Tapa del folleto de V. I. Lenin, Explicación de
la ley de multas que se aplica a los obreros en las fábricas.
1895.

 

* * *

 

 

I

¿QUÉ SON LAS MULTAS?

 

Si se pregunta a un obrero si sabe qué son las multas, se
sorprenderá, sin duda. ¿Cómo no va a saber si tiene que
pagarlas a cada paso? La pregunta parece superflua.

Pero esto es sólo apariencia pues en realidad, la mayor parte de
los obreros no tiene una idea exacta de qué son las multas.

En general, piensan que la multa es una indemnización al patrono
por algún perjuicio que los obreros le han causado. Eso es falso. La
multa y la indemnización por daños son cosas distintas. Si un
obrero causa algún perjuicio a otro, este último puede reclamar
una indemnización (por una tela estropeada, por ejemplo), pero no
multarlo. De la misma manera, si un fabricante causa daños a otro (por
ejemplo, si no le suministra a tiempo las mercancías convenidas), el
perjudicado puede exigirle una indemnización, pero en modo alguno
imponerle una multa. Se exige indemnización por daños a un
igual, pero sólo se puede multar a un subordinado. Por eso, la
indemnización se reclama por vía judicial mientras que la multa
la impone el patrono sin intervención de los tribunales. Se multa a
veces en casos en que el patrono no ha sufrido daño alguno: por
ejemplo, por fumar. La multa es un castigo, y no la indemnización por
daños. Si el obrero, al fumar, ha dejado caer el cigarrillo y quemado
una tela del patrono, éste, además de multarlo por haber
fumado, le descontará del salario el valor de la tela quemada. Este
ejemplo muestra con claridad la diferencia existente entre multas e
indemnización por daños.

Las multas no tienen por objeto compensar daños, sino imponer una
disciplina, es decir, someter los obreros al patrono, obligarlos a cumplir
sus órdenes, a obedecerle durante el trabajo. Así lo dice la
ley de Multas: la multa es "una sanción pecuniaria impuesta por los
directores de las fábricas en ejercicio de su propia autoridad a fin
de mantener el orden". Y por ello el monto de la multa no depende de la
magnitud del daño causado, sino del grado de negligencia del obrero:
es tanto más elevada cuanto mayor es la negligencia, cuanto mayor es
la desobediencia al patrono, la negativa a cumplir sus exigencias. Se
entiende que quien va a trabajar para un patrono pierde su libertad: debe
obedecerle, y éste puede castigarlo. Los campesinos siervos trabajaban
para los terratenientes y éstos los castigaban.

Los obreros trabajan para los capitalistas y éstos los castigan. La
diferencia consiste únicamente en que antes el esclavo era castigado a
latigazos, mientras que ahora se lo castiga sacándole rublos.

A esto se podría objetar quizá, que el trabajo en
común de gran cantidad de obreros en una fábrica es imposible
sin disciplina, que en el trabajo debe haber orden, que es preciso mantener
ese orden y castigar a los contraventores. Por esta razón, se
dirá que las multas se imponen no porque el obrero ha perdido su
libertad, sino porque el trabajo en común requiere orden.

Semejante objeción es falsa en absoluto, aunque a primera vista
pueda inducir en error. La invocan sólo quienes desean ocultar a los
obreros su estado de dependencia. El orden es necesario, en efecto, en todo
trabajo en común. ¿Pero acaso es necesario que los trabajadores
estén sometidos a la arbitrariedad de los fabricantes, es decir, de
los que no trabajan y son fuertes únicamente porque se han apoderado
de todas las máquinas, herramientas y materiales? El trabajo en
común es imposible sin cierto orden, sin que todos se sometan a ese
orden; pero también es posible realizarlo sin que los obreros
estén sometidos a los fabricantes. Requiere, es cierto, el
mantenimiento del orden; pero no exige en modo alguno que el derecho de
vigilar a los demás pertenezca siempre a quienes no trabajan y viven
del trabajo ajeno. Ello muestra que las multas existen, no porque los hombres
trabajen en común, sino porque en el régimen capitalista actual
los obreros no poseen propiedad alguna; las máquinas, herramientas y
materias primas, la tierra y el cereal, pertenecen a los ricos y los obreros
deben venderse para no morir de hambre. Y una vez vendidos, como es natural,
se ven obligados a someterse a los ricos y a soportar las sanciones que les
inflijan.

Esto debe estar claro para todo obrero que desee comprender lo que son las
multas. Hay que saberlo para refutar el argumentó habitual (y muy
falso) de que sin las multas el trabajo en común es imposible. Hay que
saberlo para poder explicar a cada obrero en qué se diferencia la
multa de la indemnización por daños y por qué las multas
significan la esclavitud de los obreros y su subordinación a los
capitalistas.

 

* * *

 

 

II

¿CÓMO SE IMPONÍAN ANTES LAS MULTAS?

¿QUÉ HA MOTIVADO LAS NUEVAS LEYES DE MULTAS?

 

Las leyes de multas existen desde hace poco: nueve años solamente.
Antes de 1886 no existía ninguna. Los fabricantes podían multar
por todo cuanto quisieran y en la cantidad que estimaran conveniente. Y lo
hacían en proporciones escandalosas, obteniendo ingresos exorbitantes.
A veces las multas se imponían simplemente "a criterio del patrono",
sin dar razones; equivalían en algunas ocasiones a la mitad del
salario, de suerte que el obrero entregaba al patrono, en concepto de
multa, cincuenta kopeks por cada rublo ganado. Había casos en que
además de las multas le aplicaban también sanciones; por
ejemplo, diez rublos por abandonar la fábrica. Cuando le iban mal los
negocios, al fabricante no le costaba nada reducir el salario, a pesar de las
condiciones concertadas. Ordenaba a los capataces imponer multas más
severas y rechazar la mercancía defectuosa, lo cual equivalía a
disminuir el salario del obrero.

Los obreros soportaron durante mucho tiempo todos estos abusos; pero a
medida que se desarrollaban las grandes fábricas, sobre todo las de
tejidos, desplazando a las pequeñas empresas y a los telares manuales,
fue aumentando su indignación contra las arbitrariedades y atropellos.
Hace unos diez años, los negocios de los comerciantes y los
fabricantes decayeron y se produjo una crisis: las mercancías
no se vendían, los fabricantes sufrían pérdidas y
empezaron a multiplicar las multas con mayor ensañamiento. Los
obreros, cuyos salarios eran ya bajos de por sí, no pudieron soportar
estos nuevos abusos, y en 1885 y 1886 estallaron revueltas obreras en las
provincias de Moscú, Yaroslavl y Vladímir. Colmada su
paciencia, los obreros abandonaron el trabajo y se vengaron terriblemente de
sus opresores destruyendo edificios fabriles y máquinas,
incendiándolos a veces, apalearon a los administradores, etc.

La más notable de estas huelgas fue la que se produjo en la
conocida Manufactura de Timofei Morózov en Nikólskoie (cerca de
la estación de Oréjovo, sobre la línea férrea
Moscú- Nizhni-Nóvgorod). Morózov comenzó a
reducir los salarios en 1882, y efectuó cinco disminuciones hasta
1884. Al mismo tiempo, las multas se imponían con creciente severidad:
en toda la fábrica sumaban casi una cuarta parte de los salarios
(veinticuatro kopeks por rublo ganado), y en algunos casos llegaban a la
mitad del salario. Para disimular tan escandalosas multas, la
administración procedió de la siguiente manera durante el
año que precedió a la revuelta: obligaba a los obreros cuyas
multas ascendían a la mitad del salario, a pedir la cuenta y
después inclusive ese mismo día, volvía a admitirlos,
entregándoles una nueva libreta de trabajo. Así se
destruían las libretas en que figuraban multas exorbitantes. En caso
de ausencias injustificadas se descontaban tres días por cada falta.
Por fumar se imponían multas de 3, 4 y 5 rublos por vez. Agotada su
paciencia, los obreros abandonaron el trabajo el 7 de enero de 1885 y durante
varios días asaltaron la proveeduría de la fábrica, la
vivienda del capataz Shorin y otras dependencias fabriles. Esta gran revuelta
de diez mil obreros (la cantidad de huelguistas llegó a 11.000)
espantó extraordinariamente al gobierno: enseguida se enviaron tropas
a OréjovoZúievo, a donde se trasladaron el gobernador, un
fiscal de Vladímir y otro de Moscú. Durante las negociaciones
con los huelguistas, delegados de la muchedumbre entregaron a las autoridades
un "pliego de condiciones elaborado por los propios obreros" [2] [30o* , en el que exigían que les fuera
devuelto el importe de las multas cobradas desde la Pascua de 1884; que, en
el futuro, las multas no excedieran del 5 por ciento del salario, es decir,
no más de cinco kopeks por rublo ganado, y que no se descontase
más de un rublo ganado, y que no se descontase más de un rublo
por cada día de falta injustificada al trabajo. Exigían,
además, que se restablecieran los salarios de 1881-1882; que el
patrono abonase el salario de los días perdidos por su culpa; en caso
de despido exigían el preaviso con quince días de
anticipación; que la recepción de las mercancías
producidas se efectuara en presencia de testigos designados por obreros,
etc.

Esta grandiosa huelga causó fuerte impresión al gobierno,
pues pudo comprobar que los obreros representan una fuerza peligrosa, cuando
actúan de común acuerdo; sobre todo cuando esa masa de obreros
presenta directamente sus reivindicaciones. Los fabricantes presintieron
también la fuerza de los mismos y se hicieron más prudentes.
Por ejemplo, el periódico Novóte Vremia [3] informaba de Orejovo-Zúievo: "Los disturbios
del año pasado (es decir, los de enero de 1885 en la Manufactura de
Morózov) han tenido por efecto cambiar de un solo golpe los viejos
métodos fabriles, tanto en las empresas de
Oréjovo-Zúievo como en sus alrededores". O sea, que no
sólo los propietarios de la fábrica de Morózov debieron
modificar sus monstruosos métodos, por la exigencia unánime de
los obreros, sino que también los fabricantes de los alrededores
hicieron concesiones ante el temor de que se produjeran disturbios en sus
empresas. "Lo principal-decía el periódico citado-es que ahora
se constata una actitud más humana para con los obreros, cosa que
antes era exclusiva de un escaso número de administradores
fabriles."

Inclusive Moskovskie Viédomosti [4] (periódico que defiende siempre a los fabricantes y culpa
de todo a los obreros) comprendió que era imposible seguir manteniendo
la antigua situación y se vio obligado a reconocer que las multas
arbitrarias son "un mal que conduce a indignantes abusos", que "las
proveedurías de las fábricas son un verdadero robo" y que por
ello había que promulgar una ley y un reglamento de multas.

La profunda impresión que produjo esta huelga aumentó cuando
los obreros fueron juzgados. Se hizo comparecer ante los tribunales a 33
obreros, acusados por excesos durante la huelga y por haber agredido a una
patrulla militar (una parte de los obreros fue detenida durante la huelga y
encerrados en un edificio, del que escaparon forzando la puerta). El juicio
se realizó en Vladímir, en mayo de 1886. Los jueces absolvieron
a todos los acusados, pues las declaraciones de los testigos-incluidas las
del propietario de la fábrica, T. Morózov, del director Dianov
y de muchos tejedores-revelaron los escandalosos abusos sufridos por los
obreros. Este veredicto del tribunal fue una condenación directa, no
sólo de Morózov y de su administración, sino
también de todos los vicios métodos utilizados en las
fábricas.

