junio (del calendario juliano). De sus decisiones, el lugar principal lo ocupa el «proyecto de estatutos» sobre la posición del Bund en el partido. El proyecto es sumamente instructivo y, desde el punto de vista de la claridad y la «determinación» de su contenido, no deja nada que desear. En realidad, el primer párrafo del proyecto es ya tan contundente que los restantes son o bien una simple aclaración, o incluso un lastre completamente innecesario. «El Bund es —dice el § 1— una parte *federativa* (cursiva nuestra) del Partido Obrero Socialdemócrata de Rusia». La federación supone un acuerdo entre entidades separadas, completamente autónomas, que definen sus relaciones mutuas únicamente por consentimiento voluntario mutuo. No es de extrañar, por tanto, que el «proyecto de estatutos» hable en repetidas ocasiones de «partes contratantes» (§§ 3, 8, 12). No es de extrañar que, sobre la base de este proyecto, al congreso del partido no se le conceda el derecho a modificar, completar o derogar los estatutos que afectan a una parte del partido. No es de extrañar que el Bund se reserve la «representación» en el Comité Central del partido y permita a este Comité Central del partido dirigirse al proletariado judío y comunicarse con las secciones del Bund *«sólo con el consentimiento del Comité Central del Bund»*. Todo esto se desprende lógicamente del concepto de «federación», del concepto de «partes contratantes», y si el quinto congreso del Bund se hubiera limitado a decidir que el Bund forma un partido socialdemócrata nacional independiente (¿o quizás nacionalista socialdemócrata?), se habría ahorrado (y habría ahorrado a otros) mucho tiempo, mucho trabajo y mucho papel. Por una parte, estaría claro desde el principio y sin rodeos que un partido independiente, separado, sólo puede definir sus relaciones con otros partidos como «parte contratante» y únicamente sobre la base del «consentimiento mutuo». No haría falta enumerar todos los casos concretos en que se requiere tal consentimiento (y de hecho es imposible, por la propia naturaleza de las cosas, enumerar todos esos casos, y dar una lista incompleta, como hace el Bund, significa abrir la puerta a un sinfín de malentendidos). No haría falta violentar la lógica y la conciencia llamando al acuerdo entre dos entidades independientes «estatuto sobre la posición de una parte del partido». Esta denominación honorable y decente («estatuto sobre la posición del Bund en el partido») es tanto más falsa en su esencia cuanto que todo el partido aún no ha restablecido su completa unidad organizativa, y el Bund aparece como una parte ya cohesionada que quiere aprovechar las deficiencias de la organización general para alejarse aún más del conjunto, para intentar dividir para siempre este conjunto en pequeñas partes.

Por otra parte, un planteamiento directo de la cuestión libraría a los redactores del famoso proyecto de estatutos de la obligación de escribir cláusulas que prevén derechos que posee cualquier parte organizada del partido, cualquier organización de distrito, cualquier comité, cualquier grupo, por ejemplo, el derecho a resolver, guiándose por el programa del partido, aquellas cuestiones generales sobre las cuales los congresos del partido no han adoptado resoluciones. Escribir estatutos con cláusulas semejantes es sencillamente ridículo.

«Iskra» № 46, 15 de agosto de 1903.

Se imprime según el texto del periódico «Iskra».