Los defensores de los fabricantes, alarmados, se enfurecieron. El propio
Moskovskie Viédomosti, que a raíz de los disturbios
había reconocido la monstruosidad del viejo estado de cosas,
cambió de tono: "La Manufactura de
Nikólskoie-decía-figura entre las mejores. Los obreros no se
encuentran en la fábrica ni como siervos ni por obligación,
entran por propia voluntad y se van sin ningún obstáculo.
¡Las multas! Pero las multas en las fábricas son una necesidad,
pues sin ellas ro habría modo de hacer entrar en razón a los
obreros v no quedaría mis que cerrar la fabrico". Según el
periódico, toda la culpa es de los propios obreros, "indisciplinados,
borrachos y negligentes". El veredicto del tribunal no hará más
que "pervertir a las masas populares" [5] .
"Mas con las masas populares es peligroso bromear-exclama Moskovskie
Viédomorti-. ¿Qué pensarán los obreros al
conocer la sentencia absolutoria del tribunal de Vladímir? La noticia
de este fallo ha recorrido como un rayo toda esa zona manufacturera. Nuestro
corresponsal, que salió de Vladímir en seguida de dictarse el
fallo, oyó de él en todas las estaciones..."

Así, pues, los fabricantes han tratado de intimidar al gobierno: si
se hace a los obreros una concesión, dicen, mañana
exigirán otra.

Pero el temor a los disturbios obreros era mayor, y el gobierno tuvo que
ceder.

En junio de 1836 se promulgó la nueva ley de multas, en donde se
señalaban los casos en que podían ser impuestas y se fijaba su
importe máximo, y se disponía que el dinero procedente de las
mismas no debía ir a parar al bolsillo de los fabricantes, sino ser
consagrado a cubrir necesidades de los propios obreros.

Muchos obreros ignoran esta ley y los que la conocen creen que la
atenuación de las multas se debe a iniciativa del gobierno y que deben
agradecérselo a las autoridades. Hemos visto que eso no es cierto. A
pesar de la iniquidad de los viejos métodos empleados en las
fábricas las autoridades no hicieron absolutamente nada para aliviar
la situación de los obreros hasta que éstos se rebelaron; hasta
que, llevados por su exasperación, empezaron a destruir las
fábricas y las máquinas, a incendiar las mercancías y
los materiales, y a apalear a los administradores y fabricantes.
Sólo entonces el gobierno tuvo miedo y cedió. Los
obreros deben agradecer esa mejoría de su situación, no a las
autoridades, sino a sus propios camaradas, que han exigido y obtenido la
supresión de los escandalosos abusos.

La historia de los disturbios de 1885 muestra qué fuerza enorme
oculta la protesta unida de los obreros. Lo único que hace falta es
que esta fuerza se utilice de manera más consiente; que no se
desperdicie en vano, vengándose de uno u otro fabricante, o
destruyendo una u otra fábrica odiada; que toda esa indignación
y ese odio se dirija contra todos los fabricantes en conjunto, contra toda la
clase de los fabricantes, y que todos se consagren a la lucha
constante y tenaz contra ellos.

Analicemos ahora detalladamente nuestras leyes de multas. Para conocerlas
bien hay que aclarar los siguientes aspectos: 1) ¿En qué casos
o por qué motivos la ley permite la imposición de multas? 2)
¿Cuál debe ser el monto de éstas? 3) ¿Qué
normas fija para imponerlas?; es decir, ¿a quién confiere el
derecho de aplicar la multa?; ¿se puede apelar contra la
imposición de multas?; ¿cómo se debe hacer conocer por
anticipado al obrero la escala de multas?; ¿cómo deben
inscribirse éstas en la libreta de trabajo? 4) ¿En qué
debe invertirse el dinero procedente de las multas?; ¿dónde se
deposita?; ¿cómo se gasta para atender las necesidades de los
obreros y para cuáles específicamente? y por último: 5)
¿Se hace extensiva a todos los obreros la ley de Multas?

Cuando hayamos examinado todas estas cuestiones, sabremos no solamente
qué son las multas, sino que además conoceremos todos los
reglamentos especiales y todas las disposiciones detalladas de las leyes
rusas relativas al tema. Pues los obreros deben conocerlos para proceder con
conocimiento de causa cuando las multas son injustificadas, para estar en
condiciones de explicar a sus camaradas la razón de una u otra
injusticia-sea que la administración de la fábrica infringe la
ley o sea que ésta misma contenga disposiciones injustas-, y para
poder elegir en consecuencia la forma de lucha más eficaz contra los
atropellos.

 

* * *

 

 

III

¿POR QUÉ MOTIVOS EL FABRICANTE PUEDE IMPONER MULTAS?

 

La ley dice que los motivos para imponer multas, es decir, las faltas que
dan derecho al dueño de una fábrica a multar a los obreros,
pueden ser los siguientes: 1) trabajo defectuoso; 2) ausencia injustificada
al trabajo: 3) alteración del orden. " Ninguna sanción puede
ser impuesta por otros motivos" [6] ,
estipula la ley. Examinemos con atención cada uno de estos tres
motivos por separado.

Primer motivo: trabajo defectuoso. La ley dice: "Se considera trabajo
defectuoso la fabricación de artículos de mala calidad por
negligencia del obrero y el deterioro, durante el trabajo, de materiales,
maquinas u otros instrumentos de producción". Debemos retener en la
memoria las palabras "por negligencia", pues son muy importantes. Así,
pues, la multa sólo puede ser impuesta por negligencia. Si el
artículo resulta de mala calidad, no por negligencia del obrero, sino,
por ejemplo, porque el material que proporciona el patrono es malo,
éste no tiene derecho a imponer la multa. Es necesario que esto
esté claro para todos los obreros y que formulen una protesta en el
caso de que se les aplique una multa por trabajo defectuoso, no por su culpa,
ni negligencia, pues en tal caso la multa es absolutamente ilegal. Tomemos
otro ejemplo. Un obrero trabaja en un torno, cerca de una lámpara
eléctrica. Salta un trozo de hierro, pega en la lámpara y la
rompe. El patrono impone una multa "por deterioro de material". ¿Tiene
derecho a ello? No, no lo tiene, pues el obrero no ha roto la lámpara
por negligencia: no tiene la menor culpa de que la lámpara no haya
estado protegida contra los fragmentos de hierro que saltan siempre durante
el trabajo . [7]

Cabe preguntar ahora: ¿esta ley protege suficientemente al obrero,
lo preserva de las arbitrariedades del patrono y de las multas injustas? No,
evidentemente, ya que el patrono decide a su antojo si la mercancía es
de buena calidad o no; siempre puede poner reparos, siempre puede aumentar
las multas por mala calidad y, por ese medio, hacer trabajar más al
obrero por el mismo salario. La ley deja al obrero sin defensa y da al
patrono la posibilidad de oprimirlo. Resulta claro que es parcial e injusta,
y que beneficia a los fabricantes.

¿Cómo habría que defender a los obreros? Ellos mismos
lo indicaron hace ya mucho. Durante la huelga de 1885, los tejedores de la
fábrica de Morózov en Nikólskoie, presentaron entre
otras, la siguiente reivindicación: "En caso de discrepancia sobre la
calidad de la mercancía entregada por el obrero, la cuestión
debe ser resuelta apelando al testimonio de obreros que trabajan cerca,
haciéndolo constar en el registro de recepción y de control de
las mercancías". (Esta reivindicación figuraba en el pliego
redactado "de común acuerdo por los obreros" y entregado por los
delegados al fiscal durante la huelga. El pliego fue leído en la vista
de la causa.) Esta reivindicación es completamente justa, pues
recurrir a testigos es el único medio de impedir la arbitrariedad del
patrono cuando hay diferencias sobre la calidad de la mercancía, y
testigos elegidos entre los obreros, ya que los capataces o los empleados
jamás se atreverían a contradecir al patrono.

Segundo motivo para imponer multas: ausencia injustificada al trabajo.
¿Qué entiende la ley por ausencia injustificada'!' "A
diferencia de la llegada tarde o del abandono voluntario del trabajo-dice-,
se considera inasistencia al trabajo faltar no menos de la mitad de la
jornada". El retraso en la llegada o el abandono voluntario del trabajo son
calificados por la ley, como ahora veremos, de "infracciones a la
disciplina", por las que se impone una multa menor. Si el obrero llega a la
fábrica con algunas horas de atraso, pero antes de mediodía, su
ausencia no será considerada como inasistencia, sino sólo
infracción a la disciplina; pero si llega a mediodía, se
considerará como ausencia. De la misma manera, si abandona el trabajo
por propia voluntad, sin autorización, después de
mediodía, es decir, si se ausenta por algunas horas, se
considerará infracción a la disciplina, pero si se va por media
jornada completa, se considerará inasistencia injustificada al
trabajo. La ley estipula que si el obrero falta más de tres
días seguidos o, en total, más de seis días al mes, el
fabricante tiene derecho a despedirlo. Cabe la pregunta: ¿siempre se
considera inasistencia al trabajo la ausencia durante media o una jornada?
No. Sólo en el caso de que no estén debidamente justificadas. Y
la ley enumera dichas causas. Son las siguientes: 1) "el obrero es
encarcelado". Es decir, si por ejemplo, es detenido (por orden de la
policía o por decisión del juez de paz), el fabricante, al
despedirlo, no tiene derecho de aplicarle una multa por falta injustificada
al trabajo; 2) "accidente imprevisto"; 3) "incendio"; 4) "inundación".
Por ejemplo, si el obrero no puede cruzar el río durante la crecida de
primavera, el fabricante no tiene derecho a multarlo; 5) "enfermedad que le
impida abandonar su domicilio"; y 6) "fallecimiento o grave enfermedad de los
padres, el marido, la esposa o los hijos". En estos seis casos, la
inasistencia del obrero se considera justificada. Para evitar la multa
sólo debe presentar pruebas pues no le creerán cuando diga que
no concurrió al trabajo por causa justificada. Debe presentar un
certificado médico (en caso de enfermedad, por ejemplo) o de la
policía (en caso de incendio, etc.). Si no puede conseguir el
certificado de inmediato, debe presentarlo aunque sea más tarde y,
basándose en la ley, exigir que no se le aplique la multa o que se
anule en caso de haber sido ya aplicada.

Respecto de estas disposiciones legales que justifican la ausencia al
trabajo, debe hacerse notar que son tan severas como si se aplicaran a
soldados acuartelados, y no a hombres libres. Estas disposiciones son copia
de las que justifican la no comparecencia en justicia: quien es acusado de
algún delito, es citado por el juez instructor y el acusado debe
presentarse. La no comparecencia se justifica únicamente en los mismos
casos en que se justifica la ausencia del obrero al trabajo [8]. Quiere decir que la ley es tan severa para los obreros
como para los estafadores, ladrones etc. Todo el mundo comprende por
qué son tan severas las disposiciones relativas a la comparecencia en
justicia: porque a toda la sociedad le concierne la persecución de la
delincuencia. Pero la asistencia del obrero al trabajo no interesa en modo
alguno a toda la sociedad, sino sólo a un fabricante, con la
particularidad, además, de que un obrero puede ser sustituido
fácilmente por otro para que no se interrumpa el trabajo. O sea que no
era necesaria semejante severidad militar en las leyes. Pero los capitalistas
no se limitan sólo a despojar al obrero de todo su tiempo para que
trabaje en la fábrica: quieren privarlo también de toda
voluntad, de toda aspiración que no sea la fábrica. Tratan al
obrero como si fuera siervo. Por eso establecen reglamentaciones tan
burocráticas y malintencionadas, impregnadas de espíritu
cuartelero. Acabamos de ver, por ejemplo, que la ley reconoce como causa
justificada de inasistencia al trabajo el "fallecimiento o grave enfermedad
de los padres, el marido, la esposa o los hijos". Así dice
también la relativa a la comparecencia en justicia. Y lo mismo se
declara en la ley sobre asistencia del obrero al trabajo. Ello significa que
si el obrero pierde por ejemplo a su hermana, no su esposa, no podrá
faltar un día al trabajo, no podrá perder tiempo en el
entierro: el tiempo no le pertenece sino que pertenece al fabricante. En
cuanto al entierro, ¿por qué inquietarse? la policía muy
bien puede ocuparse de hacerlo. Según la ley de comparecencia en
justicia, los intereses de la familia deben supeditarse a los de la sociedad,
la cual necesita que se persiga a los delincuentes. Según la ley de
asistencia al trabajo, los intereses de la familia de un obrero deben
supeditarse a los del fabricante, el cual necesita obtener beneficios.
¡Y estos señores tan virtuosos que redactan, aplican y defienden
esas leyes se atreven a acusar a los obreros de no apreciar la vida
familiar!...

Veamos si es justa la ley de multas en lo que se refiere a la inasistencia
al trabajo. Si el obrero no concurre al trabajo uno o dos días, su
ausencia se considera injustificada y se lo castiga; si falta más de
tres días seguidos, puede ser despedido. ¿Pero y si es el
fabricante quien interrumpe el trabajo (si no tiene pedidos, por ejemplo) o
da trabajo sólo cinco días por semana, en lugar de los seis
establecidos? Si los obreros tuviesen realmente los mismos derechos que los
fabricantes, la ley debería tratar a estos últimos igual que a
los primeros. Si el obrero deja de trabajar, pierde el salario y paga una
multa. Por lo tanto, si el fabricante interrumpe el trabajo voluntariamente
debería también, primero, abonar al obrero su salario
íntegro mientras esté paralizada la fábrica y, segundo,
pagar una multa. Pero la ley no estipula ni una cosa ni otra. Este ejemplo
confirma lo que hemos dicho con respecto a las multas, o sea, que ellas
señalaban el sojuzgamiento de los obreros por los capitalistas, que
constituyen una clase inferior, dependiente, condenada a trabajar toda la
vida para los capitalistas y enriquecerlos, recibiendo a cambio unas migajas,
insuficientes para asegurarles una vida medianamente soportable. No puede ni
hablarse de que los fabricantes deban pagar una multa por suspender en forma
arbitraria el trabajo. Pero es que, además, ni tan siquiera pagan el
salario a los obreros cuando el trabajo se detiene no por culpa de
éstos. Eso es una injusticia indignante. La ley estipula sólo
que el contrato entre el fabricante y el obrero queda derogado "cuando el
trabajo en la fábrica se interrumpe durante más de siete
días debido a incendio, inundación, explosión de una
caldera u otro accidente semejante". Los obreros deben tratar de lograr que
una disposición obligue a los fabricantes a abonarles sus salarios
durante el tiempo que esté paralizado el trabajo. Esta
reivindicación fue presentada ya públicamente por los obreros
rusos el 11 de enero de 1885, durante la famosa huelga en la manufactura de
T. Morózov [9]. En el pliego de
reivindicaciones de los obreros figuraba también la siguiente: "que
los descuentos por falta injustificada al trabajo no sean superiores a un
rublo y que el patrono abone también los días de
interrupción del trabajo por culpa suya, por ejemplo durante la
paralización y reparación de las máquinas, y, a este
fin, que cada día de paralización sea registrado en la libreta
de trabajo". La primera reivindicación de los obreros (que los
descuentos por falta injustificada al trabajo no fueran superiores a un
rublo) fue satisfecha y se incluyó en la ley de Multas de 1886. La
segunda (que el patrono abonara también los días de
interrupción del trabajo por culpa suya) fue rechazada, y los obreros
deben luchar hasta que sea satisfecha. Para que la lucha por esta
reivindicación se vea coronada por el éxito es necesario que
todos los obreros comprendan claramente la injusticia de la ley, comprendan
claramente qué deben exigir. Cada vez que una fábrica para y
los obreros no cobran, deben protestar contra esta injusticia, insistir en
que, mientras no se rescinda el contrato con el fabricante, éste tiene
la obligación de abonar el salario de cada día; deben
denunciarlo al inspector de trabajo, cuyas explicaciones convencerán a
los obreros de que la ley, en efecto, no dice nada de eso y los
inducirán a discutirla. Cuando sea posible, los trabajadores
deberán recurrir a la justicia para demandar el pago y, por
último, presentar la reivindicación general de que se abone el
salario correspondiente a los días de paro.

Tercer motivo para imponer multas: "infracción a la disciplina". La
ley considera infracción los ocho casos siguientes: 1) "llegar con
retraso al trabajo o hacer abandono voluntario del mismo" (ya hemos dicho en
qué se diferencia este punto de la ausencia injustificada); 2) "falta
de observancia, en los locales fabriles, de la disposiciones sobre seguridad
contra incendios, en los casos en que el director de la fábrica no
considere necesario rescindir el contrato de trabajo con los obreros, en
virtud del anexo 1 al artículo 105". Esto significa que cuando los
obreros infringen las disposiciones sobre seguridad contra incendios, la ley
reconoce al fabricante el derecho de aplicarles multas o despedirlos
("rescindir el contrato de trabajo"); 3) "falta de observancia de las reglas
de limpieza e higiene en los locales fabriles"; 4) "alboroto, gritos,
blasfemias, altercados o riñas durante el trabajo"; 5)
"desobediencia". En relación con este punto debe señalarse que
el fabricante tiene derecho a multar al obrero por " desobediencia"
únicamente en el caso de que este último no cumpla una
exigencia legal, es decir, prevista en el contrato de trabajo. Sí se
trata de una exigencia arbitraria, no prevista en el contrato firmado por el
obrero y el patrono, éste no tiene derecho a aplicarle una multa por
"desobediencia". Por ejemplo, un obrero trabaja a destajo de acuerdo con el
contrato. El capataz le ordena que interrumpa una tarea v comience otra, a lo
que el obrero se niega. En ese caso la multa por desobediencia sería
injusta, ya que éste está contratado para realizar una labor
determinada, y como trabaja a destajo, dedicarse a otra cosa
significaría trabajar gratuitamente; 6) 'llegar ebrio al trabajo"; 7)
"organizar juegos prohibidos, por dinero (naipes, cara y cruz, etc.)", y 8)
"no observancia del reglamento interno de la fábrica". Este reglamento
es confeccionado por el dueño de cada fábrica y refrendado por
el inspector de trabajo. En las libretas de trabajo se reproducen extractos
del mismo. Los obreros deben leer y conocer estas disposiciones para
comprobar si son justas o no las multas que se les impone por infringirlo.
Hay que reconocer la diferencia que existe entre estas disposiciones y la
ley. La ley es la misma para todas las fábricas; el reglamento interno
varía de una fábrica a otra. La ley es sancionada o derogada
por el soberano; el reglamento interno, por el inspector de trabajo. Por eso,
si dicho reglamento es gravoso para los obreros, puede pedirse al inspector
su anulación (y en caso de negativa, se puede demandar a éste
ante la Cámara de Trabajo). Tomemos un ejemplo para demostrar la
necesidad de diferenciar entre la ley y el reglamento interno. Supongamos que
se aplica a un obrero una multa, a pedido del capataz, por no haberse
presentado a trabajar en día feriado o fuera de las horas
reglamentarias. ¿Es justa esa multa? Para responder a esta pregunta
hay que conocer el reglamento interno. Si no se señala que el obrero
está obligado a presentarse fuera de las horas reglamentarias, cuando
lo exija la administración, la multa será ilegal. Pero si no lo
estipula la multa será legal. Para conseguir la anulación de
esta cláusula, los obreros no deberán protestar contra las
multas, sino exigir la modificación del reglamento interno. Es
necesario que todos los obreros se pongan de acuerdo, y entonces, con su
acción unida, podrán lograr su anulación.

 

* * *
 

 

IV

¿CUAL PUEDE SER EL MONTO DE LAS MULTAS?

 

Ahora conocemos ya todos los casos en que la ley permite aplicar multas a
los obreros. Veamos qué dice acerca del monto de las mismas. La ley no
fija un monto determinado para todas las fábricas. Establece
únicamente el tope por encima del cual no se pueden imponer multas.
Ese límite está indicado por separado para cada uno de los tres
casos que son motivo de imposición de multas (trabajo defectuoso,
ausencia injustificada y alteración del orden). El límite de
las multas por ausencia injustificada es el siguiente: cuando el obrero
trabaja a jornal, las multas no pueden sobrepasar el salario de seis
días (sumando las de todo el mes); es decir, en un mes no se puede
imponer multas superiores al salario de seis días[10] . Si el obrero trabaja a destajo, el límite de
la multa por ausencia injustificada será de un rublo por día,
pero no superior a tres rublos al mes. Además, perderá el
salario correspondiente al tiempo que falte al trabajo. Prosigamos. El tope
de las multas por infracción del reglamento interno es de un rublo por
cada trasgresión. Por último, la ley no señala topes en
lo que se refiere a las multas por trabajo defectuoso. Se fija también
un límite general para todas las multas en conjunto: por faltar al
trabajo sin causa justificada, por alteración del orden y por entregar
trabajo defectuoso. Todas estas sanciones, tomadas en conjunto, "no deben ser
superiores a una tercera parte del salario que corresponda
verdaderamente al obrero en la fecha establecida para el pago". Es decir, si
debe recibir, por ejemplo, 15 rublos, la ley no permite que se le descuente
más de 5 rublos en concepto de multas por todas las infracciones
tomadas en conjunto. Si el total de las multas es superior, el fabricante
debe reducirlas. Mas en ese caso la ley le confiere otro derecho: el de
rescindir el contrato con el obrero multado[11] . Debemos decir que estas cláusulas de la ley referentes
al monto máximo de las multas son excesivamente severas para el obrero
y sólo defienden al fabricante en perjuicio de aquél. En primer
lugar, la ley permite aplicar multas demasiado elevadas: hasta de una tercera
parte del salario. Son multas escandalosamente abusivas. Comparemos este
límite con los casos conocidos de multas particularmente elevadas. El
señor Mikulin, inspector de fábricas de la provincia de
Vladímir (autor de un libro sobre la nueva ley de 1886), recuerda cuan
elevadas eran las multas que se imponía en las fábricas antes
de promulgarse dicha ley. Las más altas se registraban en la industria
textil, pero la mayor de ellas representaba un 10 por ciento de los ingresos
del obrero, es decir, una décima parte del salario. El
señor Pieskov, inspector de fábricas de la misma provincia,
cita en su informe [12] casos de multas
singularmente elevadas: la mayor de ellas ascendía a 5,31 rubios, para
un salario de 32,31 rublos. Esto representa el 16,4 por ciento (16 kopeks por
rublo), es decir, menos de una sexta parte del salario. Esa multa es
calificada de elevada, y no por un obrero, sino por un inspector. En cambio,
nuestra ley permite poner multas el doble de elevadas, ¡que
ascienden a una tercera parte del salario, es decir, a 33 1/3 kopeks
por rublo! Es evidente que en las fábricas más o menos
respetables no se ha multado en el monto que autorizan nuestras leyes.
Tomemos los datos relativos a las multas impuestas en la Manufactura de T.
Morózov, en Nikólskoie, antes de la huelga del 7 de enero de
1885. Según afirman los testigos, las multas en esta fábrica
eran más elevadas que en las de los alrededores. Eran tan tremendas
que hicieron perder la paciencia a 11.000 personas. No nos equivocamos, sin
duda, si tomamos esta fábrica como modelo en la imposición de
multas abusivas. ¿Qué monto alcanzaban? El capataz tejedor
Shorin declaró en el juicio, como ya hemos visto, que las multas
llegaban a la mitad del salario y que, en general, oscilaban entre el 30 y el
50 por ciento, entre 30 y 50 kopeks por rublo. Pero, primero, esta
declaración no fue corroborada con datos exactos y, segundo, se
refiere exclusivamente a algunos casos o a un solo taller. En el juicio
contra los huelguistas se dieron a conocer algunos datos referentes a las
multas. Fueron mencionados los salarios (mensuales) y las multas
correspondientes a 17 casos: el total de salarios ascendía a 179,06
rublos; el de multas, a 29,65, lo que representa 16 kopeks de multa por cada
rublo ganado. La multa más elevada de estos 17 casos fue de 3,85
rublos para un salario de 12,40, es decir, de 31 Va kopeks por rublo, menos,
de todos modos, de lo permitido por nuestra ley. Pero será mejor tomar
los datos relativos a toda la fábrica. Las multas impuestas en 1884
fueron superiores a las de los años precedentes: Tejaron a 23 1/4
kopeks por rublo (se trata de la cifra más elevada, púes las
multas oscilaban entre el 20 % y el 23 % por ciento). Por consiguiente, en
esa fábrica, famosa por sus escandalosas multas abusivas, éstas
eran, no obstante, inferiores a las que autoriza la ley rusa!...
¡Bonita manera tiene esta ley de defender a los obreros! ... Los
huelguistas de Morózov reclamaban: "las multas no deben exceder del 5
por ciento de cada rublo ganado: además, es necesario advertir al
obrero que su trabajo es de mala calidad y no debe ser amonestado más
de dos veces al mes". Las multas autorizadas por nuestras leyes sólo
pueden compararse con los intereses que cobran los usureros. Es poco
difícil que algún fabricante se decida a imponer multa tan
elevadas- la ley, claro está, lo autoriza, pero los obreros no lo
permitirán. [13]

Nuestras leyes que regulan el monto de las multas se distinguen, no solo
por ser escandalosamente abusivas, sino también por su indignante
insistiría. Si la multa es excesivamente elevada (más de un
tercio del salario), el fabricante tiene derecho a rescindir el contrato:
pero el obrero no tiene ese derecho, es decir, no puede abandonar la
fábrica si las multas que se le imponen son superiores a un tercio del
salario. Es evidente que la ley protege sólo al fabricante, como si
siempre fueran los obreros quienes tuvieran la culpa de las multas. Pero
todos saben que, en realidad, aquéllos imponen a menudo las multas sin
que éstos tengan la menor culpa; por ejemplo, cuando quieren
obligarlos a trabajar con mayor intensidad. La ley protege sólo al
fabricante por negligencia del obrero, pero no protege a éste de los
fabricantes excesivamente rapaces. Por tanto, en ese caso los obreros no
tienen a nadie que los defienda. Deben defenderse a sí mismos y pensar
cómo luchar contra los fabricantes.

 

* * *
 

 

V

¿CUAL ES EL SISTEMA PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS?

 

Hemos dicho ya que, según la ley, las multas son impuestas por los
directores de las fábricas "en ejercicio de su propia autoridad". Con
respecto a la posibilidad de apelar contra las mismas, la ley dice: "Las
disposiciones del director de una fábrica sobre la imposición
de sanciones a los obreros son inapelables. Pero si los funcionarios de la
Inspección del Trabajo, al visitar una fábrica, comprueban, por
las denuncias de los obreros, que las sanciones impuestas no responden a los
preceptos de la ley, le iniciarán proceso al director". Como puede
verse, esta disposición es muy confusa y contradictoria. Por un lado
se le dice al obrero que no puede reclamar por la imposición de
multas. Pero por otro, se afirma que puede "denunciar" al inspector que las
multas impuestas "no responden a la ley". Quien no haya tenido oportunidad de
conocer las leyes rusas, podrá preguntarse en qué consiste la
diferencia entre "denunciar una ilegalidad" y "quejarse de una ilegalidad".
No existe tal diferencia, pero el objetivo de este embrollado precepto de la
ley está muy claro: tiende a restringir el derecho del obrero a
quejarse de las multas injustas e ilegales impuestas por los fabricantes.
Ahora, si se queja al inspector de que ha sido multado ilegalmente,
éste puede responderle: "La ley no autoriza a quejarse de la
imposición de multas". Y no serán muchos los obreros que,
conociendo las artimañas de la ley, sepan responder: "Yo no me quejo,
sino que simplemente denuncio". Los inspectores existen precisamente para
velar por el cumplimiento de las leyes que regulan las relaciones entre
obreros y fabricantes. Y están obligados a admitir todas las denuncias
por incumplimiento de la ley. De acuerdo con el reglamento (véase
Instrucciones a los funcionarios de la Inspección Fabril
[14], aprobadas por el ministerio de
Finanzas), el inspector debe establecer días determinados de
atención al público, no menos de uno por semana, para dar
explicaciones a quienes lo soliciten y en cada fábrica debe haber un
aviso donde se indique esos días. Por lo tanto, si los obreros conocen
bien la ley y deciden firmemente no tolerar trasgresiones de la misma,
anularán las artimañas que acabamos de mencionar y
conseguirán imponer el respeto a la ley. ¿Tienen derecho a que
se les devuelva el importe de las multas impuestas injustamente? De acuerdo
con el sentido común, habría que contestar, por supuesto, que
sí. Porque es inadmisible que un fabricante pueda multar injustamente
a un obrero y no devolverle la suma descontada de modo ilegal. Pero resulta
que cuando la ley fue discutida en el Consejo de Estado [15], se decidió premeditadamente omitir
esta cuestión. Los miembros del Consejo de Estado consideraron que
reconocer a los obreros el derecho a reclamar la devolución de las
multas injustas "debilitaría ante los obreros la autoridad debida al
director de la fábrica para mantener el orden entre ellos".
¡Así razonan los hombres de Estado cuando se trata de los
obreros! Si un fabricante ha aplicado indebidamente una multa a un obrero, no
debe reconocerse a éste el derecho a reclamar su devolución.
¿Por qué, entonces, despojarlo de su dinero? ¡Porque las
reclamaciones "debilitarían la autoridad de los directores"! Es decir
que la "autoridad de los directores" y el "mantenimiento del orden en las
fábricas" descansan únicamente en que los obreros desconocen
sus derechos y que "no se atreverán" a quejarse de los jefes,
¡aunque éstos violen la ley! ¡Por tanto, los altos
funcionarios temen de verdad que se les ocurra a los obreros controlar la
legalidad de las multas impuestas! Éstos deben estar agradecidos a los
miembros del Consejo de Estado por su sinceridad, que les prueba lo que
pueden esperar del gobierno. Deben demostrar que se consideran tan seres
humanos como los fabricantes, y que no están dispuestos a dejarse
tratar como ganado. Por eso deben considerar como un deber no dejar de
reclamar ni una sola multa injustificada y exigir la devolución
obligatoria del dinero, ya sea ante el inspector o, si éste se niega,
ante la justicia. Y aun cuando los obreros no consigan nada de los
inspectores ni de los tribunales, sus esfuerzos no serán
estériles, pues les abrirán los ojos, les mostrarán
cómo nuestras leyes respetan sus derechos.

Así, pues, sabemos ya que las multas son impuestas por los
directores "en ejercicio de su propia autoridad". Mas en cada fábrica
pueden existir distintas escalas (ya que la ley se limita a señalar el
tope por encima del cual no se puede imponer multas) y diferentes reglamentos
internos. Por eso exige que todas las infracciones pasibles de multa y el
monto de ésta sean indicados con antelación en el cuadro di
sanciones. Este cuadro es confeccionado por el fabricante y refrendado
por el inspector de trabajo, y según la ley, debe ser expuesto en cada
taller.

Para poder controlar si las multas se aplican correctamente, y la cantidad
de las mismas, hace falta que todas ellas, sin excepción, sean
inscritas adecuadamente. La ley estipula que deben ser anotadas en la libreta
de trabajo del obrero "dentro de los tres días siguientes a su
imposición" haciendo figurar, en primer lugar, el motivo de la
sanción (es decir, por qué se ha multado al obrero: por trabajo
defectuoso, especificando cuál; por ausencia injustificada al trabajo,
o por infracción a la disciplina); en segundo lugar, el monto de la
multa. Es necesario inscribirlas en la libreta de trabajo para que los
obreros puedan comprobar la justicia de las mismas y apelar a tiempo si se ha
cometido alguna ilegalidad. Además todas las multas deben figurar en
un libro especial con páginas numeradas, que debe haber en cada
fábrica, para que puedan ser revisadas por la inspección.

Al respecto, no estará de más, sin duda, decir dos palabras
referentes a las reclamaciones contra los fabricantes y los inspectores, pues
la mayor parte de los obreros desconocen cómo y a quién deben
dirigirse. De acuerdo con la ley, todas las infracciones a la misma deben ser
denunciadas al inspector de trabajo, quien tiene la obligación de
aceptar cuantas reclamaciones verbales o escritas se le hagan. Si no las
acepta, puede recurrirse al inspector-jefe, obligado también a tener
días fijos de visita para atender las reclamaciones. Más aun:
la oficina del inspector-jefe debe atender diariamente a las personas
que necesiten recibir informaciones o aclaraciones, o que deseen formular
denuncias (véase las Instrucciones a los funcionarios de la
Inspección Fabril, art. 18). Se puede apelar de las decisiones del
inspector ante el Departamento Provincial del Trabajo[16]. La ley tija para estos recursos un plazo de un mes a partir
del día en que el inspector hace pública su decisión.
Además, en ese mismo plazo se puede apelar del fallo del Departamento
de Trabajo ante el ministro de Finanzas.

Como se ve, la ley señala muchas personas ante las que se puede
apelar. Con una particularidad: que el obrero y el patrono tienen el mismo
derecho de apelación. La desgracia está en que dicha
protección queda sólo en el papel. El fabricante tiene todas
las posibilidades de formular reclamos: dispone de tiempo libre y de dinero
para pagar un abogado, etc. Y por eso los fabricantes apelan, en efecto,
contra las decisiones de los inspectores, llegan hasta el ministro y han
conseguido ya diversas ventajas. Mientras que para el obrero, ese derecho de
apelación son palabras sin sentido. En primer lugar, ¡no tiene
tiempo para ir a buscar a los inspectores y deambular de una oficina a otra!
Debe trabajar, y se lo multa por "ausencia injustificada". No tiene dinero
para contratar los servicios de un abogado. Desconoce las leyes, debido a lo
cual no puede defender su derecho. Y las autoridades, lejos de hacer que los
obreros conozcan las leyes, se esfuerzan, por el contrario, en
ocultárselas. Para quien no lo crea reproduciremos la siguiente
cláusula de las Instrucciones a los funcionarios de la
Inspección Fabril (éstas, refrendadas por el ministro,
definen los derechos y deberes de los inspectores de trabajo): "Todas las
aclaraciones relativas a las infracciones de la ley y a las disposiciones
obligatorias derivadas de ella serán dadas por el inspector de trabajo
al propietario del establecimiento industrial, o a su director, sólo
en ausencia del obrero" [17].
¡Así son las cosas! Si un fabricante infringe la ley, el
inspector no se atreve a hablarle de ello en presencia de los obreros:
¡el ministro lo prohíbe! ¡No vaya a ser que los obreros
lleguen a conocer, en efecto, la ley y se les ocurra exigir su cumplimiento!
¡No en vano decía Moskovskie Viédomosti que eso no
sería otra cosa que "perversión"!

Todo obrero sabe que le es casi imposible hacer reclamaciones, sobre todo
contra un inspector. Naturalmente, no queremos decir con esto que los obreros
no deban hacer reclamaciones: al contrario, siempre que exista la menor
posibilidad de ello, deben hacerlo sin falta, pues sólo así
llegarán a conocer sus derechos y comprenderán en
interés de quién se han promulgado las leyes obreras. Nosotros
queremos decir que no se puede, por medio de las reclamaciones obtener un
mejoramiento sustancial y general de la situación de los obreros. Para
ello no hay más que un camino: unirse a fin de defender juntos sus
derechos, para luchar contra los abusos patronales, y lograr un salario mejor
y una reducción de la jornada de trabajo.

 

* * *
 

 

VI

¿EN QUÉ DEBE INVERTIRSE, SEGÚN LA LEY, EL DINERO
PROCEDENTE DE LAS MULTAS?

 

Veamos ahora el último aspecto relativo a las multas: ¿en
qué se gasta el dinero que proporcionan? Hemos dicho ya que hasta
1886, ese dinero iba a parar al bolsillo de los fabricantes. Pero esto daba
lugar a tales abusos, e irritaba tanto a los obreros, que los propios
patronos comprendieron la necesidad de abolir el sistema. En algunas
fábricas se estableció la costumbre de entregar a los obreros
subsidios con el dinero proveniente de las multas. En la Manufactura de
Morózov, por ejemplo, se había establecido, antes de la huelga
de 1885, que el importe de las multas aplicadas a los obreros por fumar y
llevar vodka a la fábrica se destinaría a socorrer a los
accidentados en el trabajo, en tanto que las multas aplicadas por trabajo
defectuoso quedarían en poder del patrono.

La nueva ley de 1886 determina como regla general que el importe de las
multas no puede ir a parar al bolsillo del patrono. Establece que "Con las
multas impuestas a los obreros se formará en cada fábrica un
fondo especial, que será administrado por la dirección de la
misma. Puede ser utilizado, con autorización del inspector,
sólo para satisfacer las necesidades de los propios obreros, en
consonancia con las disposiciones dictadas por el ministro de Finanzas de
acuerdo con el ministro del Interior". Por lo tanto, el importe de las multas
sólo puede invertirse en satisfacer las necesidades de los propios
obreros. Ese dinero, descontado de sus salarios, les pertenece.

El reglamento concerniente a la utilización de esos fondos fue
publicado sólo en 1890 (4 de diciembre) es decir, tres años y
medio después de promulgada la ley. Se establece en el mismo que el
dinero procedente de las multas deberá invertirse en satisfacer, de
modo preferente, las siguientes necesidades de los obreros: "a) subsidios
a los obreros incapacitados en forma definitiva o a los que no puedan
trabajar momentáneamente por encontrarse enfermos". En la actualidad,
los accidentados en el trabajo carecen por lo común de todo medio de
subsistencia. Cuando inician juicio a un patrono, es común que los
obreros caigan en manos de los abogados que se encargan de su defensa, y que
les entregan una miseria de la indemnización obtenida y se quedan con
la mayor parte de la misma. Pero si la indemnización que le
correspondería judicialmente al obrero es pequeña, no
encontrará siquiera un abogado que lo defienda. En ese caso es
necesario entonces recurrir al dinero de las multas: con un subsidio de esos
fondos, el obrero podrá ir viviendo cierto tiempo y encontrar un
abogado que atienda su causa contra el fabricante, sin verse obligado por la
necesidad a sustituir el yugo del patrono por el del abogado. Los obreros que
han perdido el trabajo por enfermedad deben también recibir subsidios
de los fondos de las multas . [18]

Como aclaración a este primer punto de las instrucciones, el
Departamento del Trabajo de Petersburgo decidió que el subsidio se
conceda previa presentación de un certificado médico y por un
importe que no exceda de la mitad del salario que cobraba anteriormente.
Digamos, entre paréntesis, que el Departamento del Trabajo de
Petersburgo adoptó esa decisión en su sesión del 26 de
abril de 1895. O sea que la aclaración fue hecha cuatro años y
medio después de publicado el Reglamento que, a su vez, fue sancionado
tres años y medio después de promulgada la ley. Por lo tanto,
¡¡¡han necesitado nada menos que ocho años
sólo para aclarar suficientemente la ley!!! ¿Cuántos
se necesitarán ahora para que la ley sea conocida por todos y aplicada
de verdad?

En segundo lugar, los fondos de las multas deben ser utilizados: "b) para
otorgar subsidios a las obreras que se encuentran en el último periodo
de su embarazo y han dejado de trabajar dos semanas antes del parto". El
Departamento del Trabajo de Petersburgo precisa que el subsidio debe
concederse únicamente durante cuatro semanas (dos antes del parto y
dos después), y no exceder de la mitad del salario percibido
anteriormente. En tercer lugar, se conceden subsidios: "c) en caso de
pérdida o deterioro de bienes a consecuencia de incendio o de otro
siniestro". El Departamento del Trabajo de Petersburgo precisa que se
necesita un testimonio de la policía que certifique esa circunstancia,
y que el monto del subsidio no debe exceder las dos terceras partes del
salario de un semestre (es decir, el salario de cuatro meses).

En cuarto y último lugar, se concede subsidios: "d) para gastos de
entierro". El Departamento del Trabajo de Petersburgo precisa que este
subsidio sólo debe entregarse para el entierro del obrero que haya
trabajado en la fábrica hasta su muerte, o de sus padres o hijos. Los
subsidios oscilan entre diez y veinte rublos.

Estos son los cuatro casos previstos por el reglamento para la
concesión de subsidios. Pero los obreros tienen derecho a recibirlos
también en otras circunstancias, pues el reglamento estipula que se
conceden "de modo preferente" en esos cuatro casos. Les asiste el derecho de
recibir subsidios para satisfacer toda clase de necesidades, y no sólo
las mencionadas. En sus aclaraciones (fijadas en las paredes de las
fábricas), el Departamento del Trabajo de Petersburgo dice
también: "En todos los demás casos, los subsidios se conceden
con autorización de la Inspección", y agrega que los gastos
efectuados por la fábrica para atender diversas instituciones (tales
como escuelas, hospitales, etc.), ni las inversiones obligatorias (por
ejemplo, las reparaciones de los locales destinados a los obreros, la
asistencia médica, etc.), no deben ser reducidos en ningún
caso. Dicho de otro modo, la entrega de subsidios de los fondos de las multas
no autoriza al fabricante a considerar que dispone de su propio dinero, pues
no es suyo, sino de los propios obreros. Los gastos del fabricante deben
seguir siendo los mismos.

El Departamento de Petersburgo estableció, además, la
siguiente regla: "La suma de los subsidios distribuidos de impera permanente
no debe ser superior a la mitad del ingreso anual de las multas". Se hace
aquí una distinción entre los subsidios permanentes (que se
conceden durante cierto período, por ejemplo, a un enfermo o a un
accidentado) y los que se otorgan por una sola vez (para gastos de entierro o
con motivo de un incendio). A fin de que quede dinero para estos
últimos, los subsidios permanentes no deben exceder de la mitad de la
suma total de multas.

¿Cómo recibir un subsidio del fondo de las multas? De
acuerdo con el reglamento, los obreros deben solicitarlo al patrono, quien lo
entrega previa autorización del inspector. En caso de que el patrono
se niegue, el obrero debe dirigirse al inspector, quien puede conceder el
subsidio en ejercicio de su propia autoridad.

El Departamento del Trabajo puede autorizar a los fabricantes de confianza
a que concedan pequeños subsidios (hasta quince años) sin pedir
autorización al inspector.

El dinero procedente de las multas es guardado por el patrono, si no
excede de cien rublos; las sumas mayores deberán ser depositadas en la
Caja de Ahorros.

En caso de cierre de una fábrica, el fondo de las multas
pasará al fondo obrero general de la provincia. El reglamento no dice
en qué se invierte este "fondo obrero" (del cual los obreros nada
saben ni pueden saber). Es necesario, dice, depositarlo en el Banco del
Estado "hasta que se determine su destino especial". Si en la misma capital
se necesitaron ocho años para terminar el reglamento concerniente a la
utilización de los fondos de las multas en las fábricas,
probablemente habrá que esperar decenios para que se reglamente el
empleo del "fondo obrero general de la provincia".

Tales son las disposiciones relativas a la inversión del dinero
procedente de las multas. Como puede verse, se destacan por su extraordinaria
complejidad y confusión, debido a lo cual no es sorprendente que hasta
ahora los obreros desconozcan casi por completo su existencia. Este
año (1895), ese reglamento está siendo expuesto en forma de
avisos en las fábricas de Petersburgo [19] . Lo que hace falta ahora es que los propios obreros se
preocupen de hacerlas conocer a todos los demás, que aprendan a
considerar, como es justo, que los subsidios del fondo de las multas no son
una limosna, una dádiva de los fabricantes, sino dinero propio, de los
obreros, descontado de sus salarios y que sólo puede invertirse en
satisfacer sus propias necesidades. Tienen pleno derecho a exigir que ese
dinero se les devuelva.

A propósito de este reglamento es preciso estudiar, en primer
lugar, cómo se aplica, cuáles son los inconvenientes que surgen
para ello y los abusos a que da lugar. En segundo término, hay que ver
si ese reglamento es justo y si protege como es debido los intereses de los
obreros.

En cuanto a la aplicación del reglamento es menester recordar, ante
todo, la siguiente aclaración del Departamento del Trabajo de
Petersburgo: "Si en determinado momento no hay dinero procedente de las
multas [...], los obreros no podrán hacer ninguna reclamación a
la administración de la fábrica". Pero surge una pregunta:
¿cómo pueden saber los obreros si existe dinero procedente de
las multas, y qué cantidad hay? El Departamento del Trabajo razona
como si los obreros estuvieran perfectamente enterados, pero no ha hecho el
menor esfuerzo para hacerles conocer el estado del fondo de multas, ni
obligó a los fabricantes a poner carteles que indiquen los fondos
disponibles. ¿Cree acaso el Departamento que será suficiente al
obrero enterarse de que no hay fondos por intermedio de su patrono que tiene
el derecho de rechazar su solicitud? Eso será escandaloso, pues los
obreros que solicitaran beneficiarse con un subsidio serían tratados
como mendigos. Los obreros deben insistir para que, en cada fábrica,
se exhiba mensualmente un balance del fondo de multas, en el que se indique
la existencia en caja, las entradas y salidas del mes anterior y "en
qué necesidades" han sido invertidas. De otro modo, no sabrán
cuánto podrán recibir, no sabrán si el fondo de multas
está en condiciones de satisfacer todos sus pedidos o sólo una
parte de ellos, en cuyo caso sería justo atender las necesidades
más perentorias. En algunos sitios, las fábricas mejor
organizadas han establecido por sí mismas la costumbre de exhibir esos
balances; según parece, así se hace en Petersburgo en la
fábrica de Siemens y Halske y en la fábrica de cartuchos del
Estado. Si en cada conversación con el inspector los obreros insisten
sobre este punto y sobre la necesidad de que se exhiban dichos balances,
conseguirán, sin duda, que el sistema se implante en todas partes.
Además, sería muy cómodo para ellos que existiesen
formularios impresos[20] para solicitar
los subsidios. Estos formularios existen, por ejemplo, en la provincia de
Vladímir. No le resulta fácil a un obrero escribir toda la
solicitud y, además, no sabe hacer constar toda la información
que hace falta, mientras que en el formulario está todo indicado y
sólo debe anotar algunas palabras en los espacios dejados en blanco.
Si no hay formularios, muchos obreros deberán hacerse escribir las
solicitudes por otra persona, lo cual significa gastos. Es cierto que, de
acuerdo con el reglamento, las solicitudes de subsidio pueden ser hechas
también en forma verbal; pero, en primer lugar, el obrero debe obtener
de todos modos el certificado escrito de la policía o del
médico, como lo establece el reglamento (si la solicitud se hace en un
formulario impreso, puede constar en él el certificado necesario); y
en segundo lugar, puede haber patronos que no responden a un pedido verbal,
pero tienen la obligación de contestar el que se haga por escrito. Las
solicitudes impresas que se entregan en la oficina de la fábrica, no
tendrán el carácter de limosna que pretenden darles los
patronos. Muchos fabricantes están particularmente descontentos
porque, según la ley, el dinero de las multas no va a parar a su
bolsillo, sino que satisface necesidades de los obreros. Por eso inventaron
toda clase de triquiñuelas y subterfugios para engañar a los
obreros y a los inspectores, y rehuir así el cumplimiento de la ley.
Citaremos algunas de estas triquiñuelas, a fin de poner en guardia a
los obreros.

Algunos fabricantes anotaban las multas en las libretas de trabajo, no
como tales, sino como anticipos al obrero. Cuando el patrono le
imponía una multa de un rublo, constaba en su libreta que le
había adelantado esa suma. Al abonarle el salario, descuenta ese rublo
que queda en su bolsillo. Y no es solamente una burla de la ley, sino un
fraude, un engaño manifiesto.

Otros fabricantes, en lugar de hacer constar en la libreta las multas por
ausencias injustificadas, no registraban todos los días de trabajo; es
decir, si el obrero había faltado, por ejemplo un día, anotaban
cuatro días de trabajo a la semana, en lugar de cinco: de esta forma,
el salario de una jornada (que debía constituir la multa por ausencia
injustificada y pasar a integrar el fondo de multas") quedaba en manos del
patrono. Esto es también un burdo fraude. Señalemos, a
propósito, oue los obreros no tienen posibilidad de defenderse ante
estos fraudes [21], ya eme no se les
hace saber el estado del fondo de multas. Sólo la publicación
de detallados balances mensuales (en los que se indique la cantidad de multas
aplicadas por semana en cada, taller) permitirá a los obreros
controlar eme su importe se destine, efectivamente, a dicho fondo.
¿Quién sino los propios obreros podrá vigilar eme las
multas sean registradas como es debido? ¿Los inspectores del trabajo?
¿Pero, cómo puede saber el inspector que una cifra ha sido
inscripta de manera fraudulenta? El inspector del trabajo señor
Mikulin señala, al hablar de estas falsas anotaciones:

"En todos estos casos habría resultado extraordinariamente
difícil descubrir los abusos, de no haber sido por las denuncias de
los mismos obreros." El propio inspector confiesa que le es imposible
descubrir el engaño si los obreros no lo denuncian. Pero éstos
no pueden hacerlo si no se obliga a los fabricantes a publicar las
informaciones sobre las multas impuestas.

Otros, idearon métodos mucho más cómodos para
engañar a los obreros y burlar la ley, métodos tan astutos y
sutiles, que no resulta fácil denunciarlos. Muchos propietarios de
fábricas de tejidos de algodón de la provincia de
Vladímir, hacían aprobar por el inspector, no una escala de
pagos única, para cada clase de tejidos, sino dos y hasta tres. En las
aclaraciones a cada una de ellas se señala que los tejedores que
entreguen una mercancía impecable serán retribuidos con la
escala de pagos máxima; los que entreguen tejidos de menor calidad,
según la escala de pagos intermedia y la mercancía considerada
defectuosa será pagada con la mínima[22] . Está claro qué es lo que se perseguía
con ese ardid: la diferencia entre la escala de pagos máxima y la
mínima iba a parar al bolsillo del patrón, cuando en realidad
debía ingresar al fondo de las multas por tratarse de una
sanción por trabajo defectuoso. Está claro también que
dicha treta era una burda infracción a la ley, y no sólo de la
de multas, sino también de la relativa a la ratificación de las
escalas de pagos. Éstas son aprobadas para que el patrono no pueda
modificar arbitrariamente los salarios, pero si existen varias escalas de
pago tiene la posibilidad de cometer cualquier abuso.

Los inspectores del trabajo comprendieron que esas escalas de pagos
"tendían evidentemente, a burlar la ley" (como afirma el propio
señor Mikulin en el libro ya citado) pero, sin embargo, no se
consideraban con derecho a rehusar nada a los respetables
"señores" fabricantes.

¡No faltaba más! Como si fuera fácil decir que no a
los fabricantes (¡ese ardid no se le ocurrió a uno solo, sino a
varios a la vez!) ¿Pero qué ocurriría si fueran los
obreros, y no los "señores" fabricantes, quienes intentaran burlar la
ley? Sería interesante saber si se podría encontrar entonces en
todo el Imperio ruso un solo inspector del trabajo que " no se considerara
con derecho " a negar a los obreros la autorización para burlar la
ley.

Así, pues, esta fijación de las escalas de pagos fue
aprobada por la Inspección del Trabajo y puesta en vigor. Pero
resultó que no sólo interesaban a los señores
fabricantes, que inventan medios para burlar la ley, y a los señores
inspectores, que no se consideran facultados para impedir a aquéllos
la realización de sus buenos propósitos, sino también...
a los obreros. Estos últimos no mostraron la misma indulgencia ante
las estafas de los señores fabricantes y "se consideraron con derecho"
a no dejarse embaucar por ellos.

Dicha fijación de escalas de pagos, declara el señor
inspector Mikulin, "provocó entre los obreros enorme descontento;
ésta fue una de las causas principales de los violentos
desórdenes, que hicieron necesaria la intervención de la
fuerza armada".

¡Así marchan las cosas en el mundo! Al comienzo "no se
consideraron con derecho" para impedir a los señores fabricantes que
violaran la ley y engañaran a los obreros; pero cuando estos
últimos, indignados por semejante arbitrariedad, se sublevaron,
¡se hizo "necesario" apelar a la fuerza armada! ¿Por qué
entonces fue "necesario" apelar a esa fuerza armada contra los obreros, que
defendían sus derechos legales, y no contra los fabricantes,
que con toda evidencia infringían la ley? Sea como fuere, lo cierto es
que 'las escalas de pagos de ese tipo fueron anuladas por disposición
del gobernador", sólo después del levantamiento de los obreros.
Éstos se salieron con la suya. La ley fue implantada, no por los
señores inspectores de fábrica, sino por los propios obreros,
quienes demostraron que no estaban dispuestos a tolerar que se burlaran de
ellos y que sabrían defender sus derechos. "A partir de
entonces-cuenta el señor Mikulin-, la Inspección del Trabajo se
negó a aprobar semejantes escalas de pagos". Por lo tanto, fueron los
obreros quienes enseñaron a los inspectores a aplicar la ley.

Pero únicamente los fabricantes de Vladímir aprendieron la
lección. Y los fabricantes son los mismos en todas partes: en
Vladímir, como en Moscú y en Petersburgo. Los fabricantes de
Vladímir, fracasaron en su intento de burlar la ley, pero el medio
ideado por ellos, lejos de desaparecer, fue perfeccionado por un genial
patrono de San Petersburgo.

¿En qué consistía el método empleado por los
fabricantes de Vladímir? En no utilizar la palabra "multa" y
sustituirla por otras. Si declaro que el obrero recibe un rublo menos por
haber hecho un trabajo defectuoso, ello determinará la
aplicación de una multa que deberá ingresar al fondo
respectivo. Pero si digo que se le retribuye de acuerdo con la escala de
pagos mínima por haber entregado un trabajo defectuoso, ya no
será una multa, y el rublo quedará en mi bolsillo. Así
argumentaban los fabricantes de Vladímir, a quienes los obreros
supieron contestar debidamente. Pero se puede razonar de manera algo
distinta. Se puede decir que en caso de trabajo defectuoso el obrero recibe
su salario sin premio; eso tampoco será una multa, y el rublo
irá a parar al bolsillo del patrono. Y ese es, precisamente, el
argumento que se le ocurrió al astuto patrono lákovlev,
propietario de una fábrica de máquinas de Petersburgo, que le
dice al obrero: le pagaré un rublo al día, pero si no comete
ninguna negligencia, si no falta al trabajo sin causa justificada, si no es
grosero ni entrega mercancía defectuosa, recibirá además
20 kopeks como "premio". Por el contrario, si comete alguna falta, el patrono
descontará los 20 kopeks y, como es natural, los meterá en su
bolsillo, ya que no se trata de una multa, sino de un "premio". Para el
señor lákovlev no existen las leyes que determinan los motivos
y el monto de las multas y cómo deben ser invertidas para satisfacer
las necesidades de los obreros. Las leyes se refieren a las "multas",
mientras que en su caso se trata de "premios". Y el hábil fabricante
sigue hasta ahora engañando a los obreros con su astuto ardid. Por lo
visto, el inspector del trabajo de Petersburgo tampoco se ha considerado
con derecho a impedirle que burle la ley. Es de esperar que los obreros
de Petersburgo no se quedaran atrás con respecto a los de
Vladímir y enseñarán al inspector y al fabricante a
respetar la ley.

Para mostrar las enormes sumas constituidas por las multas, citaremos los
datos relativos a los fondos de las multas de la provincia de
Vladímir.

La entrega de subsidios comenzó a practicarse allí en
febrero de 1891. Hasta octubre del mismo año se había concedido
subsidios a 3.665 personas por un total de 25.458 rublos, 59 kopeks. El 1 de
octubre de 1891, el fondo de las multas ascendía a 470.052 rublos, 45
kopeks. A propósito, señalemos otro empleo que se da al fondo
de las multas. Una fábrica, cuyo fondo era de 8.242 rublos, 46 kopeks,
quebró y los obreros pasaron el invierno sin pan y sin trabajo.
Entonces se descontaron de ese fondo 5.820 rublos que fueron distribuidos
entre los 800 obreros de la fábrica, en concepto de subsidio.

Desde el 1 de octubre de 1891 hasta igual fecha de 1892 se impusieron
multas por la suma de 94.055 rublos, 47 kopeks, y se entregaron subsidios a
6.312 personas, por un total de 45.200 rublos, 52 kopeks. La
distribución de los subsidios fue la siguiente: pensiones mensuales
por incapacidad para el trabajo, 6.198 rublos, 20 kopeks a 208 personas, es
decir, 30 rublos al año, término medio, por persona (¡se
conceden subsidios tan míseros, en tanto quedan sin utilizar decenas
de miles de rublos procedentes de las multas!); por pérdida de bienes,
17.827 rublos, 12 kopeks a 1.037 personas, es decir, un promedio de 18 rublos
por persona; por embarazo, 10.641 rublos, 81 kopeks, a 2.669 mujeres, con un
promedio de 4 rublos por persona (contando tres semanas, una antes del parto
y dos después); por enfermedad, 5.380 rublos, 68 kopeks, a 877
obreros, o sea, un promedio de 6 rublos por persona; para gastos de entierro,
4.620 rublos a 1.506 obreros (3 rublos por persona) y en casos diversos, 532
rublos, 71 kopeks, a 15 personas.

Ahora que conocemos a fondo las disposiciones relativas a las multas, y la
forma en que se cumplen, veamos si son justas esas disposiciones y si
protegen en grado suficiente los derechos de los obreros.

Sabemos, que la ley establece que el dinero de las multas no pertenece al
patrono y que sólo puede ser empleado en satisfacer las necesidades de
los obreros. La reglamentación relativa a su inversión
debía ser aprobada por los ministros.

¿Qué resultó de esta reglamentación? El dinero
es descontado a los obreros y se gasta en satisfacer sus necesidades; pero en
la reglamentación no se menciona siquiera que los patronos
estén obligados a hacer conocer a los obreros el estado del fondo de
las multas. No se concede a éstos el derecho a elegir delegados para
vigilar que las multas ingresen en el fondo correspondiente, recibir los
pedidos y distribuir los subsidios. La ley decía que los subsidios se
conceden "con autorización del inspector", pero la
reglamentación aprobada por los ministros estipula que el pedido de
subsidio debe ser dirigido al patrono. ¿Pero por qué es
necesario dirigirse al patrono, si el dinero no le pertenece a él,
sino a los obreros, por cuanto es producto de los descuentos que se les hace
de sus salarios? El propio patrono no tiene derecho a tocar ese dinero: si lo
gasta, puede ser acusado por usurpación o dilapidación de
fondos, exactamente igual que si gastara dinero ajeno. Es evidente que los
ministros dictaron esa reglamentación con el deseo de complacer a los
patronos: ahora los obreros deben pedir al patrono la concesión de
subsidios, tal como se pide una limosna. Es cierto que si el patrono se niega
a concederlo, el inspector puede hacerlo. Pero como no está al
corriente de nada, dará crédito si el patrono le dice que tal
obrero es un inútil y no merece el subsidio [23] . Y además, ¿serán muchos los obreros
que se quejen al inspector y pierdan horas de trabajo en visitarlo, escribir
solicitudes, etc.? La realidad es que la reglamentación ministerial no
hace más que instaurar una nueva forma de dependencia de los obreros
respecto de los patronos. Estos últimos podrán perseguir a los
obreros de quienes estén descontentos, quizá porque no se dejan
agraviar; rechazando la petición, el patrono suscitará sin duda
al obrero multitud de preocupaciones innecesarias, y hasta es posible que
consiga privarlo por completo del subsidio. Por el contrario, los obreros que
se inclinan ante el patrono, que son serviles y espían a sus
compañeros pueden recibir del fabricante subsidios particularmente
elevados, aun en casos en que se negarían a otro obrero. Lejos de
terminar con la dependencia de los obreros respecto de los patronos en
materia de multas, se crea una nueva dependencia que contribuye a dividir a
los obreros y fomenta el servilismo y el oportunismo. Fíjense,
además, en la tremenda burocracia que lleva implícita, en
consonancia con la reglamentación, la concesión de un subsidio:
el obrero debe solicitar cada vez un certificado médico, y lo
recibirá seguramente con alguna grosería, o de la
policía, que no hace nada sin soborno. Repetimos que en la ley nada
hay de eso; fue establecido por la reglamentación ministerial,
manifiestamente redactada en provecho de los fabricantes y tendiendo
abiertamente a poner a los obreros bajo la dependencia, no sólo de los
patronos, sino también de los funcionarios; a impedir toda
participación de los obreros en la distribución del dinero que
se les ha descontado de su propio salario en concepto de multas para atender
sus necesidades, y a tejer una telaraña de absurdas formalidades
burocráticas, que embrutecen y desmoralizan [24] a los obreros.

Es una irritante injusticia encomendar al patrono la concesión de
subsidios del fondo de las multas. Los obreros deben conquistar el derecho
legal a elegir representantes (delegados) que vigilen el ingreso del importe
de las multas en el fondo correspondiente, que reciban y comprueben las
solicitudes de subsidio de los obreros, y den cuenta a éstos del
estado del fondo de las multas y de la forma en que se emplea. En las
fábricas en que existen actualmente delegados, éstos deben
interesarse por el dinero procedente de las multas y exigir que les sean
comunicados todos los datos referentes a las mismas; deben recibir las
solicitudes de los obreros y entregarlas a la administración.

 

* * *
 

 

VII

¿SE APLICAN A TODOS LOS OBREROS LAS LEYES DE MULTAS?

 

Las leyes de multas, como la mayoría de las leyes rusas, no se
aplican en todas las fábricas, ni a todos los obreros. Cuando promulga
una ley, el gobierno ruso teme siempre herir con ella a los señores
fabricantes, que las triquiñuelas de las tramitaciones
burocráticas y los derechos y deberes de los funcionarios no choquen
con otras reglamentaciones administrativas (que son innumerables en nuestro
país) y con los derechos y deberes de otros funcionarios, que se
ofenderían profundamente si cualquier colega suyo invadiera sus
dominios y gastara barriles de tinta oficial y montañas de papel de
oficio en una correspondencia destinada a "delimitar la jurisdicción
de los departamentos". Por eso es raro que en nuestro país se
promulgue una ley que entre en vigor en toda Rusia, sin tolerar excepciones,
sin prórrogas pusilánimes, sin autorizar a los ministros y
demás funcionarios a apartarse de ella. Todo esto se ha manifestado
con fuerza especial en la ley de Multas, que, como hemos visto,
suscitó gran descontento entre los señores capitalistas y que
sólo fue aprobada bajo la presión de las temibles revueltas
obreras.

En primer lugar, la ley de Multas rige solamente para una pequeña
parte de Rusia [25] . Como ya dijimos,
fue promulgada el 3 de junio de 1886 y entró en vigor el 1 de octubre
del mismo año en tres provincias solamente: las de Petersburgo,
Moscú y Vladímir. Cinco años más tarde se hizo
extensiva a las provincias de Varsovia y Piotrkow (11 de junio de 1891).
Otros tres años después, en virtud de la ley del 14 de
marzo de 1894, su vigencia se extendió a otras 13 provincias
(centrales: de Tver, Kostromá, laroslavl, Nizhni-Nóvgorod y
Riazán; al territorio de Ostsee: Estlandia y Liftliandia[26] ; occidentales: Grodno y Kíev;
meridionales: Volinia, Podolsk, Jarkov y Jersón). En 1892 se hizo
extensiva a las fábricas y explotaciones mineras particulares.

El rápido desarrollo del capitalismo en el sur de Rusia y el
inmenso crecimiento de la industria minera concentran allí grandes
masas obreras, obligando al gobierno a darse prisa.

Como puede verse, éste renuncia con mucha lentitud al
régimen antiguamente en vigor en las fábricas. Y debe
advertirse que renuncia a él sólo bajo la presión de los
obreros. La intensificación del movimiento obrero y las huelgas en
Polonia obligaron a hacer extensiva la ley a las provincias de Varsovia y de
Piotrkow (la ciudad de Lodz forma parte de esta última). La gran
huelga declarada en la Manufactura de Jlúdov

[27], en el distrito
de Egórievsk (provincia de Riazán), tuvo por resultado
inmediato que la vigencia de la ley se extendiera a dicha provincia.
Evidentemente, el gobierno "no se considera con derecho", [tampoco
él!, a quitar a los señores capitalistas el privilegio de
multar a su gusto y sin ningún control hasta que los propios obreros
toman cartas en el asunto.

En segundo lugar, la ley de Multas, igual que todos los reglamentos sobre
el control de las fábricas, no se hace extensiva a los
establecimientos pertenecientes al Estado o a las empresas gubernamentales.
En las fábricas del Estado existe la administración que "se
preocupa" de los obreros, y la ley no quiere importunarla con preceptos que
reglamenten las multas. En efecto, ¿para qué controlar las
fábricas del Estado, si sus directores son funcionarios? En ellas, los
obreros pueden quejarse del director ante el propio director. No es
sorprendente que entre esos directores figuren bribones como, por ejemplo, el
señor Vierjovski, comandante del puerto de Petersburgo.

En tercer lugar, el reglamento sobre la utilización del fondo de
las multas, que debe ser invertido en satisfacer las necesidades de los
propios obreros, no rige para los obreros de los talleres ferroviarios en
donde existan cajas de pensiones, de ahorros o de socorros. El dinero
procedente de las multas ingresa a esas cajas.

Sin embargo, todas estas excepciones han sido consideradas insuficientes,
y la ley confiere a los ministros (de Finanzas y del Interior) el derecho,
por una parte, de "excluir del cumplimiento" de ese reglamento "a las
fábricas de poca importancia, en caso de verdadera necesidad", y por
la otra, de hacerlo extensivo a los establecimientos artesanales
"importantes".

No basta entonces que la ley haya encargado a los ministros la
redacción de un reglamento referente al fondo de las multas,
¡sino que además les confiere el derecho de exceptuar del
cumplimiento de la ley a algunos fabricantes ¡He ahí hasta
dónde llega la amabilidad de nuestra ley, para con los señores
fabricantes Una disposición ministerial establece que se
concederá la excepción sólo en los casos en que el
Departamento del trabajo esté seguro de que el propietario del
establecimiento no perjudicará los intereses de los obreros. Los
fabricantes y los inspectores de trabajo son tan buenos amigos, que confian
mutuamente en su palabra. ¿Para qué importunar al fabricante
con reglamentaciones, si "asegura" que no perjudicará los intereses de
los obreros? ¿Mas qué ocurriría si un obrero se
atreviera a rogar al inspector o al ministro que lo exceptuara del
cumplimiento de la reglamentación, "asegurando" que no
perjudicará los intereses de los fabricantes? Lo más probable
es que lo consideraran loco.

¡Y eso es lo que denominan "igualdad de derechos" de los obreros y
de los fabricantes!

Con respecto a la aplicación del reglamento sobre las multas en los
establecimientos artesanales de importancia, por lo que se sabe hasta ahora,
se han hecho extensivas únicamente (en 1893) a las empresas que
entregan la urdimbre a los tejedores que trabajan a domicilio. Los ministros
no se apresuran a extender la aplicación de este reglamento. Tocia la
masa de obreros que trabajan a domicilio para los patronos, para los grandes
almacenes, etc., siguen en la misma situación que antes, sometidos por
completo a la arbitrariedad patronal. A estos obreros les es más
difícil unirse, ponerse de acuerdo sobre sus necesidades, luchar en
común contra la explotación patronal. Por eso no les prestan
atención.

 

* * *
 

 

VIII

CONCLUSIÓN

 

Ahora conocemos a fondo nuestras leyes y nuestros
reglamentos sobre las multas, todo ese complicadísimo sistema,
que asusta al obrero por su sequedad y su frío lenguaje
burocrático.

Ahora podemos volver al problema que
planteábamos al principio: que las multas son fruto del
capitalismo, es decir, de un régimen social que divide al
pueblo en dos clases: los propietarios de la tierra, las
máquinas, fábricas, materias primas y víveres, y
aquellos que no poseen nada y que, por lo tanto, deben venderse a los
capitalistas y trabajar para los mismos.

¿Acaso los obreros que trabajaban para un
patrono estuvieron siempre obligados a pagarle multas por cualquier
falta?

En los establecimientos chicos, por ejemplo, entre
los artesanos de las ciudades v sus obreros no se aplican multas.
Aquí no hay una separación total entre el obrero y el
patrono, ambos viven y trabajan juntos. A este no se le ocurre
siquiera imponer multas, porque él mismo vigila el trabajo y
en cualquier momento puede obligar a corregir lo que no le gusta.

Pero esos pequeños establecimientos e
industrias desaparecen gradualmente. Los kustares y los artesanos, lo
mismo que los pequeños campesinos, no pueden competir con las
grandes fábricas y los poderosos patronos, que emplean mejores
herramientas y máquinas y concentran el trabajo de numerosos
obreros. Por eso vemos que los kustares, artesanos y campesinos se
arruinan cada vez más, ingresan como obreros en las
fábricas, abandonan las aldeas y emigran a las ciudades.

En las grandes fábricas, las relaciones
entre patronos y obreros son completamente distintas a las que se
establecen en los pequeños establecimientos. El patrono
está tan por encima del obrero por su fortuna y
posición social que un abismo los separa; con frecuencia, ni
siquiera se conocen y no hay nada en común entre ellos. El
obrero no tiene la menor posibilidad de convertirse en patrono:
está condenado a ser eternamente pobre y a trabajar para gente
rica desconocida. En lugar de los dos o tres obreros que tenía
antes el pequeño patrono hay ahora una masa de trabajadores
llegados de distintos sitios y que se renueva sin cesar. En lugar de
las órdenes personales que daba el patrono, existen ahora
normas generales obligatorias para todos los obreros. La anterior
estabilidad de las relaciones entre el patrono y el obrero desaparece: el primero no hace ningún en so de éste,
pues siempre puede encontrar otro entre la multitud de desocupados,
dispuestos a contratarse no importa dónde. Por lo tanto,
aumenta su poder sobre los obreros, poder que aprovecha para
mantenerlos en el rígido marco del trabajo por medio de multas. El obrero ha tenido que someterse a esta nueva
limitación de sus derechos y de su salario porque ahora es
impotente ante el patrono.

Así pues, no hace mucho que hicieron su
aparición las multas, al mismo tiempo que las grandes
fábricas, y que el gran capitalismo, al mismo tiempo que se
profundizó la separación entre los patronos dos ricos)
y los obreros (los pobres). Las multas son el resultado del
desarrollo completo del capitalismo y del sojuzgamiento total del
obrero.

Pero el desarrollo de las grandes fábricas y
la intensificación de la presión de los patronos han
tenido también otras consecuencias. Los obreros, totalmente
impotentes ante los mismos, han empezado a comprender que los
amenazan una decadencia y una ruina totales si continúan
desunidos; que para salvarse de la muerte por hambre y de la
degeneración que les espera en el capitalismo no tienen
más que un medio: unirse para luchar contra los fabricantes
por aumentos de salario y por mejores condiciones de existencia.

Hemos visto a qué escandalosos extremos
llegaban nuestros fabricantes en la explotación de los obreros
durante la década del 80; vimos cómo hicieron de las
multas un medio para disminuir los salarios, que venía a
agregarse a la reducción de las escalas de pagos. La
opresión de los obreros por los capitalistas alcanzó su
punto culminante.

Pero esta situación determinó
también la resistencia de los obreros que se alzaron contra
sus opresores y vencieron. El gobierno, asustado, cedió ante
sus reclamaciones y se apresuró a promulgar una ley
reglamentando las multas,

Fue una concesión a los obreros. El gobierno
creyó que con la promulgación de leyes y un reglamento
acerca de las multas, y mediante la concesión de subsidios con
el dinero procedente de éstas, daría
satisfacción a los obreros y los haría olvidar su causa
obrera común, su lucha contra los fabricantes.

Pero estas esperanzas del gobierno, que desea
presentarse como defensor de los obreros, no se justifican. Hemos
visto que la nueva ley es injusta; que las concesiones que les hace
son insignificantes, aunque sólo sea en comparación con
las reivindicaciones que presentaron los huelguistas de la
Manufactura de Morózov; hemos visto cómo por doquier
hay escapatorias para que los fabricantes puedan infringir la ley, y
cómo han elaborado en su beneficio el reglamento sobre los
subsidios que ha venido a sumar a la arbitrariedad de los patronos la
de los funcionarios.

Cuando se apliquen esa ley y ese reglamento, cuando
los obreros los conozcan y empiecen a sentir, en sus choques con la
administración, cómo los oprime la ley,
empezarán también a tener conciencia, poco a poco, de
su estado de dependencia. Comprenderán que sólo la
miseria los ha obligado a trabajar para los ricos y a contentarse con
unos kopeks por su duro trabajo. Entenderán que el gobierno y
sus funcionarios defienden a los fabricantes, y que las leyes se
redactan de modo que al patrono le resulte más fácil
explotarlos.

Y aprenderán, por último, que la ley
no hará nada para mejorar su situación mientras sigan
dependiendo de los capitalistas, pues ésta siempre será
parcial en favor de los capitalistas y fabricantes, y éstos
sabrán encontrar en todas las circunstancias las
triquiñuelas para burlarla.

Cuando comprendan esto, los obreros verán
que no les queda más que un medio de defensa: unirse para
luchar contra los fabricantes y contra las injustas normas
establecidas por la ley. ●

 

* * *
 

____________________________________________

[1]
Explicación de la ley de multas que se aplican a los obreros en las
fábricas: folleto escrito por Lenin en el otoño de 1895. A
principios de diciembre se imprimieron tres mil ejemplares en los talleres de
la imprenta ilegal de Petersburgo, llamada Lajtínskaia, que
pertenecía al grupo "Naródnaia Volia", el que por ese entonces
estaba vinculado con la "Unión de lucha por la emancipación de
la clase obrera" y le publicaba sus ediciones. El original no se
conservó porque, como era habitual, fue quemado después de su
impresión.

Con el propósito de engañar a la
policía, en la cubierta del folleto figuraban datos falsos:
"Edición de la librería de A. Vasíliev. Jersón,
imprenta de K. Subbótin, calle Ekaterínenskaia, casa Kalinin.
Se vende en todas las librerías de MOSCÚ y de Petersburgo.
Autorizado por la censura.

Jersón, 14 de noviembre de 1895". El folleto fue
reeditado y ampliamente difundido en 1897 en Ginebra, por la "Unión de
socialdemócratas rusos en el extranjero". Según datos del
departamento de policía, fue confiscado en numerosos allanamientos
realizados en 1895-1896, en S. Petersburgo, Kíev, laroslavl,
Ivánovo-Vozniesensk, Kazan, Sórmovo, Nizhni- Nóvgorod,
Oréjovo-Zúievo, Sarátov, Krasnoiarsk, Perm y otras
ciudades.

[2] Se refiere a las
Reivindicaciones presentadas de común acuerdo por los obreros,
redactadas el 9 (21) de enero de 1885 por V. Vólkov y P.
Moiséenko, organizadores de la huelga en la Manufactura de
Nikólskoie (de Morózov), en las que se enumeraban las
condiciones para reanudar el trabajo en la fábrica. (Ed.)

[3] Nóvoie
Vremia "(Tiempos nuevos"): diario que se publicó en Petersburgo
desde 1868 hasta 1917; perteneció a diversos editores y cambió
de orientación políticas reiteradas veces. Primero fue liberal
moderado, y desde 1876, cuando fue publicado por A. Suvorin, se
trasformó en vocero de los círculos reaccionarios de la nobleza
y la burocracia. A partir de 1905 se convirtió en órgano de los
centurionegristas, y después de la revolución
democrático-burguesa de febrero apoyó sin reservas la
política contrarrevolucionaria del gobierno provisional burgués
y desató una furiosa campaña contra los bolcheviques. Fue
clausurado el 26 de octubre (8 de noviembre) de 1917 por el Comité
Militar Revolucionario adjunto al Soviet de Petrogrado. Lenin lo llamaba
"modelo de periódico venal".

[4] Véase V. I.
Lenin, ob. cit., tomo I, nota 39. (Ed.)

[5] Los fabricantes y
sus defensores siempre han considerado y consideran que si los obreros
comienzan a reflexionar sobre su derecho, a reclamar sus derechos y a oponer
resistencia conjunta a la arbitrariedades y abusos patronales, eso no es otra
cosa que "perversión". Naturalmente, los patronos están
evidentemente interesados en que los obreros no piensen en su
situación, ni conozcan sus derechos.

[6] La ley a que nos
referimos es el Reglamento industrial , que figura en la segunda parte
del tomo XI del Código ruso. Está expuesta en distintos
artículos numerados. Se refieren a las multas los artículos
143, 144, 145 146, 147, 148, 149, 150, 151 y 152.

[7] Un caso así
ocurrió en el puerto (nuevo Almirantazgo) de Petersburgo, cuyo
comandante, Vierjovski, es conocido por sus abusos. Después de una
huelga sustituyó las multas por rotura de lámparas
eléctricas por descuentos a todos los obreros del taller paja
compensar el valor de la lámpara rota. Está demás decir
que estos descuentos son tan ilegales como las multas.

[8] A excepción
de un caso, el de "incendio", no mencionado en la ley sobre comparecencia de
los acusados.

[9] Debemos
señalar que en aquellos tiempos (1884-1885), los casos de
paralización de las fábricas no imputables a los obreros eran
muy frecuentes a consecuencia de la crisis comercial e industrial: los
fabricantes no podían dar salida a las mercancías y trataban de
reducir la producción. Por ejemplo, en diciembre de 1884, las grandes
manufacturas de Vozniesensk (enclavadas en la provincia de Moscú,
cerca de la estación de Talitsa, en la línea férrea
Moscú-Iaroslavl) redujeron a cuatro los días de trabajo
semanales. Los obreros, que trabajaban a destajo, respondieron con una huelga
que terminó a comienzos de enero de 1885 arrancando concesiones al
fabricante.

[10] No se indica el
límite de la multa por faltar al trabajo un día, cuando se
trata de jornaleros. Se dice únicamente: "en consonancia con el
salario del obrero". El monto de las multas se indica con exactitud en el
cuadro de sanciones de cada fábrica, como veremos más
adelante.

[11] El obrero que
considere injusta esta rescisión del contrato puede apelar ante la
justicia, pero el plazo establecido para esta clase de recursos es muy corto:
un mes (a partir, naturalmente, del día en que el obrero ha sido
despedido).

[12] Primer informe,
correspondiente a 1885. Sólo aparecieron los primeros informes de los
inspectores de fábricas. El gobierno interrumpió en seguida su
publicación. ¡Bueno sería, por lo visto, el
régimen existente en las fábricas, cuando temían
publicar su descripción!

[13] Hay que
señalar, a este respecto, que el señor Mijailovski, ex
inspector general de fábricas del distrito de Petersburgo, considera
justo calificar esta ley de "reforma verdaderamente humanitaria, que hace un
gran honor a la preocupación del gobierno imperial ruso por las clases
obreras". (Esta opinión figura en el libro sobre la industria fabril
rusa, editado por el gobierno ruso para la Exposición Mundial de
Chicago de 1893.) I ¡¡En eso consiste la preocupación del
gobierno ruso!!! Antes de promulgarse la ley y sin ninguna ley, había
entre los fabricantes bandoleros que descontaban al obrero 23 kopeks por
rublo ganado. Y la ley, preocupándose de los obreros, dispone: no
descontar más de 331/3 (treinta y tres y un tercio) kopeks por rublo!
Pero ahora, de acuerdo con la ley, pueden descontarse treinta y tres kopeks,
sin el tercio. ¡En efecto, se trata de una "reforma verdaderamente
humanitaria"!

[14] Estas
Instrucciones establecían detalladamente las obligaciones de
los inspectores de fábricas. Fueron aprobadas por el ministro de
Finanzas, S. I. Witte, y se publicaron en junio de 1894. (Ed.)

[15] Consejo de
Estado: órgano consultivo en la Rusia zarista, cuyos miembros eran
nombrados por el zar. Estaba integrado, fundamentalmente, por grandes
terratenientes y dignatarios zaristas. (Ed.)

[16]
¿Quiénes integran el Departamento del Trabajo? El gobernador do
la provincia, el fiscal, el jefe de la gendarmería, un inspector de
trabajo y dos fabricantes . Si agregáramos al director de la
cárcel y al jefe de las tropas cosacas, tendríamos a todos los
funcionarios que ponen en práctica la preocupación del gobierno
imperial ruso por las clases trabajadoras".

[17] Nota al
artículo 26 de las Instrucciones.

[18] Se comprende,
por supuesto, que el hecho de recibir un subsidio de los fondos de las multas
no priva al obrero del derecho a exigir del fabricante una
indemnización si, por ejemplo, se ha lesionado.

[19] Por lo tanto,
la ley de Multas de 1886 ha comenzado a aplicarse en Petersburgo sólo
en 1895. Pero el inspector general señor Mijailovski, de quien hemos
hablado antes, decía en 1893 que la ley de 1886 "se aplica hoy con
toda exactitud". Este pequeño ejemplo nos da una idea de las
insolentes mentiras que escribió el inspector general de
fábricas en el libro destinado a dar a conocer a los norteamericanos
el régimen existente en las fábricas rusas.

[20] Es decir,
solicitudes impresas que contuvieran el texto de la petición, dejando
espacios en blanco para escribir el nombre de la fábrica, el motivo
por el que se pide el subsidio, domicilio, firma, etc.

[21] Nada menos que
el señor Mikulin, inspector del trabajo de la provincia de
Vladímir confirma en su libro dedicado a la nueva ley de 1886, la
existencia de estos fraudes.

[22] Semejantes
escalas de pagos existen también en las fábricas de
Petersburgo; se ha señalado por ejemplo, que determinada cantidad de
mercancías ha sido pagada al obrero de 20 a 50 kopeks.

[23] En los
formularios impresos para solicitar subsidios distribuidos como ya hemos
dicho a las fábricas por el Departamento del trabajo de la provincia
de Vladímir, y que es para los obreros la forma más
cómoda de aplicar la "reglamentación", consta: "La
administración de la fábrica avala la firma y el contenido de
la solicitud, agregando que, a su juicio, el solicitante merece un subsidio
de determinado monto".

Es decir, la administración puede siempre escribir,
inclusive sin explicación alguna, que "a su juicio" el solicitante no
merece el subsidio que pide.

Recibirán los subsidios no quienes los necesitan,
sino quienes "los merecen a juicio de los fabricantes".

[24] Que siembran la
desunión, fomentan el servilismo y las malas costumbres.

[25] Ella forma
parte del "Reglamento especial relativo a las relaciones entre fabricantes y
obreros". Este "Reglamento especial" sólo se hace extensivo "a las
localidades que se distinguen por un desarrollo considerable de la industria
fabril", y que indicaremos más adelante.

[26] Territorio
de Ostsee: nombre que tenían en la Rusia zarista las provincias de
Estlandia, Curlandia y Liftliandia, de la región del Báltico.
Hoy forman parte del territorio de las Repúblicas Socialistas
Soviéticas de Letonia y Estonia. ( Ed .)

[27] Huelga en la
Manufactura Jlúdov (Hilandería de algodón de
propiedad de los hermanos Jlúdov): estalló el 25 de mayo y se
prolongó hasta el 7 de junio (6 a 19 de junio) de 1893, con motivo de
las arbitrariedades que cometían las autoridades de la empresa, los
bajos jornales, elevadas multas y la implantación del trabajo nocturno
la víspera de los días feriados. Los obreros, exasperados,
destruyeron el salón de ventas y las oficinas, rompieron los vidrios
en los talleres e inutilizaron las máquinas. El 8 (20) de junio la
administración prometió satisfacer algunas de sus
reivindicaciones y los obreros volvieron al trabajo. Sin embargo, en octubre
se repitió la huelga, en la que participaron 5.000 personas porque los
patronos no habían cumplido la mayor parte de las exigencias de los
obreros.